Norma Legal Oficial del día 04 de julio del año 2017 (04/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano / Martes 4 de julio de 2017

NORMAS LEGALES

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Disponen apertura excepcional de procedimiento para otorgamiento de permiso de operación y otorga plazos para inscripción de unidades a personas jurídicas autorizadas para prestar servicio de transporte público especial en vehículos menores
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 014-2017-MPH Huaral, 12 de mayo de 2017 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL POR CUANTO: EL CONCEJO PROVINCIAL DE HUARAL VISTO: en Sesión de Concejo Ordinaria de la fecha el Proyecto de Ordenanza que establece disposición relativas a la Apertura el Procedimiento de Otorgamiento de Permiso de Operación y Ampliación de Plazos para Incremento de Flota Vehiculares e incorpora una disposición a la Ordenanza Nº 015-2016-MPH, y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado en su artículo 194º, modificado por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, precisa que tanto los Gobiernos Locales, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el inciso 3.2 del numeral 3, del artículo 81º, de la Ley Nº 27972, ley Orgánica de Municipalidades, establece que las Municipalidades Distritales pueden otorgar licencias para la circulación de vehículos menores y demás, de acuerdo con lo dispuesto en la regulación provincial. Que, el artículo 3 de la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, establece que la acción estatal en materia de transporte y tránsito terrestre se orienta a la satisfacción de las necesidades de los usuarios y al resguardo de sus convicciones de seguridad y salud, así como a la protección del ambiente y la comunidad en su conjunto. Que, la ley Nº 27189, Ley de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores, en sus artículo 1º reconoce al Servicio de Transporte Público Especial de pasajeros en Vehículos Menores, Mototaxis y similares complementario y auxiliar, como un medio de transporte vehicular terrestre. Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 055-2010-MTC, que aprobó el Reglamento Nacional de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Motorizados o No Motorizados, dispone que la Municipalidad Distrital Competente podrá dictar disposiciones complementarias necesarias sobre aspectos administrativos y operativos del servicio especial de acuerdo a las condiciones de su jurisdicción. Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 015-2016MPH, se Aprueba el Reglamento que Regula el Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores Motorizados y No Motorizados en el Distrito de Huaral. Que, con la opinión favorable de los Informe Nº 068-2017-MPH/GTTSV de la Gerencia de Transporte Transito y Seguridad Vial y el Informe Nº 0333-2017MPH/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica. Que, estando a los fundamentos antes expuestos y en uso de las facultades conferidas en el Artículo 9º, numeral 8º y el Artículo 81 de la Ley Nº 27972 Ley

Orgánica de Municipalidades con el voto unánime de los señores miembros del Pleno del Concejo y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se aprobó lo siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE DISPONE LA APERTURA EXCEPCIONAL DEL PROCEDIMIENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE PERMISO DE OPERACIÓN Y OTORGA PLAZOS PARA LA INSCRIPCIÓN DE UNIDADES A PERSONAS JURÍDICAS AUTORIZADAS PARA PRESTAR EL SERVICIO DE TRANSPORTE PUBLICO ESPECIAL DE PASAJEROS Y CARGA EN VEHÍCULOS MENORES MOTORIZADOS Y NO MOTORIZADOS EN EL DISTRITO DE HUARAL, E INCORPORA UNA DISPOSICIÓN FINAL A LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 015-2016-MPH DISPOSICIONES GENERALES Artículo Primero.- DISPONER la apertura por un periodo de 15 días hábiles, el Procedimiento de Otorgamiento de Permiso de Operación a aquellas personas jurídicas, cuyos integrantes o parte de ellos hayan pertenecido a una persona jurídica que haya contado con permiso de operaciones otorgado por la Municipalidad Provincial de Huaral, acreditándolo con la documentación correspondiente, además deberán cumplir con los requisitos exigidos en el artículo 12º de la Ordenanza Municipal Nº 015-2016-MPH, y contar con el informe favorable de la Gerencia de Transito, Transporte y Seguridad Vial. Vencido dicho periodo, se suspende el otorgamiento de Permisos de Operación, hasta la implementación del Plan Regulador que se refiere en la Ordenanza Municipal Nº 015-2016-MPH. Artículo Segundo.- OTORGAR un plazo de 60 días calendario, para que el transportador autorizado para prestar el Servicio Especial en Vehículos Menores en el distrito de Huaral, puedan solicitar ante la Gerencia de Transporte, Transito y Seguridad Vial, el incremento de unidades a su flota vehicular, de los vehículos que vienen prestando el servicio especial sin autorización correspondiente, en forma racionada, con el objeto de formalizar a estos vehículos informales, previo cumplimiento de los requisitos exigidos en la Ordenanza Municipal Nº 015-2016-MPH. Artículo Tercero.- INCORPORAR la Décima Disposición Final en la Ordenanza Municipal Nº 0152016-MPH, la misma que queda redactada de la siguiente manera: Décima Disposición Final.- DISPÓNGASE la publicación de la presente Ordenanza y sus anexos en la página web de la Municipalidad Provincial de Huaral". DISPOSICIONES FINALES Primera.- Ordenar a la Gerencia de Transporte, Transito y Seguridad Vial, el fiel cumplimiento de lo establecido en la presente Ordenanza. Segunda.- Lo establecido en la presente Ordenanza, regirá a partir del día siguiente de la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano. Tercera.- Colgar la presente ordenanza, en la página web de la Municipalidad Provincial de Huaral. Regístrese, comuníquese, publíquese, y cúmplase. ANA AURORA KOBAYASHI KOBAYASHI Alcaldesa de Huaral 1539307-1

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