Norma Legal Oficial del día 12 de agosto del año 2017 (12/08/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 84

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NORMAS LEGALES

Sábado 12 de agosto de 2017 /

El Peruano

y Protección Recíproca de Inversiones", suscrito el 30 de julio de 1993. Sobre el particular, habiéndose percatado este Ministerio de errores materiales en el acuerdo por intercambio de notas celebrado mediante Nota boliviana GM-DGAJ-UAJ-Cs-2847/2016 y Nota peruana RE (GAB) Nº 6/178, ambas de 4 de noviembre de 2016, e invocando lo dispuesto por el derecho internacional consuetudinario en la materia, precisa que la redacción correcta del acuerdo contenido en ellas es la siguiente: "EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES saluda muy atentamente al Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Perú y tiene a bien invocar el "Convenio entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Bolivia sobre Promoción y Protección Recíproca de Inversiones", suscrito el 30 de julio de 1993. Al respecto, este Ministerio plantea el restablecimiento y modificación de lo acordado mediante su Nota (GAB) Nº 6/19 en la cual se propuso mantener la vigencia del referido compromiso internacional, por un año adicional, y la Nota GM-DGAJ-UAJ-Cs-472/2015 de respuesta y aceptación de este Estado, ambas de 19 de febrero de 2015, con el siguiente tenor: `El Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú saluda muy atentamente al Honorable Ministerio de Relaciones Exteriores del Estado Plurinacional de Bolivia y tiene a bien referirse al `Convenio entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Bolivia sobre Promoción y Protección Recíproca de Inversiones", suscrito el 30 de julio de 1993 y vigente desde el 20 de febrero de 1995. Sobre el particular, el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú tiene a bien proponer a ese Honorable Ministerio mantener la vigencia del Convenio hasta el 19 de febrero de 2018, a fin que durante tal tiempo pueda negociarse un nuevo acuerdo de promoción y protección recíproca de inversiones. Queda entendido que de no alcanzarse un nuevo acuerdo, la vigencia del actual Convenio no será renovada y solo será extensible el período de ultraactividad por quince (15) años adicionales a favor de las inversiones realizadas hasta el 19 de febrero de 2018, conforme a lo previsto en el segundo párrafo del Artículo 14 del Convenio.' " Al Honorable Ministerio de Relaciones Exteriores del Estado Plurinacional de Bolivia La Paz.La presente Nota y la Nota que con el mismo tenor tuviera a bien remitir ese Honorable Ministerio constituirán un entendimiento entre los dos países. El Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú hace propicia la oportunidad para renovar al Honorable Ministerio de Relaciones Exteriores del Estado Plurinacional de Bolivia las seguridades de su más alta y distinguida consideración. Lima, 26 de diciembre de 2016 GM-DGAJ-UAJ-Cs-94/2017 EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA saluda muy atentamente al Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Perú y tiene a bien manifestar su Aceptación a la propuesta de Enmienda realizada en su Nota RE (GAB) Nº 6/193 de 26 de diciembre de 2016, del Acuerdo de restablecimiento y modificación del "Convenio entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Bolivia sobre Promoción y Protección Recíproca de Inversiones" de 30 de julio de 1993, efectuado el 04 de noviembre de 2016, mediante las Notas GM-DGAJUAJ-Cs-2847/2016 de la Parte boliviana y RE (GAB) Nº 6/178 de la Parte peruana, según el siguiente tenor: "EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES saluda muy atentamente al Ministerio de Relaciones Exteriores

de la República del Perú y tiene a bien invocar al `Convenio entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Bolivia sobre Promoción y Protección Recíproca de Inversiones', suscrito el 30 de julio de 1993. Al respecto, este Ministerio de Estado plantea el restablecimiento y modificación de lo acordado, mediante su Nota Re (GAB) Nº 6/19, en la cual se propuso mantener la vigencia del referido Compromiso Internacional, por un año adicional y, la Nota GM-DGAJ-UAJ-Cs-472/2015 de respuesta y aceptación de este Estado, ambas de 19 de febrero de 2015, con el siguiente tenor: "El Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, saluda muy atentamente al Honorable Ministerio de Relaciones Exteriores del Estado Plurinacional de Bolivia y tiene a bien referirse al `Convenio entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Bolivia sobre Promoción y Protección Recíproca de Inversiones', suscrito el 30 de julio de 1993 y vigente desde el 20 de febrero de 1995. Sobre el particular, el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, tiene a bien proponer a ese Honorable Ministerio mantener la vigencia del Convenio hasta el 19 de febrero de 2018, a fin que durante tal tiempo pueda negociarse un nuevo acuerdo de promoción y protección recíproca de inversiones. Queda entendido que de no alcanzarse un nuevo Acuerdo, la vigencia del actual Convenio no será renovada y sólo será extensible el período de ultractividad por quince (15) años adicionales a favor de las inversiones realizadas hasta el 19 de febrero de 2018, conforme a lo previsto en el segundo párrafo del Artículo 14 del Convenio". Al Honorable Ricardo V. Luna Mendoza Ministro de Relaciones Exteriores de la República del Perú Lima.El Ministerio de Relaciones Exteriores del Estado Plurinacional de Bolivia, confirma así, la Enmienda propuesta en la Nota RE (GAB) Nº 6/193 del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, con una vigencia ab initio; constituyendo la precitada Nota y la presente Nota de aceptación, un Acuerdo Internacional entre los dos Estados. El Ministerio de Relaciones Exteriores del Estado Plurinacional de Bolivia, hace propicia la oportunidad para renovar al Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Perú, las seguridades de más alta y distinguida consideración. La Paz, 17 de enero de 2017 DAVID CHOQUEHUANCA CÉSPEDES Ministro de Relaciones Exteriores 1553200-1

Entrada en vigencia de la "Enmienda al Convenio entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Bolivia sobre Promoción y Protección Recíproca de Inversiones"
Entrada en vigencia de la "Enmienda al Convenio entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Bolivia sobre Promoción y Protección Recíproca de Inversiones", formalizado mediante intercambio de Notas, Nota GM-DGAJ-UAJ-Cs-2847/2016 del Ministerio de Relaciones Exteriores del Estado Plurinacional de Bolivia, Nota RE(GAB) N° 6/178 del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Perú, ambas de fecha 04 de noviembre de 2016; y la Nota RE(GAB) N° 6/193 del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Perú, de fecha 26 de diciembre de 2016; y, Nota GM-DGAJUAJ-Cs-94/2017 del Ministerio de Relaciones Exteriores del Estado Plurinacional de Bolivia, de fecha 17 de enero de 2017. Entró en vigor el 04 de noviembre de 2016. 1553199-1

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