Norma Legal Oficial del día 12 de agosto del año 2017 (12/08/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 82

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NORMAS LEGALES

Sábado 12 de agosto de 2017 /

El Peruano

Artículo Tercero.- Disponer que la Gerencia de Fiscalización Administrativa reporte semestralmente a la Gerencia de Servicios a la Ciudad, el cumplimiento del Programa Local de Vigilancia y Monitoreo de la Contaminación Sonora para el Distrito del Rímac 2017. Artículo Cuarto.- Disponer que el texto del presente Decreto se publique en el Diario Oficial El Peruano y el Anexo en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital del Rímac. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ENRIQUE PERAMAS DÍAZ Alcalde 1553562-1

PROVINCIAS

Pedro Cáceres Alvarado ­ Sub Gerente de Recursos Humanos, como funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la Municipalidad Distrital de La Perla, al Programa Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promoción de Empleo, de acuerdo a lo señalado por la Ley Nº 27736 y su Reglamento, Decreto Supremo Nº 012-2004-TR; y, con Resolución de Alcaldía Nº 347-2017-A-MDLP de fecha 03 de Agosto de 2017, se deja sin efecto la designación del Sub Gerente en mención; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 348-2017-A-MDLP de fecha 03 de Agosto de 2017, se designa a la CPC Miriam Violeta Arias Oscanova, en el cargo de Sub Gerente de Recursos Humanos en la Municipalidad Distrital de La Perla, motivo por el cual es pertinente encargar la responsabilidad de entregar la información pública de acuerdo a Ley; Estando lo expuesto, con el visto bueno de la Gerencia de Asesoría Jurídica y en uso de las facultades contenidas por los Artículos 20º y 39º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades; RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a partir de la fecha, a la CPC MIRIAM VIOLETA ARIAS OSCANOVA, Sub Gerente de Recursos Humanos, como funcionaria responsable de remitir las ofertas de empleo de la Municipalidad Distrital de La Perla, al Programa Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promoción de Empleo, de acuerdo a lo señalado por la Ley Nº 27736 y su Reglamento, Decreto Supremo Nº 012-2004-TR. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución de Alcaldía Nº 270-2017-A-MDLP de fecha 01 de Junio de 2017 y toda disposición administrativa que se oponga a lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano; remitiéndose a la Sub Gerencia de Tecnología de la Información para su publicación en el portal de la Municipalidad Distrital de La Perla (www.munilaperla.gob. pe) y el portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase. PATRICIA ROSA CHIRINOS VENEGAS Alcaldesa 1553542-1

MUNICIPALIDAD DE LA PERLA
Designan funcionaria responsable de remitir ofertas de empleo de la Municipalidad al Programa Red Cil Proempleo
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 349-2017-A-MDLP La Perla, 4 de agosto de 2017 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA VISTO: La Resolución de Alcaldía Nº 270-2017-A-MDLP de fecha 01 de Junio de 2017, la Resolución de Alcaldía Nº 347-2017-A-MDLP de fecha 03 de Agosto de 2017 y la Resolución de Alcaldía Nº 348-2017-A-MDLP de fecha 03 de Agosto de 2017; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 2º del Decreto Supremo Nº 012-2004TR, establece que todo organismo público está obligado a remitir al Programa Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promoción de Empleo, las ofertas de puesto públicos que tengan previsto concursar, con diez (10) días de anticipación al inicio del concurso, debiendo designar a un funcionario responsable para tales efectos; Que, el Artículo 2º del Reglamento de la Ley Nº 27736 ­ Ley para la transmisión radial y televisiva de ofertas laborales del Sector Público y Privado ­ aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2004-TR, señala que todo organismo público y empresa del Estado, está obligada a remitir al Programa Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, las ofertas de puestos públicos que tengan previsto concursarlos; Que, conforme a lo dispuesto en dicha normativa, los organismos públicos y empresas designarán al funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la Entidad. Dicha designación debe realizarse mediante Resolución del Titular de la Entidad, publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, el Artículo 8º de la Ley Nº 29849 - Ley que establece la eliminación progresiva del régimen especial del Decreto Legislativo Nº 1057 y otorga derechos laborales, señala que el acceso al régimen de Contratación Administrativa de Servicios (CAS), se realiza obligatoriamente mediante concurso público, efectuándose la convocatoria a través del portal institucional de la Entidad convocante, en el Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, y en el Portal del Estado Peruano, sin perjuicio de utilizarse, a criterio de la Entidad convocante, otros medios de información; Que, con Resolución de Alcaldía Nº 270-2017-A-MDLP de fecha 01 de Junio de 2017, se designó al Abogado

CONVENIOS INTERNACIONALES

Enmienda al Convenio entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Bolivia sobre Promoción y Protección Recíproca de Inversiones
ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES GM-DGAJ-UAJ-Cs-2847/2016 EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES ­ saluda muy atentamente al Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Perú y tiene a bien invocar al "Convenio entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Bolivia sobre Promoción y Protección Recíproca de Inversiones", suscrito el 30 de julio de 1993, que fuera ratificado en este Estado, mediante Ley Nº 1573 de 12 de julio de 1994 y, en la República del Perú, según Decreto Supremo Nº 03-94RE, de fecha 09 de marzo de 1994; y cobró vigor el 20 de febrero de 1995, en ocasión del intercambio de Notas Diplomáticas, según el Artículo 14. Al respecto, propone el restablecimiento y modificación de lo acordado, mediante su Nota Re (GAB) Nº 6/19, de propuesta de mantener la vigencia del referido

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