Norma Legal Oficial del día 10 de febrero del año 2017 (10/02/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 8

8
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

Viernes 10 de febrero de 2017 /

El Peruano

SE RESUELVE: Artículo Único.- Modificar el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 029-2017-MC de fecha 25 de enero de 2017, el cual quedará redactado en los siguientes términos: "Artículo 1.- Constitución Constituir el Grupo de Trabajo encargado de consensuar y proponer acciones para la recuperación del Centro Histórico de Lima, el cual estará conformado por las siguientes personas: - Dos (2) representantes del Ministerio de Cultura, uno de los cuales lo presidirá y otro actuará como secretario técnico. - Dos (2) representantes de la Municipalidad Metropolitana de Lima. - Un representante de la Municipalidad Distrital del Rímac - Un representante del Instituto Nacional de Defensa Civil del Perú ­ INDECI. - Un representante del Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres ­ CENEPRED. - Un representante del Colegio de Arquitectos del Perú. - Un representante del Colegio de Ingenieros del Perú. - Un representante de Comité Peruano del Consejo Internacional de Monumentos y Sitios - ICOMOS Perú. - Un representante de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura UNESCO. Para el cumplimiento de sus funciones, el Grupo de Trabajo podrá invitar a participar a representantes de otras instituciones públicas o privadas, con el objeto de obtener aportes y apoyo para el cumplimiento de sus funciones." Regístrese, comuníquese y publíquese. SALVADOR DEL SOLAR LABARTHE Ministro de Cultura 1484151-1

Que, mediante Resolución Ministerial N° 029-2017MC de fecha 25 de enero de 2017, se constituyó el Grupo de Trabajo encargado de consensuar y proponer acciones para la recuperación del Centro Histórico de Lima; Que, mediante Oficio N° 016-MDR-ALC-2017 recepcionado el 27 de enero de 2017, el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Rímac refiere que el Centro Histórico de Lima contiene la Declaración de Patrimonio para la Humanidad por parte de UNESCO, cuya área abarca dos espacios jurisdiccionales de creación y formación propia, una el Cercado de Lima, y otra el distrito del Rímac; por lo que considera debe ser integrado como miembro al Grupo de Trabajo creado mediante la Resolución Ministerial N° 029-2017-MC antes señalada; Que, según lo dispuesto por el artículo 51 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 0052013-MC, la Dirección General de Patrimonio Cultural "es el órgano de línea encargado de diseñar, proponer y conducir la ejecución de las políticas, planes, estrategias, programas y proyectos para una adecuada gestión, registro, inventario, investigación, conservación, presentación, puesta en uso social, promoción y difusión del patrimonio cultural, con excepción del patrimonio mueble y patrimonio arqueológico inmueble, para promover el fortalecimiento de la identidad cultural del país." Que, mediante Informe N° 000098-2017/DGPC/ VMPCIC/MC de fecha 01 de febrero de 2017, la Dirección General de Patrimonio Cultural señala que corresponde integrar a la Municipalidad del Rímac al mencionado Grupo de Trabajo por cuanto tiene "interés legítimo" para ello y su participación "coadyuvaría con los compromisos que dicha comuna podría asumir para el logro de los objetivos" del mismo; Que, estando a lo antes señalado, corresponde modificar el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 029-2017-MC de fecha 25 de enero de 2017, a efectos de incorporar a un representante de la Municipalidad del Rímac como miembro del Grupo de Trabajo encargado de consensuar y proponer acciones para la recuperación del Centro Histórico de Lima; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; en la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; en el Reglamento de la Ley N° 28296, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2006-ED y en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC;

Inscriben a ciudadanos y ciudadanas en el Registro Nacional de Intérpretes y Traductores de Lenguas Indígenas u Originarias
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 001-2017-VMI-MC Lima, 8 de febrero de 2017

REQUISITO PARA PUBLICACILN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe.

LA DIRECCIÓN

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.