Norma Legal Oficial del día 01 de febrero del año 2017 (01/02/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 48

48
SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

Miércoles 1 de febrero de 2017 /

El Peruano

b) Autorizar la reducción de prestaciones en el caso de bienes y servicios hasta por el máximo permitido por Ley. 4.2 En materia administrativa: a) Representar al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ante cualquier tipo de autoridades y/o dependencias administrativas para iniciar y proseguir procedimientos, formular solicitudes y/o presentar escritos de carácter administrativo, desistirse, participar en cualquier tipo de audiencias administrativas e interponer recursos administrativos de impugnación, queja contra los defectos de tramitación, solicitar la rectificación de errores, entre otras pretensiones administrativas y, en general emitir e implementar los actos u actuaciones que no sean privativas del Titular de la Entidad o de la Procuraduría Pública. b) Aprobar los actos de administración y disposición de bienes inmuebles y los actos de adquisición de bienes inmuebles, de acuerdo con las normas del Sistema Nacional de Bienes Estatales. c) Reconocer adeudos de ejercicios presupuestales anteriores y créditos devengados, respecto de las obligaciones que les correspondan, sin intereses, en concordancia con la normativa vigente. d) Autorizar, excepcionalmente, impresos a color para casos debidamente justificados. Artículo 5º.- La delegación de facultades a que se refiere la presente resolución, comprende las atribuciones de pronunciarse y/o resolver, sin eximir de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso en concreto. Artículo 6º.- El/la Secretario/a General,el/la Director/a del Registro Nacional de Proveedores, el/la Director/a del SEACE y el/la Jefe/a de la Oficina de Administración, deberán comunicar a la Presidencia Ejecutiva las resoluciones que se emitan como producto de la presente delegación de facultades. Artículo 7º.- Las delegaciones autorizadas mediante la presente resolución tendrán vigencia durante el Año Fiscal 2017. Artículo 8º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (www.osce.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA TERESA REVILLA VERGARA Presidenta Ejecutiva 1480666-1

Artículo 1º.- Delegar en el/la Secretario/a General, las siguientes facultades: 1.1 En materia normativa: a) Aprobar normativa interna en el marco de los Sistemas Nacionales de Planeamiento Estratégico y de Presupuesto Público. 1.2 En materia Presupuestaria: a) Aprobar y formalizar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático que correspondan al Titular del Pliego 059: Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, de acuerdo con el numeral 40.2 del artículo 40º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. b) Aprobar las modificaciones del Plan Operativo Institucional ­ POI del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado. 1.3 En materia de Contrataciones del Estado: a) Aprobar la modificación del Plan Anual de Contrataciones ­ PAC del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2017. b) Aprobar las contrataciones directas en los supuestos previstos en los literales e), g), j), k), l) y m) del artículo 27 de la Ley de Contrataciones del Estado. 1.4 En materia administrativa: a) Autorizar la contratación del personal bajo el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, conforme a lo establecido por el Decreto Legislativo Nº 1057, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 075-2010-PCM y modificatorias; así como las disposiciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil ­ SERVIR sobre la materia. b) Autorizar las solicitudes de contratación de servicios no programados, cuando el monto de la contratación sea igual o inferior a ocho (08) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), cuyo supuesto se encuentra excluido del ámbito de aplicación de la Ley de Contrataciones del Estado, pero sujeto a la supervisión del OSCE. Artículo 2º.- Delegar en el/la Director/a del Registro Nacional de Proveedores, la siguiente facultad: a) Aprobar la publicación mensual de la relación de proveedores que han sido sancionados por el Tribunal de Contrataciones del Estado, la cual incluye la información de los socios, accionistas, participacionistas o titulares, conforme a lo previsto en el literal k) del artículo 11º de la Ley de Contrataciones del Estado, así como de los integrantes de sus órganos de administración. Artículo 3º.- Delegar en el/la Director/a del SEACE, la siguiente facultad: a) Suscribir comunicaciones dirigidas al Titular de la Entidad y al Órgano de Control Institucional, cuando la Entidad no efectúe la corrección correspondiente, respecto al uso inadecuado del Catálogo Único de Bienes, Servicios y Obras ­ CUBSO, conforme a lo previsto en el literal b) del numeral 8.2 de la Directiva Nº 007-2016OSCE/CD CUBSO. Artículo 4º.- Delegar en el/la Jefe/a de la Oficina de Administración, las siguientes facultades: 4.1 En materia de Contrataciones del Estado: a) Autorizar la ejecución de prestaciones adicionales en el caso de bienes y servicios hasta por el máximo permitido por Ley.

Designan Jefa de la Unidad de Logística y le encargan funciones de la Unidad de Abastecimiento del OSCE
RESOLUCIÓN N° 042-2017-OSCE/PRE Jesús María, 31 de enero de 2017 VISTO: El Memorando Nº 134-2017/OAD, de fecha 30 de enero de 2017, de la Oficina de Administración; CONSIDERANDO: Que, el artículo 51º de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, establece que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE, es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, que goza de autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera, estando su personal sujeto al régimen laboral de la actividad privada; Que, se ha considerado conveniente designar a la profesional que ocupará el cargo de Jefa de la Unidad de

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.