Norma Legal Oficial del día 21 de diciembre del año 2017 (21/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano / Jueves 21 de diciembre de 2017

NORMAS LEGALES
ANEXO

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Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que se hace referencia en el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Del refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social y por la Ministra de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de diciembre del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FIORELLA GIANNINA MOLINELLI ARISTONDO Ministra de Desarrollo e Inclusión Social CLAUDIA MARÍA COOPER FORT Ministra de Economía y Finanzas 1599663-9

CRONOGRAMA DE CONCILIACIÓN DE DESEMBOLSOS AL 31-12-2017
DIA HORA 10:00 22-01-2018 11:00 12:00 15:00 10:00 23-01-2018 11:00 12:00 10:00 24-01-2018 11:00 12:00 10:00 25-01-2018 11:00 12:00 ENTIDAD MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS MINISTERIO DEL AMBIENTE MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES MINISTERIO DE EDUCACIÓN SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA (SUNAT) MINISTERIO DE AGRICULTURA Y RIEGO MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA MINISTERIO DE DEFENSA GOBIERNOS LOCALES GOBIERNOS REGIONALES

Aprueban el Cronograma de Conciliación de Desembolsos al 31 de Diciembre del 2017
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 032-2017-EF/52.03 Lima, 15 de diciembre de 2017 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 33 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 130-2017-EF, las entidades o Unidades Ejecutoras están obligadas bajo responsabilidad, a conciliar con la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público (DGETP) al 30 de junio y al 31 de diciembre de cada año fiscal, el monto total de los desembolsos provenientes de las operaciones de endeudamiento del Gobierno Nacional cuya ejecución está a su cargo. Que, asimismo, mediante el literal a) del artículo 17° de la Directiva de Desembolsos de las Operaciones de Endeudamiento y Administración de Deuda, aprobada por Resolución Directoral N° 21-2006-EF/75.01; se establece que la DGETP emite una Resolución Directoral para convocar a las Unidades Ejecutoras a realizar dicha conciliación de acuerdo a un cronograma establecido, por lo que resulta necesario aprobar el cronograma para la conciliación de los citados desembolsos al 31 de diciembre del 2017; De conformidad con el literal g) del artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 130-2017-EF, el numeral 2 del artículo 47 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y el literal i) del artículo 96 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado por Decreto Supremo N° 117-2014-EF, y estando lo propuesto por la Dirección de Normatividad. SE RESUELVE: Artículo Único.- Apruébese el Cronograma de Conciliación de Desembolsos al 31 de Diciembre del 2017, que en Anexo forma parte de la presente Resolución Directoral, el mismo que comprende a las entidades o Unidades Ejecutoras que ejecutan recursos de operaciones de endeudamiento del Gobierno Nacional. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ OLIVARES CANCHARI Director General (e) Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público

15:00 26-01-2018 29-01-2018 10:00 10:00

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Postergan la aplicación de la Norma Internacional de Información Financiera NIIF 15 Ingresos de Actividades Ordinarias Procedentes de Contratos con Clientes al 01 de enero de 2019, permitiéndose su aplicación anticipada
CONSEJO NORMATIVO DE CONTABILIDAD RESOLUCIÓN Nº 005-2017-EF/30 Lima, 13 de diciembre de 2017 VISTO: Los oficios N°s. 219-2017-EF/61.01 y 229-2017EF/61.01 del Director General de Política de Ingresos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas. CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 10 de la Ley Nº 28708 ­ Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad, el Consejo Normativo de Contabilidad tiene entre otras funciones, la de emitir resoluciones dictando y aprobando las normas de contabilidad para las entidades del sector privado; Que, conforme al numeral 16.3 del artículo 16 de la precitada Ley, las entidades del sector privado efectuarán el registro contable de sus transacciones con sujeción a las normas y procedimientos dictados y aprobados por el Consejo Normativo de Contabilidad; Que, con Resolución N° 003-2017-EF/30 el Consejo Normativo de Contabilidad oficializó la versión 2017 de las Normas Internacionales de Información Financiera emitidas por la Fundación de Normas Internacionales de Información Financiera ­ (IFRS por sus siglas en inglés), precisando que la vigencia de dichas normas es la contenida en cada una de ellas; Que, el mencionado set contiene la Norma Internacional de Información Financiera NIIF 15 ­ Ingresos de Actividades Ordinarias Procedentes de Contratos con Clientes cuya vigencia aplicará para los

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