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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE FEBRERO DEL AÑO 2017 (01/02/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 87

87 NORMAS LEGALES Miércoles 1 de febrero de 2017 El Peruano / Artículo Quinto.- El presente Decreto de Alcaldía, entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía, a la Secretaría General su publicación en el Diario O fi cial El Peruano, y a la Secretaría de Comunicación e Imagen Institucional su publicación en el portal institucional de la municipalidad (www.munisjl.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JUAN VALENTÍN NAVARRO JIMÉNEZ Alcalde 1479974-1 FE DE ERRATAS ANEXO DECRETO DE ALCALDÍA Nº 02-2017-A/MDSJL Mediante O ficio Nº 046-2017-MDSJL/SG, la Municipalidad de San Juan de Lurigancho solicita se publique Fe de Erratas del Anexo del Decreto de Alcaldía Nº 02-2017-A/MDSJL, publicado en la edición del día 31 de enero de 2017. Texto del Anexo del Decreto, último recuadro (página 39): PROCESO DE ELECCIÓN DE LOS NUEVOS REPRESENTANTES DEL CCLD ACTIVIDAD FECHA DE INICIOFECHA DE TERMINOLUGAR RESPONSABLE (...) DICE: … Proclamación de Candidatos01-mar-17 TEATRO MUNICIPALGDS/SGPV/ COMITÉ ELCTORAL / GERENCIA DE ASESORIA JURIDICA DEBE DECIR: Proclamación de Candidatos01-abr-17 TEATRO MUNICIPALGDS/SGPV/ COMITÉ ELCTORAL / GERENCIA DE ASESORIA JURIDICA 1480647-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Prorrogan vencimiento de cuota mensual de barrido de calles, recolección de residuos sólidos, parques y jardines y serenazgo correspondiente al mes de enero de 2017 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 002-2017/MDSMP San Martín de Porres, 30 de enero de 2017 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MARTIN DE PORRESVISTO: El Informe N° 007-2017-GAT/MDSMP de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe N° 169-2017-GAJ/MDSMP de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorándum N° 159-2017-GM/MDSMP de la Gerencia Municipal; CONSIDERANDO:Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley N° 30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza N° 421-MDSMP, publicada el 31 de diciembre de 2016 en el Diario O fi cial “El Peruano”, se establece en el artículo 4° Periodicidad y Vencimiento, “La obligación de pago de las cuotas mensuales de los arbitrios de barrido de calles, recolección de residuos sólidos, parques y jardines y serenazgo vence el último día hábil de cada mes. El arbitrio de recolección de residuos sólidos para las actividades económicas temporales en la vía o espacio público vencerá diariamente; Que, el Informe N° 007-2017-GAT/MDSMP, la Gerencia de Administración Tributaria, indica la necesidad de prorrogar el vencimiento de la cuota mensual de barrido de calles, recolección de residuos sólidos, parques y jardines y serenazgo correspondiente al mes de enero de 2017, a efectos de permitir que los administrados puedan recibir sus Liquidaciones Tributarias del ejercicio corriente y cumplir con sus obligaciones tributarias, por lo que propone la prórroga de su vencimiento hasta el 28 de febrero de 2017; en dicho extremo la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe N° 169-2017-GAJ/MDSMP opina favorablemente sobre la referida prórroga; siendo que la Gerencia Municipal a través del Memorando N° 159-2017-GM/MDSMP, en consideración a los informes técnicos y jurídico señalados precedentemente, opina por la procedencia de la prórroga del vencimiento de la cuota mensual de arbitrios del mes de enero de 2017; Que, siendo política de la actual gestión, otorgar a los vecinos las facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, resulta necesario prorrogar el vencimiento de la cuota mensual de barrido de calles, recolección de residuos sólidos, parques y jardines y serenazgo correspondiente al mes de enero de 2017; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas en los artículos 20° numeral 6) y 42° de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 28 de febrero de 2017, el vencimiento de la cuota mensual de barrido de calles, recolección de residuos sólidos, parques y jardines y serenazgo correspondiente al mes de enero de 2017. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria o el SAT SMP de ser el caso; a la Subgerencia de Desarrollo de Tecnología de la Información y a la Subgerencia de Imagen Institucional, el cumplimiento y efectiva difusión del presente Decreto de Alcaldía, de acuerdo a sus competencias y atribuciones. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del texto del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial “El Peruano” y a la Subgerencia de Desarrollo de Tecnología de la Información la publicación en la página web de la municipalidad: www.mdsmp.gob.pe, en el portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe y en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas: www.serviciosalciudadano.gob.pe. Regístrese, publíquese, y cúmplase.ADOLFO ISRAEL MATTOS PIAGGIO Alcalde 1480518-1