Norma Legal Oficial del día 10 de febrero del año 2017 (10/02/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Viernes 10 de febrero de 2017

NORMAS LEGALES

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Artículo 2.- Acciones a ejecutar Los Gobiernos Regionales de Ancash, Cajamarca y La Libertad, así como los Gobiernos Locales involucrados, según corresponda, con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), y la participación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Educación, el Ministerio de Agricultura y Riego, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, el Ministerio de Energía y Minas, el Ministerio de Defensa, el Ministerio del Interior, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el Ministerio de la Producción, y demás instituciones públicas y privadas involucradas, ejecutarán las medidas y acciones de excepción inmediatas y necesarias destinadas a la respuesta y rehabilitación de las zonas afectadas; acciones que deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento. Artículo 3.- Financiamiento La implementación de las acciones previstas en el presente decreto supremo, se financian con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, de conformidad con la normatividad vigente. Artículo 4.- Refrendo El presente decreto supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Transportes y Comunicaciones, el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, la Ministra de Salud, la Ministra de Educación, el Ministro de Agricultura y Riego, la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, el Ministro de Energía y Minas, el Ministro de Defensa, el Ministro del Interior, el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, y el Ministro de la Producción. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de febrero del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ MANUEL HERNÁNDEZ CALDERÓN Ministro de Agricultura y Riego JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa MARILÚ DORÍS MARTENS CORTÉS Ministra de Educación GONZALO TAMAYO FLORES Ministro de Energía y Minas CARLOS BASOMBRIO IGLESIAS Ministro del Interior ANA MARÍA ROMERO-LOZADA LAUEZZARI Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE Ministro de la Producción ALFONSO GRADOS CARRARO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo y Encargado del Despacho del Ministerio de Salud MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1484342-1

Autorizan viaje del Ministro de Transportes y Comunicaciones a Japón y encargan su Despacho al Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 018-2017-PCM Lima, 9 de febrero de 2017 VISTOS: La Carta Nº O-2/316/16 de la Embajada del Japón en Perú, el OF. RE (DAE) Nº 2-15-A/65 del Embajador Encargado del Despacho Viceministerial de Relaciones Exteriores, el Informe Nº 1627-2016-MTC/09.01 de la Oficina de Planeamiento de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Memorándum Nº 28712016-MTC/09.01 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Memorándum Nº 001-2017-MTC/02. AL.MEM del Viceministerio de Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobadas por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y sus modificatorias; regulan la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, la Embajada del Japón en el Perú, mediante la Carta de vistos, invitó al Ministro de Transportes y Comunicaciones a realizar una visita oficial a Japón en aras de fortalecer las tradicionales relaciones de amistad y cooperación entre ambos países, alcanzando para tal efecto una agenda con las actividades programadas, entre las que se encuentra un Seminario que versará sobre las diversas oportunidades para promover inversiones japonesas hacia el Perú; Que, el Ministerio de Relaciones Exteriores, mediante el documento de vistos señala que la invitación del Gobierno japonés incluye el transporte aéreo, un vehículo oficial, alojamiento e intérprete para las reuniones oficiales; Que, asimismo, mediante los documentos de vistos el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, señala que resulta de interés institucional participar en el evento, ya que permitirá conocer las oportunidades de cooperación bilateral e inversiones susceptibles de aplicarse en el sector transportes y comunicaciones, específicamente en transporte ferroviario, tecnologías de la información y gestión de riesgos de desastres, precisando que el mismo no irroga gasto al Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en mérito a lo expuesto, atendiendo al objetivo que se contempla en el evento referido, resulta de interés e importancia para el país la participación del señor Ministro de Transportes y Comunicaciones, siendo necesario además autorizar su viaje, cuyos gastos de pasajes aéreos y viáticos serán asumidos por el Gobierno japonés, por lo que no irrogará gasto alguno al Tesoro Público; Que, en tanto dure la ausencia del Titular, es necesario encargar la Cartera de Transportes y Comunicaciones; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30518 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley Nº 27619 - Ley que regula los viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su modificatoria; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Martín Alberto Vizcarra Cornejo, Ministro de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Tokio, Japón, del 10 al 19 de febrero de 2017, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución suprema.

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