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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE AGOSTO DEL AÑO 2017 (12/08/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 69

69 NORMAS LEGALES Sábado 12 de agosto de 2017 El Peruano / del cual se desarrollan actividades tendientes a brindar un servicio de apoyo a la comunidad en armonía con la función pública que le corresponde, por medio de acciones de concertación para el mejoramiento del ejercicio del derecho de acceso a la justicia de los ciudadanos. Tercero: En ese marco, mediante Resolución Administrativa N°185-2017-P-CSJV/PJ, la Presidencia de la Corte Superior de Ventanilla, aprobó el Proyecto “Justicia Itinerante en las Comisarías” de la Comisión de Trabajo del Programa Distrital de Acceso a la Justicia de Personas Vulnerables y Justicia en tu Comunidad de Ventanilla, mediante el cual el Poder Judicial, siendo el encargado de cerrar el círculo de protección a la víctima de violencia, adoptó un rol proactivo, procurando una atención centrada en las víctimas para salvaguardar su bienestar, y priorizando la atención médica de la víctima sobre las diligencias policiales dirigidas a recabar medios probatorios, pues justamente la atención médica garantiza que no se pierdan evidencias, facilitando la atención de la víctima dirigida a su resiliencia mediante la respectiva interconsulta con psicología, no esperándose mandato judicial alguno para restituir el derecho a la integridad física y al restablecimiento de la salud. Cuarto: El avance del proyecto, justi fi ca que se efectúen ajustes y mejoras entre ellas la modi fi cación del cronograma de atención en la itinerancia. Para este efecto, es fundamental valorar las evidencias empíricas existentes, en las investigaciones sobre las fechas de ocurrencia de los hechos de violencia, con la fi nalidad de que el desplazamiento a las comisarías atienda de modo adecuado y oportuno las situaciones de crisis de las víctimas. Así, teniendo en cuenta el Expediente Documental OFI1647441 emitido por el Observatorio de Criminalidad del Ministerio Público 1, en respuesta al requerimiento de la Directora General de la Dirección General contra la Violencia de Género del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, el cual precisa que, se han registrado 881 víctimas de feminicidio en el Perú durante el periodo comprendido entre enero 2009–julio 2016. Asimismo, en relación a los días de ocurrencia, el 52.6% de los feminicidios ocurrió entre los días lunes y jueves y el 47.4% el fi n de semana (viernes, sábado y domingo). En el caso de los feminicidios íntimos (792), se registra un promedio de 113 feminicidios entre los días martes y viernes, sin embargo, los días sábado, domingo y lunes el promedio se eleva a 144 feminicidios por día de ocurrencia. En ese sentido, es necesario establecer desplazamiento itinerante a las Comisarías de Ventanilla, Pachacútec y Ancón, que tienen mayor porcentaje de casos registrados, los días lunes y viernes para la realización de las audiencias, a fi n de brindar una mejor atención a las víctimas. Quinto: En ese sentido se ha establecido el siguiente Cronograma: JUSTICIA ITINERANTE EN LAS COMISARÍAS DISTRITO JUZGADO MAGISTRADO COMISARIA DIAS VENTANILLA SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA YESSICA PAOLA VITERI VALIENTE COMISARIA DE VENTANILLALUNES ANCON JUZGADO CIVIL DE ANCÓN Y SANTA ROSAJUAN CARLOS HUAMAN ALFAROCOMISARIA DE ANCÓN VENTANILLA JUZGADO CIVIL DE PACHACÚTECJESSICA PEÑA RAMIREZCOMISARIA DE PACHACÚTEC SANTA ROSA JUZGADO CIVIL DE ANCÓN Y SANTA ROSAJUAN CARLOS HUAMAN ALFAROCOMISARIA DE SANTA ROSAMARTES VENTANILLA SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA YESSICA PAOLA VITERI VALIENTECOMISARIA VILLA LOS REYESMIÉRCOLES MI PERU JUZGADO CIVIL DE MI PERÚYOLANDA CAMPOS SOTELOCOMISARIA DE MI PERÚJUEVES VENTANILLA PRIMER JUZGADO DE FAMILIA KATHERINE LA ROSA CASTILLOCOMISARIA DE VENTANILLAVIERNES ANCON JUZGADO CIVIL DE ANCÓN Y SANTA ROSAJUAN CARLOS HUAMAN ALFAROCOMISARIA DE ANCÓN VENTANILLA JUZGADO CIVIL DE PACHACÚTECJESSICA PEÑA RAMÍREZCOMISARIA DE PACHACÚTECSexto: Por otro lado, es necesario que las víctimas estén acompañadas durante todo el proceso judicial, por un Abogado Gratuito que les brinde asesoramiento jurídico, en ese caso la Ley 30364 establece en los artículos 72° y 73°, que el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, deben asistir de manera gratuita a las víctimas. En ese sentido, a través de la O fi cina del Programa Distrital de Acceso a la Justicia de Personas Vulnerables y Justicia en tu Comunidad, se deberá coordinar la participación de ambas instituciones en los casos que ingresan dentro del marco del proyecto “Justicia Itinerante en la Comisaría”. Del mismo modo, deberá asegurarse que las víctimas reciban antes de la audiencia contención psicológica y orientación sobre la ruta de atención, y sus derechos para cuyo efecto la Ofi cina de Acceso a la Justicia debe coordinar con los Centros de Emergencia Mujer de la zona. Séptimo: Asimismo, en la atención en la comisaría el Poder Judicial y la O fi cina del Programa Distrital de Acceso a la Justicia de Personas Vulnerables y Justicia en tu Comunidad, entregarán a la víctima una “Cartilla de Información de la ruta de atención y Derechos de la víctima de Violencia” entrega de información que deberá constar en el expediente. Por tales consideraciones, la Presidencia de la Corte, como máxima autoridad administrativa del Distrito Judicial a su cargo, que dirige la política interna con el objeto de brindar un e fi ciente servicio de impartición de justicia en bene fi cio del usuario del sistema judicial, y conforme a las facultades conferidas por el inciso 3) y 9) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SE RESUELVE:Artículo Primero: APROBAR el Cronograma de Audiencias en las Comisarías, detallado en el considerando quinto. Artículo Segundo: DISPONER que la Comisión del Programa Distrital de Acceso a la Justicia de Personas Vulnerables y Justicia en Tu Comunidad, coordine la asistencia jurídica por parte de Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y Ministerio de Justicia, a través de los órganos correspondientes Artículo Tercero: DISPONER que la Comisión del Programa Distrital de Acceso a la Justicia de Personas Vulnerables y Justicia en Tu Comunidad, elabore la Cartilla de Información de la ruta de atención y Derechos de la Víctima de Violencia” material que deberá ser diseñado teniendo en cuenta la perspectiva de género, y deberá elaborarse inicialmente en tres versiones dirigido a las mujeres, los niños(as) y adolescentes; y las víctimas adultas mayores. Artículo Cuarto: DISPONER que la Administración de esta Corte Superior de Justicia, adopte las medidas pertinentes con el objeto de dar cabal cumplimiento a lo dispuesto en la presente resolución. Artículo Quinto: PONER EN CONOCIMIENTO esta Resolución Administrativa a la Presidencia del Poder Judicial, Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, O fi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Ventanilla, O fi cina Distrital de Acceso a la Justicia de Personas Vulnerables y Justicia en tu Comunidad y O fi cina de Administración Distrital de esta Corte Superior, Comisión de Género del Poder Judicial y Dependencias de las Comisarías pertinentes, para conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.-CHRISTIAN ARTURO HERNANDEZ ALARCÓN Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla(E) 1 El procedimiento empleado por el Registro de Feminicidio del Ministerio Público es regulado por la Resolución de la Fiscalía de la Nación N°1690-2009-MP-FN y Directiva N°006-2009-MP-FN, del 20 de noviembre del 2009. 1553841-1