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88 NORMAS LEGALES Jueves 21 de diciembre de 2017 / El Peruano NTP 203.028:1974 (revisada el 2012) KETCHUP, CATSUP O CATCHUP. 1ª Edición NTP 209.235:1985 (revisada el 2012) SALSA INGLESA. Requisitos. 1ª EdiciónNTP 209.238:1986 (revisada el 2012) SALSA DE AJÍ. Requisitos. 1ª EdiciónNTP 203.066:1979 (revisada el 2012) CONSERVAS DEL AGRO. Salsa de tomate. 1 a Edición NTP 203.026:1981 (revisada el 2012) PURÉ DE TOMATE. 1ª EdiciónNTP 370.013:1978 (revisada el 2012) BUJÍAS M 14 x 1,25 CON ASIENTO PLANO PARA MOTORES DE COMBUSTIÓN INTERNA. Requisitos dimensionales. 1ª Edición NTP 370.014:1978 (revisada el 2012) BUJÍAS M14 x 1,25 CON ASIENTO CÓNICO PARA MOTORES DE COMBUSTIÓN INTERNA. Requisitos dimensionales. 1ª Edición NTP 370.015:1978 (revisada el 2012) BUJÍAS M 12 x 1,25 CON ASIENTO PLANO PARA MOTORES DE COMBUSTIÓN INTERNA. Requisitos dimensionales. 1ª Edición NTP 370.016:1978 (revisada el 2012) BUJÍAS M 18 x 1,5 CON ASIENTO CÓNICO PARA MOTORES DE COMBUSTIÓN INTERNA. Requisitos dimensionales. 1ª Edición NTP 370.017:1978 (revisada el 2012) BUJÍAS M 10 x 1 CON ASIENTO PLANO PARA MOTORES DE COMBUSTIÓN INTERNA. Requisitos dimensionales. 1ª Edición NTP 370.018:1978 (revisada el 2012) BUJÍAS COMPACTAS M 14 x 1,25 CON ASIENTO PLANO PARA MOTORES DE COMBUSTIÓN INTERNA. Requisitos dimensionales. 1ª Edición NTP 370.019:1982 (revisada el 2012) BUJÍAS M 18 x 1,5 CON ASIENTO PLANO PARA MOTORES DE COMBUSTIÓN INTERNA. Requisitos dimensionales. 1ª Edición Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSARIO URÍA TORO DirectoraDirección de Normalización 1599586-1 RELACIONES EXTERIORES Modifican Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2017 de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 en lo referente al pago de cuota anual a favor de la UNIAPRAVI DECRETO SUPREMO Nº 057-2017-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, en el Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2017 de la Ley Nº 30518 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el año fi scal 2017; Que, de conformidad con lo establecido en el inciso 1.3 del artículo 1 de la Ley N° 30518, las cuotas internacionales contenidas en el Anexo “B: Cuotas Internacionales–Año Fiscal 2017” podrán ser modi fi cadas, previa evaluación y priorización por el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de decreto supremo refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores; Que, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, se encuentra en la lista de pliegos presupuestales contenida en el Anexo B, en el cual se ha consignado a su cargo el pago de la cuota anual a favor de la Unión Interamericana para la Vivienda–UNIAPRAVI, con un monto de S/ 1 600.00, correspondiente al año 2017; no obstante, por tal concepto correspondería cancelar el monto de S/ 7 491.00, para cuyo efecto es necesario modi fi car dicho Anexo a fi n de efectuar el pago correspondiente; Que, en tal sentido, luego de realizada la evaluación y priorización correspondiente, se estima pertinente modi fi car el Anexo B: Cuotas Internacionales–Año Fiscal 2017 de la Ley Nº 30518 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, con cargo a la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios del Pliego Presupuestario 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; a efectos de atender el pago de la cuota anual a favor de la Unión Interamericana para la Vivienda–UNIAPRAVI; En uso de las facultades conferidas en el inciso 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú y en el inciso 1.3 del artículo 1 de la Ley Nº 30518–Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; DECRETA:Artículo 1.- Modi fi cación Modifíquese el Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2017 de la Ley N° 30518–Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, Pliego Presupuestario 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, respecto al siguiente organismo internacional: PLIEGO PRESUPUESTARIOMONTO (soles)PERSONA JURÍDICA 037: MINISTERIO DE VIVIENDA, CONTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO S/. 7 491.00UNIÓN INTERAMERICANA PARA LA VIVIENDA – UNIAPRAVI Artículo 2.- Refrendo El presente decreto supremo será refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de diciembre del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República RICARDO LUNA MENDOZA Ministro de Relaciones Exteriores 1599656-9 Autorizan a la Presidencia del Consejo de Ministros a efectuar pago de cuota a favor de la Alianza para el Gobierno Abierto RESOLUCIÓN SUPREMA N° 315-2017-RE Lima, 20 de diciembre de 2017 VISTO: El O fi cio N° 4302-2017-PCM/SG, de 06 de diciembre de 2017, de la Presidencia del Consejo de Ministros – PCM, mediante el cual se solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la emisión de la resolución suprema que autorice el pago de la cuota correspondiente al año 2017, a favor de la Alianza para el Gobierno Abierto / Open Government Partnership – OGP; y,