Norma Legal Oficial del día 22 de diciembre del año 2017 (22/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 93

El Peruano / Viernes 22 de diciembre de 2017

NORMAS LEGALES

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Oficializan Acuerdo mediante el cual se aprobó el reconocimiento de la acreditación otorgada por la Agencia Acreditadora ICACIT, al programa de estudios de Ingeniería Industrial de la Universidad San Martín de Porres, campus Lima
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 444-2017-SINEACE/CDAH-P Lima, 18 de diciembre de 2017 VISTO: El Informe N° 000132-2017-SINEACE/TP-DEA-ESU, emitido por la Dirección de Evaluación y Acreditación de Educación Superior Universitaria del Sineace; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 5° de la Ley N° 28740, Ley del Sineace, establece como finalidad del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa, garantizar a la sociedad que las instituciones educativas públicas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de calificación profesional y desarrollo laboral; Que, asimismo el artículo 11º de la Ley antes mencionada, precisa que la acreditación es el reconocimiento público y temporal de la institución educativa, área, programa o carrera profesional que voluntariamente ha participado en un proceso de evaluación de su gestión pedagógica, institucional y administrativa; Que, mediante la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, se declara en reorganización el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa ­ Sineace, habiéndose constituido mediante Resolución Ministerial N° 396-2014-MINEDU, del 28 de agosto 2014, el Consejo Directivo Ad Hoc, con el objetivo de ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema y los procesos en desarrollo; Que, mediante Informe de visto, el Informe N°0001612017-SINEACE/DEA-ESU-PPA y demás actuaciones obrantes, el Director de Evaluación y Acreditación Educación Superior Universitaria, considerando que el programa de estudios de Ingeniería Industrial, de la Universidad San Martín de Porres, campus Lima, cumple con los requisitos establecidos en la Directiva N°001-2015SINEACE-PCDAH, "Directiva que regula el procedimiento para el reconocimiento de las acreditaciones realizadas a instituciones educativas, carreras, programas u opciones ocupacionales por agencias o redes acreditadoras del extranjero y nacionales vinculadas a agencias o redes acreditadoras internacionales" y ha sido acreditada por ICACIT, Agencia Acreditadora autorizada por el Sineace mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc Nº 099-2016-SINEACE/CDAH-P, recomienda el reconocimiento de la acreditación otorgada al mencionado programa de estudios, con vigencia hasta la siguiente fecha de revisión que será en el ciclo de acreditación 2021; Que, en atención al informe antes indicado y en ejercicio de las facultades otorgadas, el Consejo Directivo Ad Hoc, en sesión de fecha 11 de diciembre 2017, arribó al Acuerdo N°342-2017-CDAH, mediante el cual se otorgó el reconocimiento a la acreditación realizada por ICACIT, al programa de estudios de Ingeniería Industrial, de la Universidad San Martín de Porres, campus Lima, con vigencia hasta la siguiente fecha de revisión que será en el ciclo de acreditación 2021; De conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa ­ Sineace; su Reglamento,

aprobado con Decreto Supremo Nº 018-2007-ED; Ley N° 30220, Ley Universitaria; Resolución Ministerial N° 396-2014-MINEDU y modificatorias; y la Resolución Ministerial N° 331-2017-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Oficializar el Acuerdo Nº 342-2017CDAH, de sesión de fecha 11 de diciembre 2017 del Consejo Directivo Ad Hoc, mediante el cual se aprobó el reconocimiento de la acreditación otorgada por la Agencia Acreditadora ICACIT, al programa de estudios de Ingeniería Industrial, de la Universidad San Martín de Porres, campus Lima, con vigencia hasta la siguiente fecha de revisión que será en el ciclo de acreditación 2021. Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Web del Sineace. Regístrese, comuníquese y publíquese. CAROLINA BARRIOS VALDIVIA Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc Sineace 1599234-12

Oficializan Acuerdo mediante el cual se otorgó la acreditación a la Carrera Profesional de Educación Secundaria con mención en idiomas de la Universidad Nacional de Trujillo
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 450-2017-SINEACE/CDAH-P Lima, 20 de diciembre de 2017 VISTO: La Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc N°445-2017-SINEACE/CDAH-P, de fecha 18 de diciembre, 2017; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 5° de la Ley N° 28740, Ley del Sineace, establece como finalidad del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa, garantizar a la sociedad que las instituciones educativas públicas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de calificación profesional y desarrollo laboral; Que, asimismo el artículo 11º de la Ley antes mencionada, precisa que la acreditación es el reconocimiento público y temporal de la institución educativa, área, programa o carrera profesional que voluntariamente ha participado en un proceso de evaluación de su gestión pedagógica, institucional y administrativa; Que, mediante la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N°30220, Ley Universitaria, se declara en reorganización el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa ­ Sineace; habiéndose conformado mediante Resolución Ministerial N° 396-2014-MINEDU, del 28 de agosto 2014, el Consejo Directivo Ad Hoc, cuyo objetivo es ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema y los procesos en desarrollo, hasta la aprobación de la reorganización del Sineace; Que, en atención a lo referido; el Consejo Directivo Ad Hoc, en sesión de fecha 11 de diciembre 2017, mediante Acuerdo N°322-2017-CDAH, declara fundado el recurso de reconsideración interpuesto por la Universidad Nacional

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