Norma Legal Oficial del día 24 de febrero del año 2017 (24/02/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 32

32

NORMAS LEGALES

Viernes 24 de febrero de 2017 /

El Peruano

Se ha visto por conveniente incorporar a los bancos centrales emisores de las monedas que constituyen el Derecho Especial de Giro (DEG) en la lista de bancos de primera categoría, siempre que mantengan al menos un calificativo crediticio de largo plazo mínimo de A- por Fitch, A- por Standard & Poor's o A3 por Moody's. En caso dichos bancos centrales no posean calificativos propios se tomarán en cuenta los del país. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la lista de bancos de primera categoría que se encuentra detallada en el portal web de este Banco Central: www.bcrp.gob.pe Artículo 2.- La lista es elaborada y emitida de conformidad con el artículo 216° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, para los fines establecidos en dicho dispositivo. Artículo 3.- Derogar la Circular Nº 022-2016-BCRP. RENZO ROSSINI MIÑÁN Gerente General 1489509-1

SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar la expedición de duplicado del diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Industrial al siguiente egresado de la Universidad, anulándose el diploma otorgado anteriormente:
Con Fecha de mención Otorgamiento en del Diploma Ingeniería 11.02.1976 Industrial

Nº 1

Apellidos y Nombres ECHECOPAR TALLERI, Juan Enrique Aurelio

Regístrese, comuníquese y archívese. JORGE ELIAS ALVA HURTADO Rector 1488742-1

Otorgan duplicado de diploma de Título Profesional de Médico Cirujano, expedido por la Universidad Nacional del Centro del Perú
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU RESOLUCIÓN Nº 1008-CU-2016 Huancayo, 23 de setiembre 2016 EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU Visto, el expediente Nº 29283 de fecha 26.08.2016, por medio del cual doña MARÍA SUSANA ROJAS PALOMINO, solicita Duplicado de Título Profesional de Médico Cirujano, por pérdida. CONSIDERANDO: Que, de conformidad a los Artículos 13º y 14º de la Constitución Política del Perú, la Educación es un deber y un derecho que todo ciudadano está inmerso; asimismo promueve el desarrollo del país; Que, de conformidad a la Ley Nº 28626, se faculta a las universidades públicas y privadas expedir duplicados de grados y títulos profesionales, por motivos de pérdida, deterioro o mutilación, siempre que se cumpla las formalidades y requisitos de seguridad previstos por cada universidad; Que, con Resoluciones Nº 1503-2011-ANR y 12562013-ANR, la Asamblea Nacional de Rectores, reglamenta la expedición de Duplicados de Diplomas de Grados Académico y Títulos Profesionales en cumplimiento a la Ley Nº 28626; Que, de conformidad a la Ley 30220, y al Art. 14 del Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - SUNEDU en la cual se anula la inscripción primigenia, y autoriza la inscripción del duplicado de diploma; Que, mediante la Resolución Nº 3205-CU-2014 del 10.09.2014, la Universidad Nacional del Centro del Perú, aprueba la "Directiva Nº 001-2014-SG para otorgar Duplicado de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales por pérdida, deterioro o mutilación, expedidos por la Universidad"; Que, doña María Susana Rojas Palomino, solicita Duplicado de Diploma de Título Profesional de Médico Cirujano, por pérdida, el mismo que fue expedido el 03.04.2009, Diploma registrado con el Nº 480, registrado a Fojas 041 del Tomo 032-T, para el efecto, adjunta los documentos consignados en el item VI de la Directiva Nº 001-2014-SG; y De conformidad al acuerdo de Consejo Universitario de fecha 15 de Setiembre del 2016.

INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Aprueban expedición de duplicado de diploma del Grado Académico de Bachiller en Ciencias de la Universidad Nacional de Ingeniería
UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 1690 Lima, 3 de noviembre de 2016 Visto el Expediente STDUNI Nº 2016-115916 presentado por el señor JUAN ENRIQUE AURELIO ECHECOPAR TALLERI, quien solicita duplicado de su diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Industrial; CONSIDERANDO: Que, el señor JUAN ENRIQUE AURELIO ECHECOPAR TALLERI identificado con DNI Nº 10220747 egresado de esta Casa de Estudios, mediante el expediente del visto solicita la expedición del duplicado de su diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Industrial; por pérdida, adjuntando la documentación sustentatoria respectiva, según lo dispuesto en el Reglamento de Duplicado de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales, aprobado por Resolución Rectoral Nº 0122, del 18 de enero del 2008, modificado por Resolución Rectoral Nº 1685 del 08 de noviembre de 2013; Que, la Unidad de Grados y Títulos de la Secretaría General, mediante Informe Nº 466-2016-UNI/SG/GT de fecha 14.10.2016, precisa que el diploma del señor JUAN ENRIQUE AURELIO ECHECOPAR TALLERI, se encuentra registrado en el Libro de Registro de Bachilleres Nº 01, página 139, con el número de registro 2216; Que, la Comisión Académica del Consejo Universitario, en su Sesión Nº 35-2016, realizada el 24 de octubre del 2016, previa revisión y verificación del expediente, acordó proponer al Consejo Universitario la aprobación del duplicado de diploma del Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Industrial del señor JUAN ENRIQUE AURELIO ECHECOPAR TALLERI; Estando a lo acordado por el Consejo Universitario en su Sesión Extraordinaria Nº 17 de fecha 26 de octubre del 2016, y de conformidad con las atribuciones conferidas en el Art. 25º del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.