Norma Legal Oficial del día 24 de febrero del año 2017 (24/02/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano / Viernes 24 de febrero de 2017

NORMAS LEGALES

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4.2 Los representantes son designados, mediante comunicación escrita dirigida al Presidente del Comité, en un plazo de cinco (05) días hábiles contados a partir de la vigencia de la presente resolución. El citado Comité aprueba su Reglamento Interno en un plazo de cinco (05) días hábiles, contados a partir de la instalación del Comité. 4.3 El Comité de Calificación de los CDE tiene las siguientes funciones: - Evaluar y calificar las solicitudes para obtener la condición de CDE presentadas por las instituciones públicas y privadas, incluyendo las notarías. - Elevar al Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, aquellas solicitudes que sean propuestas para su autorización. Artículo 5.- Autorización para obtener la condición de los CDE El Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, a propuesta del Comité de Calificación de los CDE, autoriza mediante Resolución Viceministerial, la condición de Centros de Desarrollo Empresarial, de las instituciones públicas y privadas, incluyendo las notarías. Artículo 6.- Monitoreo y evaluación de los CDE La Dirección General de Innovación, Tecnología, Digitalización y Formalización del Ministerio de la Producción, monitorea y evalúa la implementación y operatividad de los CDE autorizados por el Ministerio de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese. BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE Ministro de la Producción 1489802-1

Que, sobre la base de lo señalado en el precitado documento, resulta necesario conformar un Grupo de Trabajo que se encargue de la puesta en funcionamiento de dicho establecimiento de salud, con la finalidad de satisfacer el servicio de salud de la población que vive en dicha jurisdicción; Con el visado del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Secretario General, del Viceministro (e) de Prestaciones y Aseguramiento en Salud y de la Viceministra de Salud Pública; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2016-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Conformar un Grupo de Trabajo encargado de la puesta en funcionamiento del Centro de Salud Materno Infantil de San Genaro, ubicado en el distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima, el mismo que estará integrado por los siguientes miembros: 1. El Director General de la Oficina General de Administración o su representante, quien lo preside 2. El Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización o su representante. 3. El Director General de la Dirección de Salud II Lima Sur o su representante. 4. El Director General de la Dirección General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento o su representante. El Grupo de Trabajo puede invitar a representantes del Órgano de Control Institucional del Ministerio de Salud como veedores del encargo conferido. El Grupo de Trabajo se instala dentro del día hábil de publicada la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- El Grupo de Trabajo tiene un plazo de treinta (30) días calendario contados desde su instalación, para la ejecución del encargo conferido según el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, debiendo presentar un Informe Final al Despacho Ministerial con el detalle de las medidas adoptadas. Artículo 3.- Todos los órganos del Ministerio de Salud deben proveer la información y apoyo que sea requerido por el Grupo de Trabajo para el cumplimiento del encargo conferido. Artículo 4.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica: http://www.minsa.gob. pe/transparencia/index.asp?op=115. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA J. GARCÍA FUNEGRA Ministra de Salud 1489735-1

SALUD
Conforman Grupo de Trabajo encargado de la puesta en funcionamiento del Centro de Salud Materno Infantil de San Genaro, ubicado en el departamento de Lima
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 116-2017/MINSA Lima, 22 de febrero de 2017 Visto, la comunicación electrónica de fecha 21 de febrero de 2017, del Director General de la Dirección de Salud II Lima Sur; y, CONSIDERANDO: Que, los artículos I y II del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud disponen que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, y que la protección de la salud es de interés público. Por tanto, es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; Que, el literal a) del artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, establece que es función rectora del Ministerio de Salud, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de Promoción, Prevención de Enfermedades, Recuperación y Rehabilitación en Salud, bajo su competencia aplicable a todos los niveles de gobierno; Que, mediante el documento del visto, el Director General de la Dirección de Salud II Lima Sur informa sobre el estado situacional de la obra relacionada al Centro de Salud Materno Infantil de San Genaro, ubicado en el distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima;

Autorizan Transferencia Financiera del Ministerio a favor del Gobierno Regional de Lima, para financiar acciones inmediatas desarrolladas en el "Plan de Acción de la Región Lima - 2017"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 117-2017/MINSA Lima, 22 de febrero del 2017 Visto, el Expediente N° 17-014399-001 que contiene el Memorándum N° 167-2017-DVMSP/MINSA del Viceministerio de Salud Pública, así como el Informe N° 054-2017-OGPPM-OPF/MINSA de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y,

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