Norma Legal Oficial del día 14 de agosto del año 2017 (14/08/2017)


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NORMAS LEGALES

Lunes 14 de agosto de 2017 /

El Peruano

OSINFOR : Organismo Público Ejecutor adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, es la entidad encargada, a nivel nacional, de supervisar y fiscalizar el aprovechamiento sostenible y la conservación de los recursos forestales y de fauna silvestre, así como los servicios ambientales provenientes del bosque, otorgados a través de títulos habilitantes, y las obligaciones contenidas en ellos y en los respectivos planes de manejo, ejerciendo su potestad sancionadora ante infracciones a la legislación forestal y de fauna silvestre en el marco de sus competencias. En materia de fauna silvestre, son títulos habilitantes las concesiones y permisos para el manejo de fauna silvestre en libertad así como las autorizaciones de funcionamiento de centros de cría en cautividad. Poder Judicial: Los Juzgados Especializados en Delitos Ambientales son creados por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial para la tramitación de los delitos que se deriven de hechos investigados por procesos que contengan delitos ambientales, así como en los procesos donde existiere concurso de delitos, entre los cuales estuviere cualquier delito ambiental, deberá ser tramitado por los Juzgados de la Investigación Preparatoria Especializados en Delitos Ambientales, según corresponda. No existen en todas las circunscripciones por lo que el radio de su competencia es determinado por Resolución Administrativa. Policía Nacional del Perú25: Es una institución dependiente del Ministerio del Interior, que tiene por finalidad garantizar, mantener y restablecer el orden interno; prevenir, investigar y combatir los delitos y faltas; prestar protección y ayuda a las personas, y a la comunidad; garantizar el cumplimiento de las leyes y la seguridad del patrimonio público y privado; vigilar y controlar las fronteras; velar por el cumplimiento de las normas administrativas de su competencia y el Código Administrativo de Contravenciones de Policía. La Dirección Ejecutiva de Turismo y Medio Ambiente, como su órgano de línea, tiene como misión planear, organizar, dirigir, ejecutar, coordinar, controlar y supervisar las actividades policiales a nivel nacional relacionadas con la protección y conservación de los Recursos Naturales y del Medio Ambiente; así como investigar y denunciar los delitos y faltas que se cometan en su contra, siendo la Dirección contra la Tala Ilegal y Protección de los Recursos Naturales la encargada de proteger, prevenir e investigar los delitos que se cometen en contra de los recursos naturales (flora y fauna, y recursos hidrobiológicos). PRODUCE26: Es competente de manera exclusiva en ordenamiento pesquero y acuícola, pesquería industrial, acuicultura de mediana y gran empresa, normalización industrial y ordenamiento de productos fiscalizados; y es competente, de manera compartida con los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, en materia de pesquería artesanal, acuicultura de micro y pequeña empresa y acuicultura de recursos limitados. En este sentido, tiene entre sus funciones la de aprobar las disposiciones normativas que le correspondan, incluida la facultad de tipificar reglamentariamente las infracciones por incumplimiento de obligaciones establecidas legalmente, así como la función de cumplir y hacer cumplir el marco normativo relacionado con su ámbito de competencia. Asimismo, constituye la Autoridad Administrativa CITES - Perú para las especies hidrobiológicas marinas y continentales incluidas en los apéndices de la CITES27. SENASA28: Organismo público adscrito al MINAGRI que incluye entre sus funciones mantener y fortalecer el sistema de cuarentena y vigilancia epidemiológica, con la finalidad de realizar el control e inspección fito y zoosanitario, según sea el caso, del flujo nacional e internacional de plantas y productos vegetales, animales y productos de origen animal, capaces de introducir o diseminar plagas y enfermedades, así como ordenar la destrucción, retorno o disposición final de productos de riesgo fito y zoosanitario. Del mismo modo, como parte

de sus principales lineamientos de política considera el establecer alianzas estratégicas de participación, coordinación y complementación con instituciones del sector privado y público en sus distintas instancias, con la finalidad de maximizar los beneficios en los ámbitos de intervención. SERFOR29: Organismo público técnico especializado, adscrito al MINAGRI, entró en funcionamiento en el año 2014 asumiendo las funciones que anteriormente estuvieron a cargo de la DGFFS del MINAGRI y aquellas indicadas en la nueva normativa forestal y de fauna silvestre. Bajo este marco, se constituye en la Autoridad Nacional Forestal y de Fauna Silvestre y el ente rector del SINAFOR, correspondiéndole, entre otros, coordinar con las autoridades que toman parte en el control y vigilancia forestal y de fauna silvestre y velar por la implementación de la Política Nacional Forestal y de Fauna Silvestre. Del mismo modo, es la Autoridad Administrativa CITES, encargándose de la implementación de dicha convención en nuestro país para las especies de fauna silvestre cuyo ciclo de vida sea completamente terrestre o parte de él que se encuentren listadas en sus apéndices, encargándose de otorgar los respectivos permisos de exportación. Asimismo, es el organismo nacional competente para la administración y conservación de los camélidos sudamericanos silvestres. Por otra parte, es el punto focal nacional de recepción de denuncias de infracciones y delitos en materia forestal y de fauna silvestre, las cuales recibe y canaliza, contando con una base de datos sobre las mismas y su estado. La Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre es el órgano encargado de implementar las estrategias, normas, planes, programas, proyectos nacionales y actividades relacionadas a la gestión forestal y de fauna silvestre, ecosistemas forestales y recursos genéticos silvestres, en tanto la Dirección de Control de la Gestión del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre que forma parte de ésta, tiene a su cargo fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones de los derechos otorgados por el SERFOR y sancionar las infracciones derivadas de su incumplimiento. SERNANP30: Ente rector del SINANPE que tiene entre sus funciones aprobar las normas y establecer los criterios técnicos y administrativos, así como los procedimientos para el establecimiento y gestión de las Áreas Naturales Protegidas; establecer los mecanismos de fiscalización

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Artículos 1 al 3 del Decreto Legislativo Nº 1085, Ley que crea el OSINFOR; y el artículo 13 del Reglamento para la Gestión de Fauna Silvestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2015-MINAGRI. Decreto Legislativo Nº 1148, Ley de la Policía Nacional del Perú, modificada por Decreto Legislativo Nº 1230. Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción. Artículo 14 del Decreto Supremo Nº 030-2005-AG, que aprueba el Reglamento para la Implementación de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre (CITES) en el Perú, y modificado por Decreto Supremo Nº 001-2008-MINAM. Artículos 5 y 6 del Reglamento de Organización y Funciones del SENASA, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2005-AG y modificado por Decreto Supremo Nº 027-2008-AG. Artículos 13 y 14 de la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre; artículo 180 del Reglamento para la Gestión de Fauna Silvestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2015-MINGRI; y artículo 52 a 57 del Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2013-MINAGRI y modificado por Decreto Supremo Nº 016-2014-MINAGRI. Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo que aprueba la Ley de creación, organización y funciones del Ministerio del Ambiente, Decreto Legislativo Nº 1013.

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