Norma Legal Oficial del día 22 de enero del año 2017 (22/01/2017)


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NORMAS LEGALES

Domingo 22 de enero de 2017 /

El Peruano

para todas las entidades públicas, en lo relacionado a la formulación, aprobación y evaluación de su respectivo PLANEFA, a partir del año 2015; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo No. 026-2016-OEFA/CD, el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental incorpora el Plan de implementación de instrumentos legales, que contiene las acciones para la elaboración y aprobación de los instrumentos legales necesarios para el desempeño de las funciones de fiscalización ambiental; Que, mediante Informe No. 004-2017-GGA/MLV de 04 de enero de 2017, la Gerencia de Gestión Ambiental solicita la aprobación del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental ­ PLANEFA 2017 a fin de poner de ejecutar acciones de materia ambiental; Que, mediante Informe No. 009-2017-SGPDOGPP/MDLV de 13 de enero de 2017 la Subgerencia de Planeamiento y Desarrollo Organizacional informa sobre la importancia de aprobar el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental 2017 de la Municipalidad de La Victoria, a fin de tener un instrumento de gestión que permita garantizar el cumplimiento de las normativas ambientales en el desarrollo de las actividades que generen pactos negativos en perjuicio del medio ambiente; Que, mediante Informe Nº 226-2017-GAJ/MDLV de 16 de enero de 2017 la Gerencia de Asesoría Jurídica opina favorablemente en aprobar el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental 2017 de la Municipalidad de Distrital de La Victoria propuesto por la Gerencia de Gestión Ambiental; ESTANDO A LO EXPUESTO Y EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL ARTÍCULO 20 NUMERAL 6 Y EL ARTÍCULO 43 DE LA LEY No. 27972, LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES, Y CON LA VISACIÓN DE LA GERENCIA MUNICIPAL, GERENCIA DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO, GERENCIA DE ASESORÍA JURÍDICA Y GERENCIA DE GESTIÓN AMBIENTAL; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA 2017, de la Municipalidad Distrital de La Victoria que se anexa y forma parte de la presente resolución. Artículo Segundo.- ENCARGAR a Gerencia Municipal, Secretaría General, Gerencia de Gestión Ambiental y demás áreas pertinentes el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución de acuerdo a sus competencias y atribuciones. Artículo Tercero.- Encargar a Secretaría General, la publicación de la presente en el Diario Oficial "El Peruano" y a Subgerencia de Tecnología de la Información su publicación en el Portal Institucional. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ELÍAS CUBA BAUTISTA Alcalde 1476784-1

Visto el Informe N° 543-2016-MDLCH/GOPRI, elevado al despacho de la Gerencia Municipal, por el cual el Gerente de Obras Privadas solicita se amplíe el plazo de vigencia de los beneficios concedidos mediante la Ordenanza N° 229-MDL, Decreto de Alcaldía N° 0152016/MDLCH y Decreto de Alcaldía N° 019-2016/MDLCH, hasta el día 30 de diciembre de 2016. CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza N° 229-MDL, publicada en el diario oficial El Peruano el día 27 de abril de 2016, se establece el beneficio de regulación de las habilitaciones urbanas ejecutadas sin licencia en el distrito de Lurigancho ­ Chosica, con vencimiento al 26 de agosto del 2016. Que, mediante Decreto de Alcaldía N° 015-2016/ MDLCH, se amplía la vigencia de la Ordenanza N° 229MDL hasta el 26 de noviembre de 2016. Que, mediante Decreto de Alcaldía N° 019-2016/ MDLCH, se amplía la vigencia de la Ordenanza N° 229MDL hasta el 30 de diciembre de 2016. Que, a efectos de continuar dando oportunidades a la población de acogerse a los beneficios establecidos en la Ordenanza N° 229-MDL, hasta el 30 de marzo del 2017, a fin de satisfacer la demanda de los vecinos que de manera voluntaria deseen regularizar su situación ante esta Administración Municipal; y Estando a mérito de lo expuesto, con aprobación de la Gerencia Municipal y en uso de las facultades conferidas por el artículo 20°, inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; SE DECRETA: Primero.- Ampliar la VIGENCIA de la Ordenanza N° 229-MDL hasta el jueves 30 de marzo de 2017. Segundo.- Encargar a la Gerencia de Obras Privadas y Sub Gerencia de Prensa y Relaciones Públicas la difusión del presente dispositivo y a la Sub Gerencia de Gestión Tecnológica para su publicación en el portal de la página web municipal. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GUSTAVO ADOLFO VAN HEURCK MASÍAS Teniente Alacalde Encargado del Despacho de Alcaldía 1476361-1

Amplían vigencia de la Ordenanza N° 230-MDL, mediante la cual se regula el procedimiento con fines de regularización adecuada a la Ley N° 29090 para edificaciones
DECRETO DE ALCALDÍA N° 023-2016/MDLCH Chosica, 30 de diciembre de 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO - CHOSICA; Visto el Informe N°542-2016-MDLCH/GOPRI, elevado al despacho de la Gerencia Municipal, por el cual el Gerente de Obras Privadas solicita se amplíe el plazo de vigencia de los beneficios concedidos mediante la Ordenanza N° 230-MDL modificada con Ordenanza N°233-MDL, Decreto de Alcaldía N°014-2016/MDLCH y Decreto de Alcaldía N°018-2016/MDLCH, hasta el día 31 de diciembre de 2016. CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza N°230-MDL modificada con Ordenanza N°233-MDL, publicada en el diario oficial El Peruano el día 01 de julio de 2016, se regula el procedimiento con fines de regularización adecuada a la

MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA
Amplían vigencia de la Ordenanza N° 229-MDL, que establece beneficio de regularización de habilitaciones urbanas ejecutadas sin licencia
DECRETO DE ALCALDÍA N° 022-2016/MDLCH Chosica, 30 de diciembre de 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO - CHOSICA

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