Norma Legal Oficial del día 15 de diciembre del año 2017 (15/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano / Viernes 15 de diciembre de 2017

NORMAS LEGALES

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psicosociales del Centro Nacional de Salud Ocupacional y Protección del Ambiente para Salud (CENSOPAS) a participar el día 7 de noviembre del presente año, en el Segundo Encuentro Taller de la "Red Latinoamericana de Cooperación en Políticas Públicas para la Gestión de los Riesgos Psicosociales y Control del Estrés" y en el Seminario Internacional sobre la prevención de los riesgos psicosociales; y los días 8, 9 y 10 de noviembre del año en el VI Encuentro Internacional del Copenhagen Psychosocial Questionnaire (COPSOQ); asimismo, precisa que los gastos de pasajes serán cubiertos por el Gobierno de Chile; Que, los eventos antes citados tuvieron como objetivos continuar el trabajo conjunto de países que participan en la Red Latinoamericana de Prevención de Riesgos Psicosociales en el Trabajo, intercambiar experiencias en investigación y evaluación de los riesgos psicosociales laborales en el COPSOQ, intercambio de buenas prácticas y postulación a proyectos comunes, así como sensibilizar sobre el método de medición participativa como parte del manejo del riesgo psicosocial en el lugar de trabajo, optimizar las capacidades de las agencias públicas que detecten y prevengan riesgos psicosociales en España, Chile, Perú y Argentina, y la valoración de los resultados de la aplicación de los indicadores de vigilancia de la salud laboral en Latino América y el Caribe; Que, con el documento de Visto, el Jefe Institucional del Instituto Nacional de Salud solicitó se autorice el viaje de la licenciada en psicología Martha Rocío Lucero Pérez, profesional del citado Instituto, para participar en los eventos antes mencionados en representación del Ministerio de Salud; Que, con Informe N° 211-2017-OGA/INS, la Oficina General de Administración del Instituto Nacional de Salud informa que el viaje de la profesional señalada en el considerando precedente, cuenta con disponibilidad presupuestal otorgada con certificación de crédito presupuestario N° 0000002641 en la fuente de financiamiento de Recursos Directamente Recaudados, para gastos de viáticos, incluido gastos de instalación; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, establece que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica; asimismo establece que la autorización para viajes al exterior de las personas se aprueba conforme a lo establecido en la Ley 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, el cuarto párrafo del artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y modificatorias, establece que la autorización de viajes al exterior de las personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, conforme a la Ley Nº 27619 y su Reglamento; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, establece que la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, solo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción; Que, en mérito a las consideraciones expuestas, y atendiendo a que la participación de la citada profesional en el evento antes indicado, resultó de interés institucional, es pertinente autorizar con eficacia anticipada el viaje de la misma; Con el visado del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Secretario General y del Viceministro de Salud Pública; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los

servidores y funcionarios públicos y su modificatoria; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 0472002-PCM; el Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM; y, el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar, con eficacia anticipada, en comisión de servicios el viaje de la licenciada en psicología Martha Rocío Lucero Pérez, profesional del Instituto Nacional de Salud, a la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile, del 6 al 10 de noviembre de 2017, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos de viáticos que irrogó el viaje de la citada profesional en cumplimiento de la presente Resolución Ministerial fueron cubiertos por el Instituto Nacional de Salud con cargo a la fuente de financiamiento de Recursos Directamente Recaudados, conforme al siguiente detalle: - Viáticos por 5 días para 1 persona - US$ 370.00 por día (incluido gastos de instalación) : US$ 1,850.00 Artículo 3.- Disponer que la profesional cuyo viaje es autorizado mediante la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario posteriores a la emisión de la misma, remita a la Alta Dirección, con copia a la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos, en el evento al que acudió, así como la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorgó derecho a exoneración o liberalización de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ANTONIO D'ALESSIO IPINZA Ministro de Salud 1597544-1

Aprueban Documento Técnico: "Plan de Contingencia del Ministerio de Salud, frente a los efectos de las lluvias 2017 - 2018"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1114-2017/MINSA Lima, 14 de diciembre del 2017 Visto el Expediente Nº 17-106172-001, que contiene el Informe Técnico N° 17-2017-VES/UFGRD-DIGERD/ MINSA de la Dirección General de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Nacional en Salud; CONSIDERANDO: Que, el numeral VI del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, señala que es de interés público la provisión de servicios de salud, cualquiera sea la persona o institución que los provea. Es responsabilidad del Estado promover las condiciones que garanticen una adecuada cobertura de prestaciones de salud a la población, en términos socialmente aceptables de seguridad, oportunidad y calidad; Que, el artículo 123 de la precitada ley, modificada por la Única Disposición Complementaria Modificatoria del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, establece que el Ministerio de Salud es la Autoridad de Salud de nivel nacional. Como organismo del Poder Ejecutivo tiene a su cargo la formulación, dirección y gestión de la política de salud y actúa como la máxima autoridad normativa en materia de salud;

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