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25 NORMAS LEGALES Martes 29 de agosto de 2017 El Peruano / acrediten el pago de los montos de los valores totales de las Tasaciones, a favor de los Sujetos Pasivos. El Registrador Público dentro de los siete (07) días hábiles de recibida la solicitud con los citados documentos, inscribirá la adquisición a nombre del Bene fi ciario, bajo responsabilidad, según lo previsto en el artículo 22 del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura. Asimismo, el registrador, bajo responsabilidad, debe levantar las cargas y gravámenes que existan sobre los bienes inmuebles, los acreedores pueden cobrar su acreencia con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación a los Sujetos Pasivos. Regístrese, comuníquese y publíquese.BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE Ministro de Transportes y Comunicaciones Anexo Valores Totales de las Tasaciones correspondientes a las áreas de dos (02) inmuebles afectados por la ejecución de la Obra: “Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Chongoyape - Cochabamba - Cajamarca, Tramo: Cochabamba - Chota”. Nº CÓDIGOVALOR COMERCIAL DEL INMUEBLE (VCI) (S/)INCENTIVO DEL 20% DEL VALOR COMERCIAL DEL INMUEBLE (S/)VALOR TOTAL DE LA TASACIÓN (S/) 01 CHO-T-214 2, 715.56 543.11 3, 258.67 02 CHO-T-289 8, 870.12 1, 774.02 10, 644.14 1559291-2 Modifican R.M. Nº 266-2010-MTC/02 mediante la cual se aprobó la nueva distribución de las carreteras de la Red Vial Nacional de competencia de las Unidades Zonales de Provías Nacional RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 861-2017 MTC/01.02 Lima, 28 de agosto de 2017VISTOS:El Memorándum Nº 292-2017-MTC/02 del Viceministro de Transportes, el Memorándum Nº 3184-2017-MTC/20 y la Nota de Elevación Nº 242-2017-MTC/20 de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVÍAS NACIONAL, y los Informes Nºs. 432 y 220-2017-MTC/20.7 de la Unidad Gerencial de Conservación de PROVÍAS NACIONAL; y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el artículo 4 de la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio es competente de manera exclusiva en materias de aeronáutica civil, infraestructura y servicios de transporte de alcance nacional e internacional, y en infraestructura y servicios de comunicaciones; Que, el literal c) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, establece que es función del Ministro, dirigir, coordinar y supervisar el funcionamiento de los órganos del Ministerio;Que, mediante Decreto Supremo Nº 033-2002- MTC, se crea el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional, en adelante PROVÍAS NACIONAL, encargado de las actividades de preparación, gestión, administración y ejecución de proyectos de infraestructura de transporte relacionada a la Red Vial Nacional, así como de la gestión y control de actividades y recursos económicos que se emplean para el mantenimiento y seguridad de las carreteras y puentes de la Red Vial Nacional; Que, por Resolución Ministerial Nº 266-2010-MTC/02, se aprueba la nueva distribución de las carreteras de la Red Vial Nacional - ámbito de competencia de las Unidades Zonales de PROVÍAS NACIONAL, conformada por diecisiete (17) Unidades Zonales detalladas en el Anexo Nº 01 de dicha Resolución Ministerial; el citado Anexo Nº 01 fue modi fi cado con Resolución Ministerial Nº 060-2016-MTC/01.02; Que, mediante los Informes Nº 220 y 432-2017- MTC/20.7 de la Unidad Gerencial de Conservación de PROVÍAS NACIONAL, sustentado en el Informe Nº 084-2017-MTC/20.7.7 del Jefe de Gestión Territorial de la citada Unidad Gerencial, se propone la modi fi cación del Anexo Nº 01 de la Resolución Ministerial Nº 266-2010-MTC/02, para la implemetación de la Unidad Zonal Ucayali de PROVÍAS NACIONAL, con la fi nalidad de mejorar la gestión de la Unidad Gerencial de Conservación y atender las necesidades viales en la Región Ucayali; asimismo, señala que para formalizar la nueva Unidad Zonal Ucayali es necesario desmembrar las carreteras de competencia de la Unidad Zonal Huánuco-Ucayali (VIII) y de la Unidad Zonal Junín-Pasco (IX), para asignar a la nueva Unidad Zonal Ucayali las carreteras para su gestión y conservación vial; con la incorporación de la Unidad Zonal Ucayali, PROVIAS NACIONAL queda conformada con diciocho (18) Unidades Zonales, por lo que es necesario modi fi car el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 266-2010-MTC/02 ; Que, en consecuencia es necesario modi fi car el artículo 2 y el Anexo Nº 01 de la Resolución Ministerial Nº 266-2010-MTC/02, a fi n de establecer las Unidades Zonales de PROVIAS NACIONAL y el ámbito de competencia de las Unidades Zonales Huánuco y Junín-Pasco, e incorpora a la Unidad Zonal Ucayali; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 266-2010-MTC/02, el cual queda redactado con el texto siguiente: “Artículo 2.- Aprobar la nueva distribución de las carreteras de la Red Vial Nacional - ámbito de competencia de las Unidades Zonales del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, conformada por Dieciocho (18) Unidades Zonales, según se detalla en el Anexo Nº 01, que forma parte integrante de la presente Resolución”. Artículo 2.- Modi fi car el Anexo Nº 01 - Ámbito de Competencia de las Unidades Zonales del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, de la Resolución Ministerial Nº 266-2010-MTC/02, respecto a las competencias de las Unidades Zonales Huánuco (VIII) y Junín-Pasco (IX) de acuerdo al siguiente detalle: Unidad Zonal Tramos Ruta HUÁNUCO (VIII)La Oroya - Huánuco - Emp 5N PE 3N Emp PE 18A (DV. HUANUCO) - CHAVINIL- LO - LA UNION - DV. ANTAMINAPE 3N Carpa Monzón - Tasogrande - Suchavaca - Emp. 18A (Tingo María)PE 14A