Norma Legal Oficial del día 04 de enero del año 2017 (04/01/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES

Miércoles 4 de enero de 2017 /

El Peruano

publicación del Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Provincial del Callao que la ratifique. OCTAVA.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaría General, Archivo y Comunicaciones, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano; y a la Unidad de Tecnología de la Información, el mencionado dispositivo en el Portal del Estado Peruano (www.peru. gob.pe), y Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de La Punta (www.munilapunta.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JOSE RISI CARRASCAL Alcalde 1469675-1

asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean competencia del Concejo Municipal; Que, se ha tomado conocimiento del lamentable deceso del Ex Alcalde de la Municipalidad Distrital de La Punta, señor Santiago Rufo Parodi Ramírez, hecho que ha consternado profundamente a la población punteña; Que, como muestra de los sentimientos y expresión de dolor, es pertinente se declare duelo local laborable disponiéndose izar la bandera del distrito a media asta; Que, en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6 del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo 1º.DECLARAR DUELO LOCAL LABORABLE el día 28 de diciembre del presente año, por el lamentable deceso del Ex Alcalde de la Municipalidad Distrital de La Punta, señor SANTIAGO RUFO PARODI RAMÍREZ. Artículo 2º.- DISPONER el izamiento de la bandera del Distrito de La Punta a media asta en señal de duelo. Artículo 3º.- NOTIFICAR el presente Decreto de Alcaldía a todas las Instituciones Públicas del Distrito a efectos de que tomen el debido conocimiento de los alcances del mismo, así como a las diferentes unidades orgánicas de la Municipalidad Distrital de La Punta, con las formalidades establecidas por la Ley, para su conocimiento y fines consiguientes. Artículo 4º.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaría General, Archivo y Comunicaciones la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano; y a la Unidad de Tecnología de la Información en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas (www. servicioalciudadano.gob.pe) y en el Portal Institucional (www.munilapunta.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JOSÉ RISI CARRASCAL Alcalde 1469677-1

Declaran duelo local laborable por deceso de ex Alcalde de la Municipalidad Distrital de La Punta
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006-2016-MDLP/AL La Punta, 27 de diciembre del 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia de conformidad con lo dispuesto por el Art. II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, concordante con el Art. 194º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607; Que, el Art. 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, los Decretos de Alcaldía, establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectificación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título "Dice" y a continuación la versión rectificada del mismo fragmento bajo el título "Debe Decir"; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectificarse. 4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN

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