Norma Legal Oficial del día 12 de agosto del año 2017 (12/08/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano / Sábado 12 de agosto de 2017

NORMAS LEGALES

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MOTORIZADOS EN EL DEPÓSITO ASIGNADO POR LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE" que forma parte del presente Decreto. Artículo Segundo.- El presente Decreto rige a partir del día siguiente de su publicación. Artículo Tercero.- DEROGAR toda norma que se oponga a lo dispuesto en el presente Reglamento. Artículo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Seguridad Ciudadana, Gerencia de Administración y Finanzas y a la Gerencia de Presupuesto y Planeamiento. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial "El Peruano"; y a la Subgerencia de Informática y Tecnología, su publicación en el Portal Institucional (www.munilince.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MARTIN PRINCIPE LAINES Alcalde 1553189-1

Estando a lo expuesto, contando con el Visto Bueno de la Gerencia Municipal, la Gerencia de Asesoría Jurídica y la Gerencia de Administración y Finanzas y, en uso de las atribuciones conferidas en el numeral 6) del Artículo 20° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR al ING. VÍCTOR ADRIÁN ROMERO CÁRDENAS, Subgerente de Recursos Humanos, como funcionario responsable del procedimiento y la remisión de las ofertas de empleo de la Municipalidad de Lince ante el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución de Alcaldía N° 003-2015-MDL de fecha 12 de enero de 2015. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y a la Subgerencia de Informática y Tecnología su publicación en el Portal Institucional (www.munilince.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MARTIN PRINCIPE LAINES Alcalde 1553190-1

Designan funcionario responsable del procedimiento y la remisión de ofertas de empleo de la Municipalidad al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 105-2017-MDL Lince, 4 de agosto de 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LINCE; CONSIDERANDO: VISTO: El Informe N° 309-2017-GAF/SRH de fecha 01 de agosto de 2017, elaborado por la Subgerencia de Recursos Humanos, Informe N° 071-2017-GAF de fecha 01 de agosto de 2017, emitido por la Gerencia de Administración y Finanzas, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 2° del Reglamento de la Ley N° 27736, Ley para la transmisión radial y televisiva de ofertas laborales del Sector Público y Privado, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2004-TR, señala que todo organismo público y empresa del Estado está obligada a remitir al Programa RED CIL Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, las ofertas de los puestos públicos que tengan previsto concursarlos; Que, asimismo, el citado artículo establece la obligación de los organismos públicos y empresas del Estado de designar al funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la entidad. Dicha designación debe realizarse mediante resolución del titular de la entidad publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante Ordenanza Nº 346-2015-MDL, publicada en el Diario Oficial "El Peruano", el día 7 de marzo de 2015, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de Lince y su Estructura Orgánica; Que, mediante Resolución de Alcaldía N° 081-2015MDL de fecha 09 de marzo de 2015, se designó al ING. VÍCTOR ADRIÁN ROMERO CÁRDENAS, en el cargo de confianza de Subgerente de Recursos Humanos de la Municipalidad de Lince; Que, corresponde la designación del citado funcionario para remitir las ofertas de empleo de puestos públicos al Ministerio de Trabajo por encontrarse dicha actividad dentro de su particular ámbito funcional, conforme lo establecido en el artículo 54° del Reglamento de Organización y Funciones de esta Corporación Edil, aprobado mediante Ordenanza N° 346-2015-MDL.

MUNICIPALIDAD DE PUCUSANA
Amplían plazo para pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del Ejercicio Fiscal 2017
ORDENANZA Nº 224-2017/MDP Pucusana, 30 de enero de 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUCUSANA POR CUANTO: VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha de 30 de Enero del 2017; el Proyecto de Ordenanza, presentado por la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria; sobre ESTABLECER EL MONTO MÍNIMO Y VENCIMIENTO DE PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO 2017. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo dispuesto con el Artículo 15º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004EF, el pago del Impuesto Predial podrá cancelarse al contado hasta el último día hábil del mes de febrero de cada año o en forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimestrales, debiéndose pagar la primera cuota hasta el último día del mes de febrero y las cuotas restantes hasta el último día de los meses de mayo, agosto y noviembre; Que, conforme al Artículo 13º del Texto Único ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 156-2004-EF y sus modificatorias, las municipalidades están facultadas para establecer un monto mínimo a pagar por concepto de Impuesto Predial equivalente al 0.6% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente al 01 de enero del año que corresponde al impuesto; Que, el último párrafo del Artículo 29º del texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y sus modificatorias, estable que el plazo para el pago de la deuda tributaria podrá ser prorrogado, con carácter general, por la Administración Tributaria;

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