Norma Legal Oficial del día 29 de agosto del año 2017 (29/08/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Martes 29 de agosto de 2017

NORMAS LEGALES

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de Operaciones de la Amazonía y TRES (3) Oficiales Superiores o Subalternos, participen en los actos conmemorativos del 195º Aniversario de la Independencia de la República Federativa del Brasil, a realizarse en la ciudad de Manaos, República Federativa del Brasil, del 2 al 8 de setiembre de 2017; Que, con Oficio P.200-943 de fecha 4 de agosto de 2017, el Comandante General de Operaciones de la Amazonía ha remitido la documentación pertinente para la tramitación de la autorización de viaje en Comisión de Servicio del Vicealmirante Jorge Edgardo Jesús MILLONES Gonzales y del Teniente Primero Enrique Juan Alfonso GUERRERO FOWKS Venegas, para que participen en la mencionada actividad, del 5 al 8 de setiembre de 2017, lo que permitirá afianzar los lazos de unión y fraternidad, necesarios para poder enfrentar problemas comunes en la Amazonía, contribuyendo a las acciones dispuestas en los aspectos institucionales de soberanía e integridad territorial y en apoyo a la política exterior; Que, de acuerdo con el documento Nº 160-2017 del Jefe de la Oficina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina, ningún organismo internacional cubrirá los costos del viaje; por lo que los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales y viáticos, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2017 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en los incisos a) y b) del artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal comisionado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con UN (1) día de anticipación; así como, su retorno UN (1) día después del evento, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Vicealmirante Jorge Edgardo Jesús MILLONES Gonzales, CIP. 00801197, DNI. 43345651 y del Teniente Primero Enrique Juan Alfonso GUERRERO FOWKS Venegas, CIP. 00098267, DNI. 43307118, para que participen en los actos conmemorativos del 195º Aniversario de la Independencia de la República Federativa del Brasil, a realizarse en la ciudad de Manaos, República Federativa del Brasil, del 5 al 8 de setiembre de 2017; así como, autorizar su salida del país el 4 y su retorno el 9 de setiembre de 2017. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima - Manaos (República Federativa del Brasil) - Lima US$. 2,308.61 x 2 personas Viáticos: US$. 370.00 x 2 personas x 4 días TOTAL A PAGAR: US$. 2,960.00 --------------------US$. 7,577.22 US$. 4,617.22

Artículo 3.- El Comandante General de la Marina queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4.- El Oficial Almirante designado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo el Personal Naval comisionado deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo establecido en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa 1559289-3

Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra del Perú a Argentina, en misión de estudios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1186-2017 DE/MGP Lima, 25 de agosto de 2017 Vista, la Carta G.500-4000 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 16 de agosto de 2017; CONSIDERANDO: Que, mediante Carta Nº 816/16 de fecha 30 de diciembre de 2016, el Prefecto General, Prefecto Nacional Naval de la Prefectura Naval Argentina, hace de conocimiento al Director General de Capitanías y Guardacostas, que se han reservado vacantes de diversos cursos para la Autoridad Marítima Nacional, entre los que figura el Curso Auditor en Organizaciones Marítimas, a realizarse en la Prefectura Naval Argentina, ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, del 4 al 8 de setiembre de 2017; Que, con Oficio N.1000-3069 de fecha 10 de agosto de 2017, el Director General de Educación de la Marina propone al Capitán de Navío SGC. José Antonio CHÁVEZ Campodónico, para que participe en el mencionado curso, lo que permitirá capacitar al personal guardacostas en temas relacionados a la gestión del tráfico marítimo, seguridad marítima, medio ambiente, normativas internacionales y derecho marítimos, como el Plan de Auditorías de la Organización Marítima Internacional (OMI), fortaleciendo de esta manera las relaciones bilaterales entre ambas Autoridades Marítimas; Que, de acuerdo con el documento Nº 159-2017 del Jefe de la Oficina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina, ningún organismo internacional cubrirá los costos del viaje; por lo que los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales y viáticos, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2017 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en los incisos a) y b) del artículo 7 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal designado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con UN (1) día de anticipación; así como, su retorno UN (1) día después del curso, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público;

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