Norma Legal Oficial del día 29 de agosto del año 2017 (29/08/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

Martes 29 de agosto de 2017 /

El Peruano

Artículo 1.- DAR POR CONCLUIDO a partir de la fecha la designación de la Señora Ing. MIRNA NERIDA SAIRITUPA LOPEZ, en el cargo de confianza de Directora Adjunta del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRO RURAL, del Ministerio de Agricultura y Riego, que le fue conferida mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 010-2017-MINAGRI-DVDIARAGRO RURAL-DE, de fecha 11 de enero de 2017. Artículo 2.- OTORGAR a la señora Ing. MIRNA NERIDA SAIRITUPA LOPEZ, las gracias por los servicios prestados a la institución. Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal Electrónico del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRO RURAL (www.agrorural.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO JOO CHANG Director Ejecutivo Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - Agro Rural 1559515-1

Disponen la publicación en el portal web de la Autoridad Nacional del Agua del Proyecto de "Lineamientos Generales para determinar Caudales Ecológicos"
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 212-2017-ANA Lima, 28 de agosto de 2017 VISTO: El Informe Técnico N° 081-2017-ANA-DCPRHERH-SUP/SEF de la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos y el Informe Legal N° 1338-2017-ANA-OAJ/LADR de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 15° de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, estipula que es función de la Autoridad Nacional del Agua, dictar normas y establecer procedimientos para asegurar la gestión integrada y sostenible de los recursos hídricos; Que, el artículo 153° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG, define al caudal ecológico como el volumen de agua que se debe mantener en las fuentes naturales de agua para la protección o conservación de los ecosistemas involucrados, la estética del paisaje u otros aspectos de interés científico o cultural; Que, según el artículo 155° del citado Reglamento, las metodologías para la determinación del caudal ecológico serán establecidas por la Autoridad Nacional del Agua, en coordinación con el Ministerio del Ambiente, con la participación de las autoridades sectoriales competentes, en función a las particularidades de cada curso o cuerpo de agua y los objetivos específicos a ser alcanzados; Que, mediante Resolución Jefatural N° 1542016-ANA se aprobó la metodología para determinar Caudales Ecológicos, la misma que consta de tres (03) títulos, catorce (14) artículos, una (01) disposición complementaria transitoria y tres (03) anexos; Que, la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos, mediante el documento del visto, propone sustituir la metodología aprobada por la Resolución Jefatural mencionada en el considerando precedente y aprobar la propuesta de "Lineamientos Generales para determinar Caudales Ecológicos", que tiene por objeto orientar el desarrollo de los estudios para la determinación de los caudales ecológicos, así como para la determinación de la disponibilidad de los recursos hídricos en cuerpos naturales o fuentes de agua; Que, atendiendo a la naturaleza del proyecto normativo, este requiere ser sometido a consulta para recibir opiniones y sugerencias de los interesados, conforme a lo establecido en el artículo 14° del Reglamento que establece disposiciones relativas a la Publicidad, Publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, en concordancia con el artículo 39° del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM, que establece que los proyectos de normas que regulen asuntos ambientales generales o que tengan efectos ambientales, serán puestos en conocimiento del público para recibir opiniones y sugerencias de los interesados; Que, en ese contexto, resulta necesario disponer la prepublicación del Proyecto de "Lineamientos Generales para determinar Caudales Ecológicos", a fin de recibir nuevos aportes y sugerencias que permitan el perfeccionamiento de la propuesta alcanzada por la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos; y, Estando a lo opinado por la Dirección de Conservación y Planeamiento de los Recursos Hídricos, con los vistos de la Oficina Asesoría Jurídica y de la Secretaria General,

Designan Directora Adjunta de AGRO RURAL
RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 368-2017-MINAGRI-DVDIAR-AGRORURAL-DE Lima, 28 de agosto de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 367-2017-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE, de fecha 28 de agosto de 2017, se dio por concluida la designación de la señora Ing. MIRNA NERIDA SAIRITUPA LOPEZ, en el cargo de confianza de Directora de la Dirección Adjunta del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRO RURAL, del Ministerio de Agricultura y Riego; Que, con la finalidad de permitir la continuidad funcional de los niveles jerárquicos de la entidad, que aseguren la optimización de la gestión, es necesario, designar al funcionario en el cargo de confianza descrito en el párrafo anterior; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; y, en uso de las atribuciones conferidas en el Manual de Operaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 0015-2015-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1.- DESIGNAR a la Lic. MARÍA DEL CARMEN MANUELA BASTOS RUIZ, en el cargo de confianza de Directora Adjunta del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRO RURAL, del Ministerio de Agricultura y Riego, a partir de la fecha de la presente Resolución. Artículo 2.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Electrónico del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRO RURAL (www.agrorural.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO JOO CHANG Director Ejecutivo Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - Agro Rural 1559515-2

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