Norma Legal Oficial del día 27 de abril del año 2017 (27/04/2017)


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NORMAS LEGALES

Jueves 27 de abril de 2017 /

El Peruano

principales de política pública, así como, los estándares nacionales de cumplimiento y provisión que deben ser alcanzados para asegurar una adecuada prestación de los servicios y el normal desarrollo de las actividades privadas73. · Refugiado (a).- Es toda aquella persona que debido a fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un determinado grupo social u opiniones políticas, se encuentre fuera del país de su nacionalidad y no pueda o no quiera acogerse a la protección de tal país. Así mismo, podrá ser considerado como refugiada aquella persona que ha huido de sus países porque su vida, seguridad o libertad han sido amenazadas por la violación masiva de derechos humanos, agresión extranjera, conflicto interno, ocupación o dominación extranjera u otros eventos que perturben gravemente el orden público. · Residencia.- Es el lugar en el que la persona habita por un tiempo determinado. · Retornante.- Persona que regresa a residir a territorio nacional, luego de haber permanecido en el exterior, de acuerdo a la Ley N° 30001, como mínimo entre tres a cuatro años (retorno voluntario) o por lo menos 2 años (retorno forzado) y que ha obtenido su Tarjeta del Migrante Retornado (TMR). · Retorno.- Derecho de toda persona de regresar a su país de origen. En el marco de la Ley N° 30001 Ley de Reinserción Económica y Social para el Migrante Retornado, comprende el regreso a nuestro país, de manera voluntaria o forzada, de connacionales que se encuentran en el exterior. · Seguridad Nacional.- "Es la situación que alcanza el Estado en la que tiene garantizada la soberanía, independencia e integridad territorial, el Estado constitucional de derecho, la paz social y los intereses nacionales, así como la protección de la persona humana y los derechos humanos, mediante acciones de naturaleza diversa y carácter multidimensional, que permitan hacer frente a las amenazas y las preocupaciones, con la finalidad de crear las condiciones propicias para el bienestar genera"74. · Sexo biológico. Es la diferencia genética y fisiológica con las que nacen mujeres y hombres. Se refiere a la anatomía de las personas que las divide en dos grupos: hombres y mujeres ("machos y hembras" para el caso de otras especies). Está determinado por la fisonomía, genes, cromosomas, gónadas, genitales externos e internos y perfiles hormonales de las personas75. · Sociedad Civil.- "Es el conjunto de ciudadanos [y ciudadanas] de una sociedad considerados desde el punto de vista de sus relaciones y actividades privadas, con independencia del ámbito estatal"76. De este modo, la sociedad civil se organiza de manera autónoma, independiente y voluntaria. · Transversalización del Enfoque de Género.- Es el proceso de examinar el impacto que tiene para las mujeres y hombres cualquier acción planificada desde el Estado en el marco del ejercicio de todas sus competencias y funciones; así como en todos sus niveles, incluyendo normatividad, políticas, programas, presupuestos y cualquier otra intervención77. · Trata de personas.- La trata de personas se configura cuando mediante la violencia, amenaza u otras formas de coacción, privación de la libertad, fraude, engaño, abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad, concesión o recepción de pagos o de cualquier beneficio se capta, transporta, traslada, acoge, recibe o retiene a otro, en el territorio de la República o para su salida o entrada del país con fines de explotación que comprenden, entre otros, la venta de niños, niñas o adolescentes, la prostitución y cualquier forman de explotación sexual, la esclavitud o prácticas análogas a la esclavitud, cualquier forma de explotación laboral, la mendicidad, los trabajos o servicios forzados, la servidumbre, la extracción o tráfico de órganos o tejidos somáticos o sus componentes humanos, así como cualquier otra forma análoga de explotación78. · Tráfico ilícito de migrantes.- Facilitación, conducción y transporte de una persona para que ingrese o egrese de un país del que no sea nacional o residente permanente, evadiendo los controles migratorios

establecidos o utilizando datos o documentos falsos, con el fin de obtener, directa o indirectamente, un beneficio financiero u otro beneficio de orden material. · Violencia basada en género.- Es cualquier acción o conducta, basada en el género y agravada por la discriminación proveniente de la coexistencia de diversas identidades (clase, identidad sexual, edad, pertenencia étnica, entre otras), que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a una persona, tanto en el ámbito público como en el privado. Se trata de aquella violencia que ocurre en un contexto de discriminación sistemática contra la mujer y contra aquellos que confrontan el sistema de género, al margen de su sexo, que no se refiere a casos aislados, esporádicos o episódicos de violencia, sino que se remite a costumbres basadas en concepciones referentes a la inferioridad y subordinación de las mujeres y la supremacía de los varones79. · Violencia contra las mujeres.- La violencia contra las mujeres es cualquier acción o conducta que les causa muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico por su condición de tales, tanto en el ámbito público como en el privado. · Violencia contra los integrantes del grupo familiar.La violencia contra cualquier integrante del grupo familiar es cualquier acción o conducta que le causa muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico y que se produce en el contexto de una relación de responsabilidad, confianza o poder, de parte de un integrante a otro del grupo familiar. Se tiene especial consideración con las niñas, niños, adolescentes, personas adultas mayores y personas con discapacidad. 1.4.8 Bibliografía a. Libros ADRIANZEN, Alberto e Hilaria Supa (2011) Política pública del Estado Peruano hacia los peruanos/as en el exterior y la trata de personas. Lima: Parlamento Andino. ARTEAGA, Ana María (Coord.) (2010) Mujeres migrantes andinas. Contextos, políticas y gestión migratoria. Informe elaborado en el marco del proyecto regional "Abriendo mundos. Mujeres migrantes, mujeres con derechos". Santiago de Chile: OXFAM. BOENINGER, Edgardo (2007) Políticas Públicas en Democracia. Santiago de Chile: Editorial Uqbar. CASTILLO MURRLE, Diana et. al (2013) Mujer y Migración. La voz de las mujeres andinas migrantes. Bogotá: Fundación Esperanza, 2013. CENTRO DE INVESTIGACIONES SOCIOLÓGICAS, ECONÓMICAS, POLÍTICAS Y ANTROPOLÓGICAS ­ PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL PERÚ (2012) Implicancias de la migración laboral femenina peruana en las mujeres migrantes y sus familias. Lima: Fondo para el logro de los ODM. Programa conjunto "Juventud, Empleo y Migración" ­ Fondo de Población de las Naciones Unidas. COMISIÓN ESPECIAL DE PERUANOS EN EL EXTERIOR (2011) Informe final de la labor parlamentaria 2010 - 2011. Lima: Congreso de la República del Perú. CONSEJO NACIONAL DE LA COMPETITIVIDAD (2013) Identificación de barreras para la atracción de

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Decreto Supremo N° 027-2007-PCM, Define y establece las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional. SEDENA: Doctrina de Seguridad y Defensa Nacional, 2015 MIMP (2014). Pp. 12. Diccionario de la Real Academia Española MINJUS y MIMP 2015: 36. Artículo único de la Ley N° 30251, Ley que perfecciona la tipificación del delito de trata de personas. MINJUS y MIMP 2015: 34.

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