TEXTO PAGINA: 27
27 NORMAS LEGALES Miércoles 23 de agosto de 2017 El Peruano / Que, mediante Resolución Ministerial N° 485-2017/ MINSA de fecha 26 de junio de 2017 se designó al médico cirujano Higinio Arístides Galindo Puchuri en el cargo de Director General de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Sur; Que, por necesidad del servicio, corresponde dar por concluida la designación efectuada mediante la Resolución Ministerial antes indicada; Con el visado del Director General (e) de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, del Secretario General; y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA y modi fi cado por Decreto Supremo N° 011-2017-SA; SE RESUELVE:Artículo 1 .- Dar por concluida la designación del médico cirujano Higinio Arístides Galindo Puchuri en el cargo de Director General de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Sur, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a la médico cirujano Zulma Anaya Chacón, en el cargo de Directora General de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Sur. Regístrese, comuníquese y publíquese.PATRICIA J. GARCIA FUNEGRA Ministra de Salud 1557543-6 VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO Aceptan renuncia de Directora de la Oficina de Imagen Institucional de la Oficina General de Comunicaciones del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 307-2017-VIVIENDA Lima, 21 de agosto de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Ministerial N° 260- 2016-VIVIENDA se designó a la señora Patricia Hilda Galindo Alcántara, en el cargo de Directora de la Ofi cina de Imagen Institucional de la O fi cina General de Comunicaciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, cargo al cual ha formulado renuncia, correspondiendo aceptarla; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y, el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada por la señora Patricia Hilda Galindo Alcántara, al cargo de Directora de la O fi cina de Imagen Institucional de la Ofi cina General de Comunicaciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1557485-1 Aprueban Condiciones Técnicas Mínimas para obras de edificación con el Bono Familiar Habitacional en la modalidad de aplicación de Construcción en Sitio Propio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 308-2017-VIVIENDA Lima, 22 de agosto de 2017VISTO, el Informe N° 343-2017-VIVIENDA/VMVU- DGPPVU, de la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo, sustentado en el Informe Técnico-Legal N° 001-2017-DGPPVU-ealiaga-msantos; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27829, se creó el Bono Familiar Habitacional - BFH, como parte de la política sectorial del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el mismo que se otorga por una sola vez a los bene fi ciarios, sin cargo de restitución por parte de éstos y, que constituye un incentivo y complemento de su ahorro, y esfuerzo constructor; el cual se destina exclusivamente a la adquisición, construcción en sitio propio o mejoramiento de una vivienda de interés social; Que, con Resolución Ministerial Nº 054-2002- VIVIENDA, se declara de utilidad pública, la creación y desarrollo del Proyecto Techo Propio, con el objetivo de promover, facilitar y/o establecer los mecanismos adecuados y transparentes que permitan el acceso de los sectores populares a una vivienda digna; así como, estimular la participación del sector privado en la construcción masiva de viviendas de interés social; Que, mediante Decreto de Urgencia N° 004-2017 se dispuso la atención prioritaria de la población damni fi cada cuya vivienda se encuentre colapsada o inhabitable a causa de las emergencias generadas por la ocurrencia de lluvias y peligros asociados en las zonas declaradas en estado de emergencia, disponiéndose para dicha atención el otorgamiento del BFH, entre otro, en la modalidad de aplicación de Construcción en Sitio Propio, para las viviendas colapsadas o inhabitables que se encuentren en zona de riesgo mitigable; Que, por Decreto de Urgencia Nº 010-2017, se aprueban medidas extraordinarias para el otorgamiento de subsidios destinados a la reconstrucción en las zonas declaradas en emergencia por la ocurrencia de lluvias y peligros asociados del 2017; disponiéndose en el párrafo 5.1 del artículo 5, que mediante Resolución Ministerial se establecen las condiciones técnicas mínimas para la ejecución de obras de edi fi cación con el BFH en la modalidad de aplicación de construcción en sitio propio; Que, por Resolución Ministerial Nº 304-2017- VIVIENDA, se aprueba el procedimiento para el otorgamiento del BFH en la modalidad de aplicación de Construcción en Sitio Propio a la población damni fi cada con viviendas colapsadas o inhabitables debido a la ocurrencia de lluvias y peligros asociados en las zonas declaradas en emergencia; siendo que, el citado procedimiento dispone que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento convoca a las las Entidades Técnicas con registro vigente, a participar en el proceso de reconstrucción; Que, con Informe Nº 343-2017/VIVIENDA/VMVU- DGPPVU, la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo, en atención a lo sustentado en el Informe Técnico-Legal N° 001-2017-DGPPVU-