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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE AGOSTO DEL AÑO 2017 (23/08/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 13

13 NORMAS LEGALES Miércoles 23 de agosto de 2017 El Peruano / EDUCACION Aprueban Instructivo para el Concurso Educativo Ambiental “Construyendo un desarrollo sostenible desde la escuela” 2017 RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 247-2017-MINEDU Lima, 22 de agosto del 2017VISTOS, el Expediente N° 0093579-2017, los Informes N° 019-2017-MINEDU-VMGP-DIGEBR-UAC-AEBF y N° 036-2017-MINEDU-VMGP-DIGEBR-UAC-AEBF de la Unidad de Arte y Cultura, el Informe N° 724-2017-MINEDU/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, en adelante la Ley, el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por fi nalidad de fi nir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, el literal g) del artículo 8 de la ley, establece que la educación peruana se sustenta en ciertos principios, entre ellos, la conciencia ambiental, que motiva el respeto, cuidado y conservación del entorno natural como garantía para el desenvolvimiento de la vida; Que, la Norma Técnica denominada, “Normas y Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2017 en Instituciones Educativas y Programas Educativos de la Educación Básica”, aprobada por Resolución Ministerial N° 627-2016-MINEDU, establece en el sub numeral 8.1 del numeral 8, que los concursos escolares son una estrategia pedagógica que buscan contribuir a la formación integral de los estudiantes, habiéndose autorizado para el año 2017, entre otros, el Concurso Educativo Ambiental “Construyendo un desarrollo sostenible desde la escuela”; Que, O fi cio N° 1149-2017-MINEDU/VMGP/DIGEBR, la Dirección General de Educación Básica Regular remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, el Informe N° 019-2017-MINEDU-VMGP-DIGEBR-UAC-AEBF, el mismo que fue complementado con el Informe N° 036-2017-MINEDU-VMGP-DIGEBR-UAC-AEBF, sustentando la necesidad de aprobar las disposiciones para el Concurso Educativo Ambiental “Construyendo un Desarrollo Sostenible desde la Escuela” 2017, cuyo objetivo principal es reconocer a las instituciones educativas con buenas prácticas de educación ambiental en todos los niveles y modalidades de la educación básica a nivel nacional, y que contribuyen al desarrollo sostenible desde la escuela; Que, de acuerdo al literal g) del artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 002-2017-MINEDU, la Ministra de Educación delega en el Secretario General del Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2017, entre otras facultades y atribuciones, la de emitir los actos resolutivos que aprueban, modi fi can o dejan sin efecto los Documentos Normativos en el ámbito de competencia del despacho ministerial; Con el visado del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional, de la Dirección General de Educación Básica Regular, de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, de la Dirección General de Servicios Educativos Especializados, de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar, de la O fi cina de Defensa Nacional y de Gestión del Riesgo de Desastres, de la Dirección General de Gestión Descentralizada, y de la Jefa de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modi fi cada por la Ley N° 26510; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; y en virtud a las facultades delegadas mediante Resolución Ministerial N° 002-2017-MINEDU; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el Instructivo para el Concurso Educativo Ambiental “Construyendo un desarrollo sostenible desde la escuela” 2017, el mismo que como Anexo forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ CARLOS CHÁVEZ CUENTAS Secretario General 1557539-1 MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Aprueban transferencia financiera a favor de Sociedades de Beneficencia Pública que se encuentran en el ámbito de competencia del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 239-2017-MIMP Lima, 22 de agosto de 2017Vistos, el Memorando Nº 478-2017-MIMP/DGFC de la Dirección General de la Familia y la Comunidad, el Informe Nº 075-2017-MIMP-DGFC-DIBP-AACG de la Dirección de Bene fi cencias Públicas, el Memorando Nº 432-2017- MIMP/OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 203-2017-MIMP/OGPP-OPR de la O fi cina de Presupuesto y el Memorando N° 282- 2017-MIMP/OGA de la O fi cina General de Administración del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 26918 se crea el Sistema Nacional para la Población en Riesgo -SPR- con la fi nalidad de dirigir las actividades del Estado y convocar a la comunidad en general para la promoción, atención y apoyo a niños, adolescentes, mujeres, jóvenes y ancianos, y en general toda persona en situación de riesgo y abandono o con problemas síquicos, sociales o corporales que menoscaben su desarrollo humano; norma que a través de su Segunda Disposición Transitoria y Complementaria señala que el Órgano Rector del Sistema aprobará la forma y plazo en el cual las Sociedades de Bene fi cencia Pública o Juntas de Participación Social, transformadas o no en fundaciones, irán asumiendo los costos que irrogan las remuneraciones de sus trabajadores; siendo que en tanto no se concluya con dicho proceso, el Ministerio de Economía y Finanzas continuará trans fi riendo los recursos aprobados en la Ley de Presupuesto Público; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1098 se aprobó la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP, la cual establece en su artículo 5 literal m) que el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables tiene dentro de su ámbito de competencia el ejercicio de la rectoría sobre el Sistema Nacional de Voluntariado, el Sistema Nacional de Atención Integral del Niño, Niña y Adolescente y el Sistema Nacional para la Población en Riesgo, entre otros;