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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE AGOSTO DEL AÑO 2017 (23/08/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 16

16 NORMAS LEGALES Miércoles 23 de agosto de 2017 / El Peruano NTP 205.055:1987 CEREALES. Kiwicha grano. Métodos de ensayo. 1ª Edición NTP 204.019:1981 (Revisada el 2010) REQUERIMIENTOS GENERALES PARA EL FUNCIONAMIENTO DE FÁBRICAS DE CONSERVAS DE PRODUCTOS PESQUEROS. 1ª Edición NTP 204.025:1984 (Revisada el 2010) REQUERIMIENTOS GENERALES PARA EL FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTOS DE PRODUCTOS PESQUEROS AL ESTADO FRESCO, CONGELADO Y CURADO. 1ª Edición NTP 334.069:2007 CEMENTOS. Especi fi cación normalizada para cemento de albañilería. 3 a Edición NTP 334.069/AD 1:2011 CEMENTOS. Especi fi cación normalizada para cemento de albañilería. 1a Edición NTP 334.116:2002 CEMENTOS. Cemento de albañilería. Métodos de ensayos físicos. 1a Edición NTP 334.097:2006 (revisada el 2016) CEMENTOS. Arena normalizada. Requisitos. 2a Edición NTP 334.147:2004 CEMENTOS. Especi fi caciones normalizadas del cemento para mortero. 1a Edición NTP 334.156:2006 (revisada el 2016) CEMENTOS. Cemento Pórtland expansivo. Requisitos. 1a Edición NTP 334.160:2005 (revisada el 2015) CEMENTOS. Cemento plástico (cemento para morteros de revestimiento en albañilería - estuco). Requisitos. 1 a Edición Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSARIO URÍA TORO DirectoraDirección de Normalización 1557085-1 Aprueban Normas Técnicas Peruanas en su versión 2017, sobre gatas mecánicas portátiles, filtros para aire y otros RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 028-2017-INACAL/DN Lima, 17 de agosto de 2017 VISTO: El Informe N° 015-2017-INACAL/DN.PACONSIDERANDO: Que, el artículo 10 de la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad - INACAL, establece que las competencias del INACAL, entre ellas, la Normalización se sujeta a lo establecido en el Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del Comercio (OMC), el cual contempla en el Anexo 3, el Código de Buena Conducta para la Elaboración, Adopción y Aplicación de Normas, el que establece en el literal J que las instituciones con actividades de normalización elaboran programas de trabajo, entre otros documentos; Que, el artículo 19 de la Ley N° 30224, en concordancia con el artículo 35 del Decreto Supremo N° 004-2015-PRODUCE, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Calidad - INACAL, modi fi cado por Decreto Supremo N° 008-2015-PRODUCE, establece que la Dirección de Normalización es la autoridad nacional competente para administrar la política y gestión de la Normalización, encontrándose encargada de conducir el desarrollo de normas técnicas para productos, procesos o servicios, y goza de autonomía técnica y funcional; Que, el numeral 18.3 del artículo 18 de la Ley N° 30224, establece que las Normas Técnicas Peruanas promueven la calidad de los bienes y servicios que se ofertan en el mercado, por lo que deben ser revisadas cada cinco (5) años, en concordancia con el literal d) del artículo 36 del Decreto Supremo N° 004-2015-PRODUCE; Que, la Dirección de Normalización, en ejercicio de sus funciones de revisar y actualizar periódicamente las Normas Técnicas Peruanas; así como, elaborar y actualizar periódicamente los programas de normalización considerando la demanda del sector público y privado, establecidas en los literales d) y l) del artículo 36 del Decreto Supremo N° 004-2015-PRODUCE, elaboró y aprobó el Programa de Actualización de Normas Técnicas Peruanas correspondientes al año 2017, a través del Informe N° 001-2017-INACAL/DN-Programa de Actualización, de fecha 10 de marzo de 2017, los mismos que se encuentran publicados en el portal institucional del INACAL; Que, en el marco del citado programa, mediante el Informe N°015-2017-INACAL/DN.PA, señala que luego de realizada la consulta pública, revisión y evaluación respectiva, de 18 Normas Técnicas Peruanas correspondiente a la materia de Industrias manufactureras; corresponde aprobarlas en su versión 2017 y dejar sin efecto las correspondientes versiones anteriores; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad; el Decreto Supremo Nº 004-2015-PRODUCE, Reglamento de Organización y Funciones del INACAL, modi fi cado por Decreto Supremo N° 008-2015-PRODUCE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar las siguientes Normas Técnicas Peruanas en su versión 2017: NTP 383.025:1989 (revisada el 2017) GATAS MECÁNICAS PORTÁTILES PARA USO AUTOMOTRIZ. 1ª Edición Reemplaza a la NTP 383.025:1989 (revisada el 2012) NTP 383.050:1984 (revisada el 2017) FILTROS PARA AIRE. Elemento fi ltrante para uso en motores de combustión interna. Ensayo de carbonizado. 1ª Edición Reemplaza a la NTP 383.050:1984 (revisada el 2012) NTP 383.052:1984 (revisada el 2017) FILTROS PARA AIRE. Elemento fi ltrante para uso en motores de combustión interna. Ensayo de e fi ciencia total y capacidad de retención de polvo. 1ª Edición Reemplaza a la NTP 383.052:1984 (revisada el 2012) NTP 383.015:1981 (revisada el 2017) AROS DE RUEDAS. Terminología y de fi niciones. 1ª Edición Reemplaza a la NTP 383.015:1981 (revisada el 2012) NTP 383.019:1978 (revisada el 2017) AMORTIGUADORES TELESCÓPICOS. 1ª Edición Reemplaza a la NTP 383.019:1978 (revisada el 2012) NTP 383.047:1983 (revisada el 2017) FILTROS DE ACEITE PARA USO EN MOTORES DE COMBUSTIÓN INTERNA. Resistencia a la fatiga por pulsos de presión. 1ª Edición Reemplaza a la NTP 383.047:1983 (revisada el 2012) NTP 383.051:1984 (revisada el 2017) FILTROS PARA AIRE. Elemento fi ltrante para uso en motores de combustión interna. Ensayo de resistencia al fl ujo. 1ª Edición Reemplaza a la NTP 383.051:1984 (revisada el 2012) NTP 383.039:1983 (revisada el 2017) FILTROS DE ACEITE PARA USO EN MOTORES DE COMBUSTIÓN INTERNA. Resistencia al fl ujo. 1ª Edición Reemplaza a la NTP 383.039:1983 (revisada el 2012)