Norma Legal Oficial del día 18 de enero del año 2017 (18/01/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES

Miércoles 18 de enero de 2017 /

El Peruano

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Autorizan viaje de trabajador de la SUNAT para participar en Reunión del Subcomité Asesor de Asuntos Financieros del Consejo Directivo del CIAT, a realizarse en Panamá
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 007-2017/SUNAT Lima, 13 de enero de 2017 CONSIDERANDO: Que mediante carta s/n de fecha 16 de noviembre de 2016, la Secretaría Ejecutiva del Centro Interamericano de Administraciones Tributarias (CIAT) cursa invitación a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria ­ SUNAT para participar en la Reunión del Subcomité Asesor de Asuntos Financieros del Consejo Directivo del citado Centro Interamericano, que se llevará a cabo en la ciudad de Panamá, República de Panamá, del 6 al 10 de febrero de 2017; Que el mencionado Subcomité Asesor de Asuntos Financieros se estableció por acuerdo del Consejo Directivo en el mes de octubre de 2007, con el objetivo de brindar recomendaciones en apoyo a las responsabilidades que los Estatutos del CIAT le asignan a dicho Consejo, básicamente en las materias de elevar a consideración de la Asamblea General el Informe Financiero del año anterior y presentar a la Asamblea Anual el Presupuesto y Programa de Trabajo para el ejercicio siguiente; Que por mandato estatutario participan de este Subcomité los países que pertenecen al mencionado Consejo Directivo y que han realizado las últimas Asambleas Generales del CIAT (Perú y México) y el país que la realizará el presente año (Paraguay); Que el citado evento tiene por finalidad, entre otros, la revisión de los Estados Financieros Auditados al 30 de junio de 2016, incluidas las observaciones puntuales del Consejo Directivo realizadas en la reunión desarrollada en Miami el 10 de octubre de 2016; Que, en tal sentido, siendo de interés institucional para la SUNAT la concurrencia de sus trabajadores a eventos de esta naturaleza, conforme al Informe Nº 041-2016-SUNAT/8A0000 de fecha 29 de diciembre de 2016, resulta necesaria la participación en la citada reunión del trabajador Pedro Manuel Tapia Alvarado, Superintendente Nacional Adjunto de Administración y Finanzas; Que el numeral 1 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, aprobada por Ley N° 29816, dispone que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT aprueba sus propias medidas de austeridad y disciplina en el gasto, no siéndole aplicables las establecidas en las Leyes Anuales de Presupuesto u otros dispositivos; Que, en tal virtud, mediante Resolución de Superintendencia N° 013-2012/SUNAT se aprobaron las normas de austeridad y disciplina en el gasto de la SUNAT, aplicables a partir del Año Fiscal 2012, en las que se prevé la prohibición de viajes al exterior de los trabajadores de la SUNAT, con cargo al presupuesto institucional, salvo los que se efectúen con la finalidad de cumplir con los objetivos institucionales y los que se realicen en el marco de la negociación de acuerdos o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y financieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; Que, asimismo, el numeral 2 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29816 establece que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT autorizará los viajes al exterior de sus funcionarios y servidores;

Que, en consecuencia, siendo que dicho viaje cumple con lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia N° 013-2012/SUNAT, resulta necesario por razones de itinerario, autorizar el viaje del citado trabajador Pedro Manuel Tapia Alvarado del 05 al 11 de febrero de 2017, debiendo la SUNAT asumir, con cargo a su presupuesto, los gastos por concepto de pasajes aéreos que incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto (TUUA), y los viáticos, y; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27619 y 29816, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y la Resolución de Superintendencia N° 013-2012/SUNAT; y en uso de la facultad conferida por el literal s) del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 122-2014/SUNAT y normas modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje del trabajador Pedro Manuel Tapia Alvarado, Superintendente Nacional Adjunto de Administración y Finanzas, del 5 al 11 de febrero de 2017, para participar en la Reunión del Subcomité Asesor de Asuntos Financieros del Consejo Directivo del Centro Interamericano de Administraciones Tributarias (CIAT), a realizarse en la ciudad de Panamá, República de Panamá del 06 al 10 de febrero de 2017. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto del 2017 de la SUNAT, de acuerdo al siguiente detalle: Señor Pedro Manuel Tapia Alvarado Pasajes (incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto ­ TUUA Viáticos US $ 745.48 US $ 1 575.00

Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado trabajador deberá presentar ante el Titular de la Entidad, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4°.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del trabajador cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR PAUL SHIGUIYAMA KOBASHIGAWA Superintendente Nacional 1474314-1

PODER JUDICIAL

CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Disponen que los órganos jurisdiccionales de las Cortes Superiores de Justicia del país reprogramen, durante el mes de febrero de 2017, vistas de causa y demás diligencias que no pudieron realizarse por huelga
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 019-2017-CE-PJ Lima, 11 de enero de 2017 VISTOS: El Oficio N° 018-2017-OPJ-CNPJ-CE/PJ e Informe N° 003-2017-OPJ-CNPJ-CE/PJ, remitidos por el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial.

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