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54 NORMAS LEGALES Jueves 21 de diciembre de 2017 / El Peruano Nº 012-2017 establece que los recursos provenientes del descuento por la inasistencia de los trabajadores al centro de labores a que se re fi ere el artículo 3 del citado Decreto de Urgencia, se destinan al fi nanciamiento del Plan de Recuperación de Horas Efectivas a cargo de los profesores contratados para tales fi nes, así como de los profesores nombrados y contratados que participaron de la huelga y que efectúen la recuperación efectiva de las horas de clases dejadas de laborar; asimismo, dispone que para efectos del fi nanciamiento del Plan de Recuperación de Horas Efectivas mediante Decreto Supremo, refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas y el Ministro de Educación, a propuesta de este último, se incorpora en el presupuesto institucional de los pliegos respectivos, los descuentos antes señalados; disponiéndose que para la continuidad del fi nanciamiento del Plan de Recuperación de Horas Efectivas en el año fi scal 2018, los recursos provenientes de los descuentos que no fueron incorporados en el año fi scal 2017, pueden ser incorporados en el presupuesto institucional de los pliegos respectivos, en el ejercicio 2018, mediante Decreto Supremo refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas y el Ministro de Educación, a propuesta de este último; Que, mediante Informe Nº 755-2017-MINEDU/VMGP- DIGEDD-DITEN, la Dirección Técnico Normativa de Docentes de la Dirección General de Desarrollo Docente del Ministerio de Educación, sustenta y determina el monto total de los recursos provenientes de los descuentos por inasistencia de los trabajadores al centro de labores, a ser incorporados en los presupuestos institucionales del Ministerio de Educación y de diversos Gobiernos Regionales para fi nanciar el Plan de Recuperación de Horas Efectivas a cargo de los profesores contratados para tales fi nes, así como de los profesores nombrados y contratados que participaron de la huelga y que efectúen la recuperación efectiva de las horas de clases dejadas de laborar, en el marco de lo dispuesto por el Decreto de Urgencia N° 012-2017; Que, la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la Ofi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica del Ministerio de Educación, mediante Informe N° 745-2017-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, señala que es factible la emisión del Decreto Supremo que incorpora en el presupuesto institucional del Ministerio de Educación y diversos Gobiernos Regionales, los recursos provenientes de los descuentos por inasistencia de los trabajadores para el fi nanciamiento del Plan de Recuperación de Horas Efectivas a cargo de los profesores nombrados y contratados que participaron de la huelga y que efectúen la recuperación efectiva de los días y horas de clase dejados de laborar; en virtud de lo cual mediante O fi cios N° 03053 y 3445-2017-MINEDU/ SG, el Ministerio de Educación solicita dar trámite a la referida transferencia de recursos; Que, de acuerdo a la información proporcionada por el Ministerio de Educación, la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas, ha determinado que el monto a ser incorporado al Ministerio de Educación y a los pliegos Gobiernos Regionales asciende a la suma total de TREINTA Y CUATRO MILLONES CIENTO TRECE MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS Y 00/100 SOLES (S/ 34 113 432,00), destinado a fi nanciar el Plan de Recuperación de Horas Efectivas a cargo de los profesores contratados para tales fi nes, así como de los profesores nombrados y contratados que participaron de la huelga y que efectúen la recuperación efectiva de las horas de clases dejadas de laborar al que se re fi ere el Decreto de Urgencia N° 012-2017; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar la incorporación de recursos vía crédito suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma de TREINTA Y CUATRO MILLONES CIENTO TRECE MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS Y 00/100 SOLES (S/ 34 113 432,00), a favor del Ministerio de Educación y diversos Gobiernos Regionales, para fi nanciar el Plan de Recuperación de Horas Efectivas a cargo de los profesores contratados para tales fi nes, así como de los profesores nombrados y contratados que participaron de la huelga y que efectúen la recuperación efectiva de las horas de clases dejadas de laborar al que se re fi ere el Decreto de Urgencia N° 012-2017; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto de Urgencia Nº 012-2017; DECRETA: Artículo 1.- Objeto 1.1 Autorizase la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma de TREINTA Y CUATRO MILLONES CIENTO TRECE MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS Y 00/100 SOLES (S/ 34 113 432,00), a favor del Ministerio de Educación y diversos Gobiernos Regionales, con cargo a los recursos provenientes del descuento por la inasistencia de los trabajadores al centro de labores a que se re fi ere el artículo 3 del Decreto de Urgencia N° 012-2017, para fi nanciar el Plan de Recuperación de Horas Efectivas a cargo de los profesores contratados para tales fi nes, así como de los profesores nombrados y contratados que participaron de la huelga y que efectúen la recuperación efectiva de las horas de clases dejadas de laborar, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle: INGRESOS En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios 6 851 028,00 SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios 27 262 404,00 -------------------- TOTAL INGRESOS 34 113 432,00 ============ A LA: En SolesSECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO : Ministerio de EducaciónPROGRAMA PRESUPUESTAL 0090 : Logros de Aprendizaje de Estudiantes de la Educación Básica RegularPRODUCTO 3000385 : Instituciones Educativas con Condiciones para el Cumplimiento de Horas Lectivas NormadasACTIVIDAD 5005628 : Contratación Oportuna y Pago del Personal Docente y Promotoras de las Instituciones Educativas de Educación Básica RegularFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 6 735 423,00 PROGRAMA PRESUPUESTAL 0106 : Inclusión de niños, niñas y jóvenes con discapacidad en la Educación Básica y Técnico ProductivaPRODUCTO 3000790 : Personal Contratado OportunamenteACTIVIDAD 5005877 : Contratación oportuna y pago de personal en Instituciones Educativas Inclusivas, Centros de Educación Básica Especial y Centros de RecursosFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 34 000,00 ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000661 : Desarrollo de la Educación Laboral y Técnica