Norma Legal Oficial del día 05 de agosto del año 2017 (05/08/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano / Sábado 5 de agosto de 2017

NORMAS LEGALES

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se esperan alcanzar para cada año fiscal y constituyen instrumentos administrativos que contienen los procesos a desarrollar en el corto plazo, precisando las tareas necesarias para cumplir las Metas Presupuestarias establecidas para dicho período, así como la oportunidad de su ejecución, a nivel de cada dependencia orgánica; Que, mediante resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 009-2009/CEPLAN/PCD, el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico ­ CEPLAN aprobó la Directiva Nº 009-2009-CEPLAN/PCD ­ "Directiva para la Formulación del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional 2010-2021", en cuyo artículo 6 señala que los Planes Operativos constituyen el medio por el cual se ejecutan los Planes Estratégicos en función a los correspondientes presupuestos institucionales, y que los instrumentos financieros públicos deberán alinearse con los planes y objetivos nacionales; Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 026-2017/CEPLAN/PCD, se aprobó la Directiva N° 001-2017-CEPLAN/PCD, Directiva para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional; Que, de acuerdo con lo señalado por el sub numeral 4.1 del numeral 4 de la "Guía para el Planeamiento Institucional", aprobada con Resolución de Consejo Directivo N° 033-2017-CEPLAN/PCD, el Plan Operativo Institucional establece las actividades priorizadas vinculadas al cumplimiento de los objetivos y acciones estratégicas aprobadas en el Plan Estratégico Institucional cuya ejecución permite producir bienes o servicios y realizar inversiones, en un período anual. Asimismo, señala que cuando el POI se traduce en un presupuesto anual aprobado (en la Ley de Presupuesto del Sector Público) el POI financiado refleja la decisión de lograr los objetivos de política con la estrategia diseñada. Finalmente, precisa que luego se debe hacer seguimiento a la ejecución del POI para verificar el cumplimiento de lo planificado y finalmente, evaluar si se lograron los objetivos y metas a nivel de PEI y POI; Que, en el numeral 6 de la "Guía para el Planeamiento Institucional", aprobada con Resolución de Consejo Directivo N° 33-2017-CEPLAN/PCD, señala que el Plan Operativo Institucional contiene la programación de las actividades operativas e inversiones necesarias para la ejecutar las Acciones Estratégicas Institucionales en el Plan Estratégico Institucional, en un período anual. Establece los recursos financieros y las metas físicas mensuales y anuales, en relación a las metas de los objetivos del PEI; Que, por Resolución Directoral N° 008-2017-EF/50.01 se aprobó la Directiva de N° 001-2017-EF/50.01 "Directiva de Programación Multianual", modificada por Resolución Directoral N° 012-2017-EF/50.01; Que, por Resolución de Consejo Directivo N° 063-2014-CD-OSITRAN, se aprobó el Plan Estratégico Institucional para el período 2015-2017, el cual contiene la Visión, Misión, Temas y Mapa Estratégico, Objetivos Estratégicos, Iniciativas Estratégicas, Indicadores y Metas, con la finalidad de ejecutar el mencionado Plan. Posteriormente, a través de Resolución de Consejo Directivo N° 027-2016-CD-OSITRAN, se aprobó la Actualización del Plan Estratégico Institucional 20152017, el mismo que contiene la Visión Sectorial, la Misión, Temas y Mapa Estratégico, Objetivos Estratégicos, Iniciativas Estratégicas, Indicadores y Metas; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 032-2017-PD-OSITRAN, se aprobó la "Actualización del Plan Estratégico Institucional 2016-2018", el mismo que contiene la Declaratoria de Política Institucional, la Misión Institucional, los Objetivos Estratégicos Institucionales, las Acciones Estratégicas Institucionales, las Iniciativas Generales e Iniciativas Estratégicas, la Síntesis de la Fase Estratégica, la Ruta Estratégica y un Resumen de la Matriz de Indicadores y Metas; Que, mediante el Informe N° 053-2017-GPPOSITRAN, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto presentó la propuesta de Plan Operativo Institucional 2018, señalando que éste ha sido formulado de conformidad con la normativa del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico. Asimismo, mediante Nota N° 170-17-GAJ-OSITRAN, la Gerencia de Asesoría Jurídica

ha señalado que la aprobación del Plan Operativo Institucional correspondiente al Año Fiscal 2018 se encuentra de conformidad con la normativa de la materia; Que, de acuerdo a lo expuesto, corresponde que el Consejo Directivo del OSITRAN apruebe el Plan Operativo Institucional correspondiente al Año Fiscal 2018, en concordancia con el numeral 4 del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones del OSITRAN, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2015-PCM; De conformidad con el TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, el Reglamento de Organización y Funciones del OSITRAN, aprobado mediante Decreto Supremo N° 012-2015-PCM, la Directiva N° 001-2017-CEPLAN/PCD, Directiva para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional, aprobada con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 026-2017/CEPLAN/PCD, la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada con Resolución de Consejo Directivo N° 033-2017-CEPLAN/PCD y la Directiva de N° 001-2017-EF/50.01 "Directiva de Programación Multianual"; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar, con eficacia anticipada al día 31 de julio del 2017, el Plan Operativo Institucional correspondiente al Año Fiscal 2018 del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público - OSITRAN, el mismo que como Anexo forma parte de la presente Resolución. Artículo 2.- Publíquese la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Asimismo, publíquese la presente Resolución y sus anexos respectivos en el Portal Institucional del OSITRAN (www.ositran.gob.pe ) y en el Portal de Transparencia de la Entidad. Regístrese y comuníquese. ROSA VERÓNICA ZAMBRANO COPELLO Presidenta del Consejo Directivo 1551247-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 190-2017/SUNAT Mediante Oficio Nº 235-2017-SUNAT/1M2100, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución de Superintendencia Nº 1902017/SUNAT, publicada en la edición del 1 de agosto de 2017. En el anexo 2 de la citada resolución de la página 47 del Diario Oficial El Peruano: DICE:
ÓRGANOS Y UNIDADES ORGÁNICAS DEPENDIENTES DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL "Oficina Nacional de Planeamiento y Estudios Económicos (...)

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