Norma Legal Oficial del día 08 de diciembre del año 2017 (08/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

Viernes 8 de diciembre de 2017 /

El Peruano

del Fondo de Garantía para el Campo y del Seguro Agropecuario (FOGASA), dicho Fondo será administrado, a través de fideicomisos, por la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. ­ COFIDE que actuará como fiduciaria, y el Ministerio de Agricultura (ahora Ministerio de Agricultura y Riego) actuará como fideicomitente; Que, el numeral 2.3 del artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 007-2017, que establece medidas extraordinarias para la reactivación productiva agraria y pesquera, precisa como una de dichas medidas extraordinarias para reducir el impacto en los productores agropecuarios afectados por desastres naturales que se encuentran en las zonas declaradas en Estado de Emergencia, canalizar recursos al FOGASA para el cofinanciamiento de seguros agrícolas comerciales en las zonas declaradas en emergencia; Que, al respecto, el numeral 3.3 del artículo 3 del Decreto de Urgencia mencionado en el considerando precedente establece lo siguiente: "3.3 Dispóngase el cofinanciamiento sin reembolso hasta el 50 % (CINCUENTA POR CIENTO) de la prima del Seguro Agrícola Comercial que contrate el FOGASA, para el respaldo de los créditos que se otorguen en el marco del artículo 5 de la presente norma, con cargo a recursos del "Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales", creado mediante el artículo 4 de la Ley Nº 30458, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, hasta por la suma de S/ 15 000 000,00 (QUINCE MILLONES Y 00/100 SOLES). Para tal efecto, los recursos del "Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales" se incorporan en el presupuesto institucional del Ministerio de Agricultura y Riego, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Agricultura y Riego, a propuesta de este último. Asimismo, autorízase al Ministerio de Agricultura y Riego a realizar transferencias financieras con cargo a los recursos mencionados en el párrafo precedente, y hasta dicho monto, a favor del FOGASA, para el cofinanciamiento de la prima del Seguro Agrícola Comercial que contrate el FOGASA"; Que, para tal efecto, a través del Acta de Sesión Nº 54 del Consejo Directivo del Fondo de Garantía para el Campo y del Seguro Agropecuario, de fecha 08 de agosto de 2017, se tomó el siguiente acuerdo: "4. Se aprueba la póliza de Seguro Agrícola Comercial y se solicita a la Secretaría Técnica realizar los trámites para la promulgación de la Resolución Ministerial"; Que, sustentado en el Informe Nº 018-2017-MINAGRIDVDIAR/DGA-DIFESA-RAGR, la Dirección General Agrícola ha remitido el documento del Visto, con el que eleva la propuesta de "Póliza del Seguro Agrícola con Garantía de Rendimiento para Cultivos Transitorios", conformada por los Anexos denominados: 1. Condiciones Generales; 2. Condiciones Particulares; 3. Certificado; y, 4. Resumen Informativo, aprobado a través del Acta mencionada en el considerando precedente, recomendando su aprobación; Que, en consecuencia, es necesario formalizar la aprobación de la Póliza en mención; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley Nº 30048 a Ministerio de Agricultura y Riego; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el documento denominado "Póliza del Seguro Agrícola con Garantía de Rendimiento para Cultivos Transitorios", conformado por los Anexos denominados: 1: Condiciones Generales; 2: Condiciones Particulares; 3: Certificado; y, 4: Resumen Informativo, que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Notificar la presente Resolución a la Dirección General Agrícola del Ministerio de Agricultura y Riego, a la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. ­ COFIDE; y, al Consejo Directivo del Fondo de Garantía

para el Campo y del Seguro Agropecuario - FOGASA, para los fines de ley. Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano; y, conjuntamente con el documento que aprueba, en la misma fecha, en el Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www.minagri.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE MANUEL HERNANDEZ CALDERON Ministro de Agricultura y Riego 1594700-2

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Autorizan viaje de representante de PROMPERÚ a Rusia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 488-2017-MINCETUR Lima, 6 de diciembre de 2017 Visto el Oficio N° 588-2017-PROMPERÚ/SG, de la Secretaría General de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ. CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, como parte de las acciones programadas por la Dirección de Comunicaciones e Imagen País de PROMPERÚ, como consecuencia de la clasificación del Perú para el Mundial de Futbol en Rusia a realizarse en los meses de junio y julio de 2018, se implementará una plataforma de promoción denominada "Casa Perú", en el marco de la campaña internacional de turismo "Perú, país más rico del mundo", con el objetivo de mostrar lo mejor de nuestro país, para tal efecto se contará con una tienda de exhibición y venta de productos peruanos (textiles, joyas, libros, entre otros), un área para la exposición de nuestra gastronomía (productos Superfoods, pisco, café, etc.) y una exposición cultural de música, danza y otras manifestaciones culturales que permitirán al público asistente interactuar con la cultura peruana, a través de talleres y activaciones; Que, en ese contexto, para poder gestionar una mejor ubicación para la Casa Perú, que permita el mayor aprovechamiento para la promoción del Perú, la Dirección de Comunicaciones e Imagen País, ha programado realizar una Prospección a Rusia, a realizarse en la ciudad de Moscú, Federación de Rusia, del 10 al 16 de diciembre de 2017, con el objetivo de evaluar la mejor opción de ubicación de la Casa Perú e inicio de las negociaciones con proveedores oficiales de la FIFA, organizaciones estatales, relacionadas con permisos y autorizaciones, entre otros; Que, en tal razón, la Secretaría General de PROMPERÚ ha solicitado que se autorice la comisión de servicios al exterior de la señora María del Pilar Rodriguez Riva, Subdirectora de Producción, de la Dirección de Comunicaciones e Imagen País, para que en representación de PROMPERÚ realice la prospección antes señalada; Que, la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, establece que los viajes al exterior de servidores, funcionarios o representantes del Estado con cargo a recursos públicos, deben realizarse

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