Norma Legal Oficial del día 21 de diciembre del año 2017 (21/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 86

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NORMAS LEGALES

Jueves 21 de diciembre de 2017 /

El Peruano

Personal Provisional (CAP-P) del CONADIS, documento de gestión institucional que contiene los cargos definidos y aprobados sobre la base de su estructura orgánica; Que, encontrándose vacante la plaza de Asesor/a de la Secretaría General (Asesor/a II CAP N° 010) del CONADIS, corresponde emitir el presente acto resolutivo para designar a la persona que ocupe dicha plaza; Con la visación de la Secretaría General y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 002-2014MIMP; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; el Decreto Legislativo Nº 1057, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0752008-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 065-2011PCM; la Ley N° 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo N° 1057 y otorga derechos laborales; el Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad ­ CONADIS, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2016-MIMP; y, la Resolución Suprema N° 006-2017-MIMP; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a la señora Zoila Elizabeth ALPISTE ARRIOLA como Asesora de la Secretaría General (Asesora II CAP N° 010) del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad ­ CONADIS. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución de Presidencia en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal Institucional de la Entidad (www. conadisperu.gob.pe) Regístrese, comuníquese y publíquese. DARÍO PORTILLO ROMERO Presidente Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad 1599325-1

PRODUCE
Dejan sin efecto diversas Normas Técnicas Peruanas referentes a bebidas alcohólicas, conservas y semiconservas, material rodante, petróleo y derivados y otros
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 049-2017-INACAL/DN Lima, 18 de diciembre de 2017 VISTO: El acta de fecha 29 de noviembre de 2017 del Comité Permanente de Normalización; CONSIDERANDO: Que, el artículo 10 de la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad - INACAL, establece que las competencias del INACAL, entre ellas, la Normalización se sujeta a lo establecido en el Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del Comercio (OMC), el cual contempla en el Anexo 3, el Código de Buena Conducta para la Elaboración, Adopción y Aplicación de Normas, el que establece en el literal J que las instituciones con actividades de normalización elaboran programas de trabajo, entre otros documentos; Que, el artículo 19 de la Ley N° 30224, en concordancia con el artículo 35 del Decreto Supremo N° 004-2015-PRODUCE, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Calidad - INACAL, modificado por Decreto Supremo N° 008-2015-PRODUCE,

establece que la Dirección de Normalización es la autoridad nacional competente para administrar la política y gestión de la Normalización, encontrándose encargada de conducir el desarrollo de normas técnicas para productos, procesos o servicios, y goza de autonomía técnica y funcional; Que, el numeral 18.3 del artículo 18 de la Ley N° 30224, establece que las Normas Técnicas Peruanas promueven la calidad de los bienes y servicios que se ofertan en el mercado, por lo que deben ser revisadas cada cinco (5) años, en concordancia con el literal d) del artículo 36 del Decreto Supremo N° 004-2015-PRODUCE; Que, la Dirección de Normalización, en ejercicio de sus funciones de revisar y actualizar periódicamente las Normas Técnicas Peruanas; así como, elaborar y actualizar periódicamente los programas de normalización considerando la demanda del sector público y privado, establecidas en los literales d) y l) del artículo 36 del Decreto Supremo N° 004-2015-PRODUCE, elaboró y aprobó el Programa de Actualización de Normas Técnicas Peruanas correspondientes al año 2017, a través del Informe N° 001-2017-INACAL/DN - Programa de Actualización, de fecha 10 de marzo de 2017, el mismo que se encuentra publicado en el portal institucional del INACAL; Que, en el marco del citado programa, mediante el Informe N°028-2017-INACAL/DN.PA, señala que luego de realizada la consulta pública, revisión y evaluación respectiva, de 61 Normas Técnicas Peruanas correspondiente a las materias de: a) Cerveza, b) Aplicación de métodos estadísticos, c) Gestión y aseguramiento de la calidad, d) Explosivos y accesorios de voladura, e) Pilas y baterías, f) Ingeniería ferroviaria, g) Industria de la pintura y el color, h) Tubos, válvulas, conexiones y accesorios de material plástico, i) Petróleo y derivados. Combustibles líquidos, j) Textiles y confecciones, k) Aceros y aleaciones relacionadas, l) Uso racional de energía y eficiencia energética, m) Cuero, calzado y derivados, y n) Industrias manufactureras; corresponde dejar sin efecto las correspondientes versiones; Que, con base en el informe de la Dirección de Normalización descrito precedentemente, el Comité Permanente de Normalización designado con la Resolución de Presidencia Ejecutiva N°017-2016INACAL/PE, en sesión de fecha 29 de noviembre del presente año, acordó por unanimidad dejar sin efecto 61 Normas Técnicas Peruanas; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad; el Decreto Supremo Nº 004-2015-PRODUCE, Reglamento de Organización y Funciones del INACAL, modificado por Decreto Supremo N° 008-2015-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dejar sin efecto las siguientes Normas Técnicas Peruanas:
NTP 213.010:1967 (revisada el 2012) BEBIDAS ALCOHÓLICAS ­ CERVEZAS. Método para determinar la acidez volátil en cervezas. 1a Edición BEBIDAS ALCOHÓLICAS. Cervezas. Método de arbitraje para determinar el contenido total de fósforo en cervezas. 1a Edición PRODUCTOS ELABORADOS A PARTIR DE FRUTAS Y VEGETALES. Toma de muestras. 1a Edición CONSERVAS Y SEMICONSERVAS. Inspección por atributos. 1a Edición SALSAS CONDIMENTADORAS. Extracción de muestras. 1a Edición EXPLOSIVOS Y ACCESORIOS DE VOLADURA. Cordón detonante. Métodos de ensayo. 1a Edición

NTP 213.012:1967 (revisada el 2012)

NTP 203.101:1982 (revisada el 2012)

NTP 203.103:1982 (revisada el 2012)

NTP 209.233:1985 (revisada el 2012)

NTP 311.254:1982

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