Norma Legal Oficial del día 05 de agosto del año 2017 (05/08/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Sábado 5 de agosto de 2017

NORMAS LEGALES

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Que, según lo dispuesto en el artículo 3 del referido Decreto Supremo, la Unidad Ejecutora del Programa será el Ministerio del Ambiente; Que, con fecha 03 de diciembre de 2013, la Corporación Andina de Fomento ­ CAF y la República del Perú suscriben el Contrato de Préstamo hasta por US$ 16.000.000.00, destinado a financiar parcialmente el Programa; Que, por Resolución Ministerial N° 298-2014-MINAM, se formaliza la creación de la Unidad Ejecutora "004 Gestión de los Recursos Naturales", en el Pliego 005: Ministerio del Ambiente, para la ejecución del Programa; Que, mediante Resolución Ministerial N° 040-2015-MINAM, se aprueba el Manual de Operaciones del Programa, precisando en el Componente III del numeral 2.3.1, Proyecto 1: Competitividad, que el incremento del acceso a fuentes de financiamiento contribuirá a mejorar la capacidad de los productores para canalizar los flujos financieros hacia oportunidades de inversión mediante recursos concursables; a través de criterios de elegibilidad detallados en el Anexo N° 01 de dicha Resolución, para seleccionar o financiar los proyectos o iniciativas presentadas por las Unidades Productivas que soliciten los recursos concursables del Programa; Que, la precitada norma, establece como monto máximo de financiamiento con cargo a los fondos concursables del Programa de Inversión Pública para el Fortalecimiento de la Gestión Ambiental y Social de los Impactos Indirectos del Corredor Vial Interoceánico Sur ­ II Etapa (PGAS CVIS 2), el importe de S/ 200 000.00 por Plan de Econegocios; en caso se necesiten recursos de contrapartida u otras garantías de la Unidad Productiva, el monto y requisitos serán fijados por el Comité Directivo del Programa; Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 051-2016-MINAM-VMDERN/UEGRN-PGAS CVIS 2, se aprobaron los resultados del Concurso 2016 de Planes de Econegocios; Que, mediante Resolución Ministerial N° 391-2016-MINAM, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2017 del Pliego 005: Ministerio del Ambiente - MINAM, a nivel de Unidad Ejecutora, Función, División Funcional, Grupo Funcional, Producto, Actividad, Categoría Presupuestal, Proyecto, Genérica del Gasto y Fuente de Financiamiento; Que, la Trigésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, autoriza excepcionalmente, durante el Año 2017, al Ministerio del Ambiente, para otorgar subvenciones a favor de unidades productivas seleccionadas, en el marco de las Convocatorias de Planes Econegocios del Programa de Inversión Pública para el Fortalecimiento de la Gestión Ambiental y Social de los Impactos Indirectos del Corredor Vial Interoceánico Sur - II Etapa (PGAS CVIS 2), a cargo de la Unidad Ejecutora 004: Gestión de los Recursos Naturales del Ministerio del Ambiente. Asimismo, establece que dichas subvenciones se aprueban mediante resolución del titular del pliego Ministerio del Ambiente, previa suscripción de convenio, y requiriéndose el informe favorable previo de su oficina de presupuesto o la que haga de sus veces; precisando que la resolución del titular del pliego se publica en el Diario Oficial "El Peruano"; Que, mediante Resolución Ministerial N° 132-2016-MINAM, se aprueban los "Mecanismos para la rendición de cuentas y evaluación de resultados alcanzados y los beneficios generados por los recursos otorgados mediante subvenciones en el marco de las Convocatorias de Planes Econegocios del Programa de Inversión Pública para el Fortalecimiento de la Gestión Ambiental y Social de los impactos indirectos del Corredor Vial Interoceánico Sur-ll Etapa (PGAS CVIS 2)"; Que, mediante Informe N° 038-2017-MINAM/ DVMDERN/UEGRN, la Directora Ejecutiva (e) del Programa señala que, con fecha 25 de julio de 2017, se ha suscrito un convenio de subvención con la "Empresa Comunal Mirador de Cuyuni Ausangatec Hatun Pukaran ­ Mirador Cuyuni"; asimismo, solicita y justifica el otorgamiento de subvención a favor de la citada Unidad Productiva seleccionada en el Concurso

2016 de Planes de Econegocios realizado por la Unidad Ejecutora 004: Gestión de los Recursos Naturales; por la suma de Doscientos Mil y 00/100 Soles (S/ 200 000.00), en virtud de lo dispuesto en el Manual de Operaciones del Programa; la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; y, la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 051-2016-MINAM-VMDERN/ UEGRN-PGAS CVIS 2; Que, mediante el Informe N° 179-2017-MINAM/ SG/OGPP/OPPMI, la Oficina de Planeamiento y Programación Multianual de Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto recomienda aprobar el otorgamiento de subvenciones a favor de la Unidad Productiva "Empresa Comunal Mirador de Cuyuni Ausangatec Hatun Pukaran ­ Mirador Cuyuni", para el financiamiento del Plan de Econegocio del Programa; Que, en dicho contexto, resulta pertinente aprobar el otorgamiento de subvenciones a favor de la Unidad Productiva: "Empresa Comunal Mirador de Cuyuni Ausangatec Hatun Pukaran ­ Mirador Cuyuni", en el marco de las Convocatorias de Planes de Econegocios del Programa a cargo de la Unidad Ejecutora 004: Gestión de los Recursos Naturales, hasta por la suma de DOSCIENTOS MIL Y 00/100 SOLES (S/ 200 000.00); Con el visado de la Unidad Ejecutora 004: Gestión de los Recursos Naturales, del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; el Manual de Operaciones del "Programa de Inversión Pública para el Fortalecimiento de la Gestión Ambiental y Social de los Impactos Indirectos del Corredor Vial Interoceánico Sur ­ II Etapa", aprobado por Resolución Ministerial N° 040-2015-MINAM; la Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral N° 030-2010-EF/76.01 y sus modificatorias; y, la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 051-2016-MINAM-VMDERN/ UEGRN-PGAS CVIS 2; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Otorgamiento de Subvenciones a favor de la Unidad Productiva: "Empresa Comunal Mirador de Cuyuni Ausangatec Hatun Pukaran ­ Mirador Cuyuni", por la suma de DOSCIENTOS MIL Y 00/100 SOLES (S/ 200 000.00), en el marco de las Convocatorias de Planes de Econegocios del Programa de Inversión Pública para el Fortalecimiento de la Gestión Ambiental y Social de los Impactos Indirectos del Corredor Vial Interoceánico Sur ­ II Etapa (PGAS CVIS 2), a cargo de la Unidad Ejecutora 004: Gestión de los Recursos Naturales del Pliego 005: Ministerio del Ambiente; en el marco a lo dispuesto en la Trigésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, de acuerdo al Anexo que forma parte de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer que los desembolsos dinerarios que se efectúen a la citada Unidad Productiva seleccionada en el Concurso 2016 de Planes de Econegocios, se realicen conforme al convenio suscrito. Artículo 3.- Notificar la presente Resolución al Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, así como a la Unidad Ejecutora 004: Gestión de los Recursos Naturales del Pliego 005: Ministerio del Ambiente; para su conocimiento y fines pertinentes. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (www.minam.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. ELSA GALARZA CONTRERAS Ministra del Ambiente 1551360-1

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