Norma Legal Oficial del día 24 de febrero del año 2017 (24/02/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano / Viernes 24 de febrero de 2017

NORMAS LEGALES

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Artículo Cuarto.- PÓNGASE la presente resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, Gerencia de Informática de la Gerencia General del Poder Judicial, Oficina Desconcentrada del Control de la Magistratura de Lima Este, Jefatura de la Oficina de Administración Distrital y Área Funcional del Servicio de Notificaciones - SERNOT, y Área de Imagen y Prensa de esta Corte Superior de Justicia, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JIMMY GARCIA RUIZ Presidente 1489530-1

y de esta manera coadyuvar a descentralizar y mejorar el servicio de notificaciones dentro del ámbito jurisdiccional administrativo del Distrito Judicial de Lima Este, por lo que en ese sentido resulta atendible lo solicitado, debiendo dictarse el acto administrativo correspondiente. En uso de las atribuciones conferidas en los incisos 3) y 9) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- IMPLEMENTAR Y PONER en funcionamiento la Oficina de Casillas Judiciales Físicas en la Sede Judicial Matucana, ubicada en el Jirón Ayacucho N° 115, Distrito de Matucana, Provincia de Huarochirí, Departamento de Lima, cuyo funcionamiento estará a cargo del Área Funcional de Servicio de Notificaciones - SERNOT; quien será el responsable de su óptimo funcionamiento en estricto cumplimiento de las disposiciones dictadas en la presente resolución y demás normas que regulan la materia. Artículo Segundo.- ESTABLECER que la Oficina de Casillas Judiciales de la Sede Matucana, inicie sus actividades habilitando Apartados Judiciales a partir del N° 31,001 al N° 33,000, en concordancia con lo registrado en el Sistema SERNOT y Sistema Integrado Judicial - SIJ; y su funcionamiento deberá ser regulado por la Directiva N° 008-2010-CE-PJ, que establece los "Procedimientos para la Administración de la Oficina de Casillas Judiciales y Uso de Apartados Judiciales en la diferentes Sedes Judiciales del Ámbito Nacional", aprobada por la Resolución Administrativa N° 378-2010-CE-PJ. Artículo Tercero.- DISPONER el funcionamiento de una Oficina Desconcentrada del Servicio de Notificaciones - SERNOT la cual diligenciará en los Distritos de Matucana, San Mateo de Huanchor y San Jerónimo de Surco de la Provincia de Huarochirí, las notificaciones emitidas por los órganos jurisdiccionales de la Corte Suprema de Justicia de la República y las Cortes Superiores de Justicia del país, en estricto cumplimiento de las normas procesales vigentes. Artículo Cuarto.- PÓNGASE la presente resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, Gerencia de Informática de la Gerencia General del Poder Judicial, Oficina Desconcentrada del Control de la Magistratura de Lima Este, Jefatura de la Oficina de Administración Distrital y Área Funcional del Servicio de Notificaciones - SERNOT, y Área de Imagen y Prensa de esta Corte Superior de Justicia, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JIMMY GARCIA RUIZ Presidente 1489563-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 139-2017-P-CSJLE/PJ Mediante Oficio Nº 735-2017-SG-CSJLE/PJ, la Corte Superior de Justicia de Lima Este solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Administrativa Nº 139-2017-P-CSJLE/PJ, publicada en la edición del 16 de febrero de 2017. - En el Artículo Primero: DICE: (...)
Enrique Ventura Joyo Jefe de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo.

Implementan y ponen en funcionamiento la Oficina de Casillas Judiciales Físicas en la Sede Judicial Matucana de la Corte Superior de Justicia de Lima Este
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA ESTE PRESIDENCIA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 163-2017-P-CSJLE/PJ Ate, 21 de febrero de 2017 VISTOS: El artículo 158° del Código Procesal Civil modificado por la Ley N° 30293, Resolución Administrativa N° 378-2010-CE-PJ del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y el Oficio N° 285-2017-ADM-CSJLE/PJ; y CONSIDERANDO: Primero.- Que, con fecha 12 de diciembre del 2014, el Congreso de la República, a efectos de brindar nuevas herramientas para la celeridad de los procesos civiles, y a la vez, modernizar algunos requisitos y formalidades, mediante Ley N° 30293 modificó el artículo 158° del Código Procesal Civil y en su segundo párrafo señala "En los demás casos y considerando la progresiva aplicación de la notificación electrónica que determine en cada especialidad el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la cédula se entrega únicamente en la casilla física correspondiente al abogado patrocinante en la Oficina de Casillas Judiciales del Distrito Judicial o del Colegio de Abogados respectivo. Para tal efecto, el abogado patrocinante, debe contar con la respectiva casilla." Segundo.- Mediante Resolución Administrativa N° 378-2010-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprueba la Directiva N° 008-2010-CE-PJ, que establece los "Procedimientos para la Administración de la Oficina de Casillas Judiciales y Uso de Apartados Judiciales en la Diferentes Sedes Judiciales del Ámbito Nacional" estableciendo que las Oficinas de Casillas Judiciales tienen como finalidad a través de nuevos mecanismos de seguridad garantizar la recepción y entrega oportuna de notificaciones judiciales a los abogados, representantes facultados para ello y/o litigantes sin defensa cautiva, con el propósito de coadyuvar a los principios de celeridad y economía procesal. Tercero.- Por oficio de Vistos, el Jefe de la Oficina de Administración Distrital, remite el Informe N° 0052017-AFSN-ADM-CSJLE/PJ del Responsable del Área Funcional del Servicio de Notificaciones - SERNOT, mediante el cual se solicita la emisión de una resolución administrativa que disponga la Implementación y puesta en funcionamiento de la Oficina de Casillas Judiciales Físicas en la Sede Judicial Matucana, ubicada en Jirón Ayacucho N° 115, Distrito de Matucana, Provincia de Huarochirí, Departamento de Lima., la cual estará a cargo del Encargado del Área Funcional de Servicios de Notificaciones - SERNOT. Cuarto.- Teniéndose en cuenta que el petitorio formulado por la referida Área Funcional responde al propósito de satisfacer el requerimiento de los señores abogados patrocinantes de aperturar Apartados Judiciales

(...)

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