Norma Legal Oficial del día 07 de enero del año 2017 (07/01/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 160

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NORMAS LEGALES

Sábado 7 de enero de 2017 /

El Peruano

de venta que se utilizará en la vía pública. La presente disposición no alcanza a los giros de helados, pan, frutas, plantas y carritos sangucheros. Artículo 13º.- Para el caso del giro de sombrillas, éstas deberán ser de un solo color y deberán permanecer en buen estado, limpias y sin óxido durante la vigencia de la autorización. Todo elemento que no cumpla con esas características deberá ser reemplazado sin necesidad de previo aviso. Esto contribuirá a promover la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción. Artículo 14º.- El comerciante ambulante deberá portar en todo momento su autorización. Asimismo, deberá portar un fotocheck que lo identifique, y un uniforme en buen estado de higiene y conservación. La Gerencia de Rentas y Policía Municipal podrá facilitar, de ser el caso, el fotocheck para los giros de comercio ambulatorio siempre y cuando cuente con presupuesto aprobado para dicho fin. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Otórguese un plazo de 15 (quince) días calendarios contados a partir de la publicación de la presente Ordenanza para la adecuación del mobiliario de venta que se utilizará en la vía pública. Segunda.- Por razones de caso fortuito, fuerza mayor, u otras actividades que realice la Municipalidad, podrán variar provisionalmente la cantidad de vacantes establecidas para cada giro, así como las ubicaciones que se autorizan en la presente Ordenanza. Tercera.- Mediante Decreto de Alcaldía se podrá ampliar o suprimir los giros o cantidades y/o variar las ubicaciones u horarios dispuestos en la presente ordenanza, así como emitir las disposiciones complementarias necesarias para la implementación de la presente norma. Cuarta.- Deróguese todas aquellas disposiciones de la Ordenanza Nº 025-2006-MDLP/ALC y sus modificatorias, así como todas aquellas ordenanzas y demás disposiciones municipales que se opongan a la presente Ordenanza, salvo las disposiciones referidas a los derechos administrativos, establecidos en el Artículo 8º de la citada Ordenanza. Quinta.- Encargar el cumplimiento de la presente ordenanza a la Gerencia de Rentas y Policía Municipal y Gerencia de Seguridad Ciudadana y Defensa Civil. Sexta.- Encargar a la Oficina de Secretaría General, Archivo y Comunicaciones la publicación en el Diario Oficial "El Peruano" de la presente Ordenanza. Séptima.- Encargar a la Unidad de Tecnología de la Información la publicación de la Ordenanza en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), en el Portal de Servicios al Ciudadano (www.servicioalciudadano.gob. pe) y en el Portal Institucional (www.munilapunta.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JOSÉ RISI CARRASCAL Alcalde 1471110-1

CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 194° de la Constitución Política del Perú y de lo establecido en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Estado establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico, con la finalidad de regular su organización interna, entre otros; Asimismo mediante Resoluciones de Alcaldía el Alcalde aprueba y resuelve los asuntos de carácter administrativos de conformidad con lo previsto en el Artículo 39° de la Ley N° 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades: " "Las Resoluciones de Alcaldía aprueban y resuelven los asuntos de carácter administrativo". Que, con Memorando N° 162-2016-MPCP-A., de fecha 26/10/2016, el Alcalde de la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo, se dirige a la Gerencia de Administración y Finanzas, a fin de adquirir pasajes y otorgarle sus respectivos viáticos a favor del Regidor JOHNNY ALEXANDER CRUZ GRANDEZ, para asistir en Representación Institucional, a la invitación realizada por el Intendente MERCOCIUDADES con la finalidad de estar presente en la XXI Cumbre de Mercociudades. Que, mediante formato de Planilla de Viáticos, según (Anexo N° 01), el señor Alcalde CPC. Antonio Marino Panduro, autoriza el otorgamiento de viáticos desde el 21/11/2016 hasta el 26/11/2016, al regidor JOHNNY ALEXANDER CRUZ GRANDEZ, por la suma de S/. 5,405.00 Soles de conformidad con lo dispuesto por el artículo 13° numeral 13.4 de la Directiva para la Ejecución Presupuestaria N° 005-2010-EF/76.01 y, la Ley N° 30372 ­ Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2016. Que, según lo estipulado en el Capítulo VIII ­ Disposiciones Finales; en su párrafo segundo de la Segunda Disposición Final de la Directiva N° 010-2015-MPCP-GPPR-SGR, se establece que: "Cuando por disposición del Titular del Pliego exista la necesidad de encomendar la representación en actos estrictamente oficiales, todo ello ordenado con el Acto Resolutivo correspondiente". Que, estando a las facultades conferidas en virtud de lo dispuesto en el Art. 20° Inc. 6) de la Ley N° 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades: SE RESUELVE: Artículo Primero.- ENCOMENDAR la Representación Institucional al Regidor JOHNNY ALEXANDER CRUZ GRANDEZ, para asistir a la invitación realizada por el Intendente de MERCOCIUDADES con la finalidad de estar presente en la XXI Cumbre Mercociudades, en merito a las consideraciones expuesta en el presente Resolución. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración y Finanzas; Sub Gerencia de Logística de la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo, la adquisición de sus pasajes aéreos del Regidor JOHNNY ALEXANDER CRUZ GRANDEZ, con el itinerario de viajes aéreo, conforme al Anexo N° 01 ­ Planilla de Viáticos y Pasajes en las fecha en ella detallada, para cumplir con la Representación Institucional. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina de Tecnología de la Información la publicación de la presente Resolución en el Portal Web de la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Secretaria General la notificación y distribución (mediante correo electrónico institucional) de la presente Resolución. Regístrese, cúmplase y archívese. ANTONIO MARINO PANDURO Alcalde 1470573-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CORONEL PORTILLO
Encomiendan la Representación Institucional a Regidor para asistir a la XXI Cumbre Mercociudades, y autorizan adquisición de pasajes
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 720-2016-MPCP Pucallpa, 18 de noviembre de 2016 VISTO: El Expediente Interno N°48564-2016 y documentos que se anexan y:

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