Norma Legal Oficial del día 13 de diciembre del año 2017 (13/12/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 12

12

NORMAS LEGALES

Miércoles 13 de diciembre de 2017 /

El Peruano

EDUCACION
Designan unidades formuladoras y sus responsables en cuatro Universidades Públicas del Sector Educación
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 697-2017-MINEDU Lima, 12 de diciembre de 2017 Visto, el Expediente N° UPI.2017-INT-0214209 que contiene el Informe N° 0512-2017-MINEDU/SPE-OPEPUPI de la Unidad de Programación e Inversiones de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica; y el Informe N° 1177-2017-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1252, en adelante la Ley, se crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones como sistema administrativo del Estado, con la finalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país y se deroga la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública; quedando aprobado su Reglamento con Decreto Supremo N° 027-2017-EF, el cual fue modificado por Decreto Supremo N° 104-2017EF y Decreto Supremo N° 248-2017-EF, en adelante el Reglamento; Que, el numeral 5.1 del artículo 5 de la Ley, establece que son órganos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones: la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, los Órganos Resolutivos (OR), las Oficinas de Programación Multianual de Inversiones (OPMI), las Unidades Formuladoras (UF) y las Unidades Ejecutoras de Inversiones (UEI) del Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local; Que, según el numeral 4.1 del artículo 4 del Reglamento, para los fines del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, las entidades y empresas públicas del Gobierno Nacional se agrupan en Sectores; en dicho contexto, la Directiva N° 001-2017EF/63.01 "Directiva para la programación multianual en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones", aprobada mediante Resolución Directoral N° 001-2017-EF/63.01 y modificada por Resolución Directoral N° 004-2017-EF/63.01, en adelante la Directiva, en su Anexo 04: "Clasificador Institucional del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones" agrupa a las Entidades y Empresas por Sectores y niveles de gobierno, estableciéndose dentro de las entidades que conforman el Sector Educación, a las Universidades Públicas; Que, el literal d) del artículo 6 del Reglamento, en concordancia con el literal d) del numeral 4.2 del artículo 4 de la Directiva, establecen como función del órgano resolutivo, designar al(a los) Responsable(s) de la(s) Unidad(es) Formuladora(s) de su Sector, quien debe cumplir con el perfil profesional establecido en el Anexo N° 02 de dicha Directiva: Perfil Profesional del Responsable de la Unidad Formuladora; Que, el literal h) del numeral 7.1 del artículo 67 del Reglamento, establece que es función de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones registrar a los órganos del Sector que realizarán funciones de UF y UEI, así como a sus Responsables en el aplicativo que disponga la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones; Que, a través del Informe N° 0512-2017-MINEDU/ SPE-OPEP-UPI, el responsable de la OPMI del Sector Educación designado mediante Resolución Ministerial N° 291-2017-MINEDU, señala que los profesionales propuestos por cuatro (4) Universidades Públicas como

responsables de UF, cumplen con el perfil profesional requerido por el Anexo N° 02 de la Directiva N° 0012017-EF/63.01; asimismo, señala que las unidades orgánicas propuestas como UF forman parte de la estructura organizativa de dichas universidades, siendo funcionalmente competentes para asumir dichas labores; en consecuencia, otorga su conformidad y recomienda que los referidos órganos y profesionales propuestos sean designados por el Órgano Resolutivo del Sector, para lo cual adjunta el Formato N° 02 de cada una de las UF para su registro en el Banco de Inversiones; Con el visado del Viceministro de Gestión Institucional, del Viceministro de Gestión Pedagógica, de la Secretaria General, de la Jefa de la Unidad de Programación e Inversiones, y de la Jefa de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y deroga la Ley N° 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 027-2017-EF, modificado por Decreto Supremo N° 104-2017-EF y Decreto Supremo N° 248-2017-EF; la Directiva N° 001-2017-EF/63.01, Directiva para la Programación Multianual en el Marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobada por Resolución Directoral N° 001-2017-EF/63.01 y modificada por Resolución Directoral N° 004-2017-EF/63.01; y, el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación. SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a las unidades formuladoras y a sus responsables, de las cuatro (4) Universidades Públicas del Sector Educación, descritas en el Anexo que forma parte de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer que la Oficina de Programación Multianual de Inversiones del Sector Educación registre en el aplicativo informático del Banco de Inversiones, a las unidades formuladoras designadas mediante la presente resolución y a sus responsables. Así como, remitir copia de la presente resolución al Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución y su Anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación ­ SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu. gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese IDEL VEXLER T. Ministro de Educación 1596531-1

ENERGIA Y MINAS
Decreto Supremo que modifica disposiciones aplicables a la programación y coordinación de la operación del Sistema Eléctrico Interconectado Nacional
DECRETO SUPREMO Nº 040-2017-EM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el numeral 12.1 de la Ley 28832, Ley para asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generación Eléctrica es función exclusiva del Comité de Operación Económica del Sistema (COES), coordinar la

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.