Norma Legal Oficial del día 06 de julio del año 2017 (06/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

Jueves 6 de julio de 2017 /

El Peruano

Designan Unidades Formuladoras Sector Educación y sus Responsables
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 390-2017-MINEDU Lima, 5 de julio de 2017

del

Vistos, el Informe N° 0142-2017-MINEDU/SPEOPEP-UPI de la Unidad de Programación e Inversiones de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica, y el Informe N° 616-2017-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1252, en adelante la Ley, se crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones como sistema administrativo del Estado, con la finalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país, derogando la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública; aprobándose su Reglamento con Decreto Supremo N° 027-2017-EF, modificado por Decreto Supremo N° 104-2017-EF, en adelante el Reglamento; Que, el numeral 5.1 del artículo 5 de la Ley, establece que son órganos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones: la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas; así como, los Órganos Resolutivos, las Oficinas de Programación Multianual de Inversiones, las Unidades Formuladoras y las Unidades Ejecutoras de Inversiones del Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local; Que, el numeral 5.5 del artículo 5 de la Ley, señala que las Unidades Formuladoras acreditadas del Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local para la fase de Formulación y Evaluación son responsables de aplicar los contenidos, las metodologías y los parámetros de formulación; elaborar las fichas técnicas y los estudios de preinversión requeridos teniendo en cuenta los objetivos, metas e indicadores previstos en la fase de Programación Multianual y de su aprobación o viabilidad, cuando corresponda; Que, el literal d) del artículo 6 del Reglamento, señala que le corresponde al Titular o máxima autoridad del Sector, designar al Responsable(s) de la(s) Unidad(es) formuladora(s) de su Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local, siempre que cumplan con el perfil profesional establecido por la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones; Que, el numeral 4.4 del artículo 4 de la Directiva N° 001-2017-EF/63.01 "Directiva para la Programación Multianual en el Marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones", aprobada por Resolución Directoral N° 001-2017EF/63.01, establece que el Titular de la entidad, como órgano resolutivo, designa al órgano que realizará las funciones de Unidad Formuladora (UF), así como a su Responsable, quien debe cumplir con el perfil profesional establecido en el Anexo Nº 02 de dicha Directiva: Perfil Profesional del Responsable de la Unidad Formuladora; Que, mediante Resolución Ministerial N° 291-2017MINEDU, se designó a la Unidad de Programación e Inversiones de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica, como órgano encargado de cumplir las funciones de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones del Sector Educación; Que, mediante el Informe N° 0142-2017-MINEDU/ SPE-OPEP-UPI la Unidad de Programación e Inversiones otorga su conformidad, y propone la designación de las Unidades Formuladoras del Sector Educación, y sus Responsables, adjuntando los Formatos N° 02 para su registro en el Banco de Inversiones; Con el visado del Viceministro de Gestión Institucional, de la Viceministra de Gestión Pedagógica, del Secretario General, de la Unidad de Programación e Inversiones, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y deroga la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública; y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2017-EF, modificado por Decreto Supremo N° 104-2017-EF; la Directiva Nº 001-2017EF/63.01, Directiva para la Programación Multianual en el Marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobada por Resolución Directoral Nº 001-2017-EF/63.01; y el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a la Dirección General de Educación Superior Universitaria - DIGESU como órgano encargado que cumplirá las funciones de Unidad Formuladora, y como responsable de dicha unidad a la señora Ana Lisette Carlín Montenegro. Artículo 2.- Designar a la Oficina de Planificación y Presupuesto del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa ­ SINEACE, como órgano encargado que cumplirá las funciones de Unidad Formuladora, y como responsable de dicha unidad al señor Ernesto Luis Páucar Alfaro. Artículo 3.- Designar a la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural - DIGEIBIRA, como órgano encargado que cumplirá las funciones de Unidad Formuladora, y como responsable de dicha unidad al señor Manuel Salomón Grandez Fernández. Artículo 4.- Designar a la Dirección de Apoyo a la Gestión Educativa Descentralizada ­ DAGED de la Dirección General de Gestión Descentralizada ­ DIGEGED, como órgano encargado que cumplirá las funciones de Unidad Formuladora, y como responsable de dicha unidad al señor Víctor Hugo Cárdenas Rodríguez. Artículo 5.- Designar a la Dirección General de Educación Técnica Productiva y Superior Tecnológica y Artística ­ DIGESUTPA, como órgano encargado que cumplirá las funciones de Unidad Formuladora, y como responsable de dicha unidad al señor Roger Leonel Uscanaita Apaza. Artículo 6.- Disponer que la Oficina de Programación Multianual de Inversiones del Sector Educación, registre en el aplicativo informático del Banco de Inversiones, a las Unidades Formuladoras designadas mediante la presente resolución, y a sus Responsables. Así como, remitir copia de la presente resolución al Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 7.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Sistema de Información Jurídica de Educación ­ SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARILÚ MARTENS CORTÉS Ministra de Educación 1540681-1

Aprueban Normas Técnicas que establecen disposiciones para el otorgamiento, ejecución y rendición de cuentas de subvenciones otorgadas a favor de entidades privadas sin fines de lucro para la gestión de servicios educativos gratuitos en Instituciones Educativas del Nivel de Educación Primaria y Secundaria, ubicadas en Zonas Rurales
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 391-2017-MINEDU Lima, 5 de julio de 2017

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