Norma Legal Oficial del día 09 de enero del año 2017 (09/01/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 2

2 PODER EJECUTIVO

NORMAS LEGALES

Lunes 9 de enero de 2017 /

El Peruano

DEFENSA
Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra del Perú a Colombia, en misión de estudios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0004-2017 DE/MGP Lima, 5 de enero de 2017 Visto, el Oficio N.1000-1588 del Director General de Educación de la Marina, de fecha 10 de noviembre de 2016; CONSIDERANDO: Que, el Agregado de Defensa Adjunto y Naval a la Embajada del Perú en la República de Colombia, ha informado al Comandante General de la Marina de Guerra del Perú, que el Director de la Escuela Superior de Guerra de Colombia, ha cursado invitación para que personal de las Fuerzas Militares de la República del Perú, participen como docente y alumno del Curso de Estado Mayor 2017, a realizarse del 10 de enero al 28 de noviembre de 2017; Que, la Marina de Guerra del Perú, ha considerado dentro de sus prioridades para el año 2017, la designación y autorización de viaje de UN (1) Oficial Superior, para que se desempeñe como docente del Curso de Estado Mayor 2017, en la República de Colombia; Que, la designación de Personal Naval, para que participe en la referida actividad, responde a la necesidad de formar a Oficiales Superiores como docentes en Instituciones Militares Extranjeras, con la finalidad de adquirir mayores conocimientos y experiencias en planeamiento y operaciones conjuntas para que desempeñen eficientemente cargos de Comando y Estado Mayor y de Educadores en la Escuela Superior de Guerra Naval, con el propósito de conducir la guerra, consolidar la paz y contribuir al desarrollo del país e incrementar las medidas de confianza con instituciones armadas de otros países; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Capitán de Fragata Renzo Antonio VALDIVIA Correa, para que se desempeñe como docente del Curso de Estado Mayor 2017, a realizarse en la Escuela Superior de Guerra de las Fuerzas Militares de Colombia, ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 10 de enero al 28 de noviembre de 2017; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en beneficio de la Marina de Guerra del Perú, debido a que permitirá contar con un Oficial Superior peruano en el principal centro de pensamiento estratégico militar colombiano, el cual es el generador del conocimiento conjunto en temas relacionados con la seguridad y la defensa nacional, pudiendo comparar nuestros procesos, metodologías y publicaciones con los vigentes en el ámbito militar colombiano y establecer aquellos aspectos que convendrían a ser incorporados a nuestros sistemas de planeamiento y de ejecución en el nivel táctico, estratégico y político-estratégico; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal designado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con UN (1) día de anticipación; así como, su retorno UN (1) día después del curso, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2017 de la Unidad Ejecutora

Nº 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, de fecha 11 de setiembre de 2014, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Que, de conformidad con el artículo 26 de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificado por la Ley Nº 29598 y por el Decreto Legislativo Nº 1143, el Oficial nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el artículo 23 de la referida norma, más el tiempo compensatorio previsto en el mismo artículo; y, conforme a su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/SG, de fecha 14 de febrero de 2005 y sus modificatorias aprobadas con los Decretos Supremos Nº 010-2010-DE, de fecha 20 de noviembre de 2010 y Nº 009-2013-DE, de fecha 2 de octubre de 2013; Que, el Ministerio de Defensa, ha dispuesto que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 0022004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 262-2014EF, de fecha 11 de setiembre de 2014, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior; concordado con la Resolución Ministerial Nº 1500-2016-DE/SG, de fecha 22 de diciembre de 2016, que prorroga la vigencia de la Resolución Ministerial Nº 1017-2015-DE/SG, de fecha 6 de noviembre de 2015, referente al reajuste del monto de la Unidad de Compensación Extraordinaria para el Año Fiscal 2017; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Capitán de Fragata Renzo Antonio VALDIVIA Correa, CIP. 00924520, DNI. 43338958, para que se desempeñe como docente del Curso de Estado

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