Norma Legal Oficial del día 06 de julio del año 2017 (06/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Jueves 6 de julio de 2017
A LA:

NORMAS LEGALES
En Soles

11

SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO : Gobiernos Regionales PROGRAMA PRESUPUESTAL 0090 : Logros de Aprendizaje de Estudiantes de la Educación Básica Regular PRODUCTO 3000385 : Instituciones Educativas con Condiciones para el Cumplimiento de Horas Lectivas Normadas ACTIVIDAD 5005628 : Contratación Oportuna y Pago del Personal Docente y Promotoras de las Instituciones Educativas de Educación Básica Regular FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios 30 259 004,00 5 469 000,00

1.2 Los pliegos habilitados en el numeral 1.1 del presente artículo y los montos de transferencia por pliego, se detallan en el Anexo 1 "Transferencia para financiar el pago de la Asignación por Tiempo de Servicios y Compensación de Tiempo de Servicios"; Anexo 2 "Transferencia para financiar el pago de Subsidio por Luto y Sepelio", Anexo 3 "Transferencia para financiar la Contratación de Docentes para la implementación de la intervención Refuerzo Escolar"; y Anexo 4 "Transferencia para financiar la sostenibilidad de las plazas de Técnicos Deportivos en Instituciones Educativas Públicas de la Modalidad de Educación Básica Regular", que forman parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en los portales institucionales del Ministerio de Educación (www. minedu.gob.pe) y del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares del pliego habilitador y habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público, las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Del refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por la Ministra de Educación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cinco días del mes de julio del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y Finanzas MARILÚ DORIS MARTENS CORTÉS Ministra de Educación 1540742-2

GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 2.2 Pensiones y Otras Prestaciones Sociales PROGRAMA PRESUPUESTAL 0106 :

PRODUCTO ACTIVIDAD

Inclusión de niños, niñas y jóvenes con discapacidad en la Educación Básica y Técnico Productiva 3000790 : Personal Contratado Oportunamente 5005877 : Contratación oportuna y pago de personal en Instituciones Educativas Inclusivas, Centros de Educación Básica Especial y Centros de Recursos 1 : Recursos Ordinarios 143 455,00 45 000,00

FUENTE DE FINANCIAMIENTO

GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 2.2 Pensiones y Otras Prestaciones Sociales ACCIONES CENTRALES ACTIVIDAD 5000003 : 1 :

Gestión Administrativa Recursos Ordinarios 86 494,00 12 000,00

FUENTE DE FINANCIAMIENTO

GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 2.2 Pensiones y Otras Prestaciones Sociales ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000661 :

FUENTE DE FINANCIAMIENTO

Desarrollo de la Educación Laboral y Técnica 1 : Recursos Ordinarios 153 000,00 57 000,00

GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 2.2 Pensiones y Otras Prestaciones Sociales ACTIVIDAD 5000681 :

FUENTE DE FINANCIAMIENTO

Desarrollo del Ciclo Avanzado de la Educación Básica Alternativa 1 : Recursos Ordinarios 312 352,00 138 000,00

GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 2.2 Pensiones y Otras Prestaciones Sociales ACTIVIDAD 5000683 :

Desarrollo del Ciclo Intermedio de la Educación Básica Alternativa Recursos Ordinarios 105 214,00 36 000,00 ------------------36 816 519,00 ===========

FUENTE DE FINANCIAMIENTO

1 :

GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 2.2 Pensiones y Otras Prestaciones Sociales TOTAL EGRESOS

Aceptan Cooperación Técnica No Reembolsable destinada a financiar la formulación del estudio de preinversión del Proyecto de Inversión Forestal en el eje de Atalaya, Región Ucayali
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 019-2017-EF Lima, 5 de julio de 2017

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