Norma Legal Oficial del día 04 de julio del año 2017 (04/07/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano / Martes 4 de julio de 2017

NORMAS LEGALES
j) Clave SOL

31
: Al texto conformado por números y letras de conocimiento exclusivo del usuario, que asociado al código de usuario otorga privacidad en el acceso a SUNAT Operaciones en Línea. : Al número de pago SUNAT a que se refiere el inciso e) del artículo 1° de la Resolución de Superintendencia Nº 038-2010/ SUNAT, que dicta medidas para facilitar el pago de la deuda tributaria a través de SUNAT Virtual o en los bancos habilitados utilizando el número de pago SUNAT ­ NPS y normas modificatorias. : Al EsSalud o a la ONP de manera independiente. : Al Seguro Social de Salud. : A la Oficina de Normalización Previsional.

resolución por considerar que ello resulta impracticable en tanto de acuerdo al párrafo 17.2 del artículo 17 del Decreto Legislativo Nº 1275 el acogimiento al Régimen de Sinceramiento de Deudas por Aportaciones al EsSalud y a la ONP se puede realizar desde la entrada en vigencia de la resolución de superintendencia que establece la forma y condiciones para la presentación de la solicitud y hasta el 31 de julio de 2017; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 17 del Decreto Legislativo Nº 1275, la primera disposición complementaria final del Reglamento del Régimen de Sinceramiento de Deudas por Aportaciones al EsSalud y la ONP aprobado por Decreto Supremo Nº 167-2017EF; el inciso b) del artículo 104° del Código Tributario aprobado por el Decreto Legislativo Nº 816 cuyo último Texto Único Ordenado ha sido aprobado por el Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y normas modificatorias, el artículo 11° del Decreto Legislativo Nº 501 y normas modificatorias; el artículo 5° de la Ley Nº 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT y normas modificatorias; y el inciso o) del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por la Resolución de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT y normas modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- DEFINICIONES Para efecto de la presente resolución se aplican las definiciones previstas en el artículo I del Título Preliminar del Reglamento del Régimen de Sinceramiento de Deudas por Aportaciones al EsSalud y la ONP aprobado por el Decreto Supremo Nº 167-2017-EF, así como las siguientes:
a) Reglamento : Al Reglamento del Régimen de Sinceramiento de Deudas por Aportaciones al EsSalud y a la ONP aprobado por el Decreto Supremo Nº 167-2017-EF.

k) NPS

l)

Ente

m) EsSalud n) ONP

Cuando se haga mención a un artículo sin indicar la norma a la que corresponde, se entenderá referido a la presente resolución. Asimismo, cuando se haga mención a un numeral, inciso o literal sin indicar el artículo al que corresponde, se entenderá referido al artículo en el que se encuentre. Artículo 2.- FINALIDAD La presente resolución tiene por finalidad aprobar las normas que regulan la forma y condiciones para la presentación de la Solicitud de acogimiento al Régimen de Sinceramiento y para el pago al contado de dicho régimen. Artículo 3.- DE LA SOLICITUD DE ACOGIMIENTO Los sujetos comprendidos en el artículo 2 del Reglamento deben tener en cuenta lo siguiente para efecto de elaborar la Solicitud de acogimiento: 3.1 Deuda Personalizada Los deudores tributarios deberán obtener la deuda personalizada mediante el pedido de deuda ingresando a SUNAT Operaciones en Línea con su código de usuario y clave SOL. La obtención de la deuda personalizada es obligatoria para la presentación del Formulario Virtual Nº 1701 ­ "Formulario Virtual de Fraccionamiento ­ Decreto Legislativo Nº 1275" y debe realizarse de manera independiente según se trate de deudas por aportaciones al EsSalud o a la ONP. La deuda personalizada se encontrará actualizada a la fecha que se efectúe el pedido de deuda. Una vez solicitado el pedido de deuda, el sistema mostrará la deuda personalizada; así como el monto del tributo insoluto y el saldo del beneficio pendiente de pago actualizado conforme a lo dispuesto en los párrafos 14.2 y 14.3 del artículo 14 del Decreto Legislativo y el artículo 4 del Reglamento que se generaría de aprobarse la Solicitud de acogimiento. 3.2 Forma y condiciones para la generación de la solicitud La presentación de la Solicitud de acogimiento debe realizarse en la fecha en que el solicitante obtiene la deuda personalizada. Para la generación y presentación de la solicitud a través del Formulario Virtual Nº 1701 ­ "Formulario Virtual de Fraccionamiento - Decreto Legislativo Nº 1275", el solicitante debe: a) Ingresar a SUNAT Operaciones en Línea con su código de usuario y clave SOL. b) Obtener la(s) deuda(s) personalizada(s) a través de la generación del pedido de deuda. c) Ubicar el Formulario Virtual Nº 1701 ­ "Formulario Virtual de Fraccionamiento - Decreto Legislativo Nº 1275".

b) Solicitud de acogimiento : A aquella generada por el Formulario Virtual Nº 1701 -"Formulario Virtual de Fraccionamiento ­ Decreto Legislativo Nº 1275". c) Formulario Virtual Nº : Al formulario virtual aprobado 1701 -"Formulario Virtual por la primera disposición de Fraccionamiento ­ complementaria final de Decreto Legislativo Nº la presente resolución de 1275". superintendencia. d) Deuda personalizada : A la deuda materia del Régimen de Sinceramiento del solicitante que es factible de acogimiento a dicho régimen, que se obtiene a través de la generación del pedido de deuda a que se refiere el inciso e) del presente artículo. : A la generación en SUNAT Operaciones en Línea de la deuda personalizada siguiendo las instrucciones del sistema. : Al Registro Contribuyentes. Único de

e) Pedido de deuda

f) RUC g) SUNAT Virtual

: Al Portal de la SUNAT en la Internet, cuya dirección es: http:// www.sunat.gob.pe

h) SUNAT Operaciones en : Al sistema informático disponible Línea en la internet regulado por la Resolución de Superintendencia Nº 109-2000/SUNAT y normas modificatorias, que permite que se realicen operaciones en forma telemática entre el usuario y la SUNAT. i) Código de usuario : Al texto conformado por números y letras, que permite identificar al usuario que ingresa a SUNAT Operaciones en Línea.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.