Norma Legal Oficial del día 06 de julio del año 2017 (06/07/2017)
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TEXTO DE LA PÁGINA 14
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NORMAS LEGALES
Jueves 6 de julio de 2017 /
El Peruano
Designan Unidades Formuladoras Sector Educación y sus Responsables
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 390-2017-MINEDU Lima, 5 de julio de 2017
del
Vistos, el Informe N° 0142-2017-MINEDU/SPEOPEP-UPI de la Unidad de Programación e Inversiones de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica, y el Informe N° 616-2017-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1252, en adelante la Ley, se crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones como sistema administrativo del Estado, con la finalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país, derogando la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública; aprobándose su Reglamento con Decreto Supremo N° 027-2017-EF, modificado por Decreto Supremo N° 104-2017-EF, en adelante el Reglamento; Que, el numeral 5.1 del artículo 5 de la Ley, establece que son órganos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones: la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas; así como, los Órganos Resolutivos, las Oficinas de Programación Multianual de Inversiones, las Unidades Formuladoras y las Unidades Ejecutoras de Inversiones del Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local; Que, el numeral 5.5 del artículo 5 de la Ley, señala que las Unidades Formuladoras acreditadas del Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local para la fase de Formulación y Evaluación son responsables de aplicar los contenidos, las metodologías y los parámetros de formulación; elaborar las fichas técnicas y los estudios de preinversión requeridos teniendo en cuenta los objetivos, metas e indicadores previstos en la fase de Programación Multianual y de su aprobación o viabilidad, cuando corresponda; Que, el literal d) del artículo 6 del Reglamento, señala que le corresponde al Titular o máxima autoridad del Sector, designar al Responsable(s) de la(s) Unidad(es) formuladora(s) de su Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local, siempre que cumplan con el perfil profesional establecido por la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones; Que, el numeral 4.4 del artículo 4 de la Directiva N° 001-2017-EF/63.01 "Directiva para la Programación Multianual en el Marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones", aprobada por Resolución Directoral N° 001-2017EF/63.01, establece que el Titular de la entidad, como órgano resolutivo, designa al órgano que realizará las funciones de Unidad Formuladora (UF), así como a su Responsable, quien debe cumplir con el perfil profesional establecido en el Anexo Nº 02 de dicha Directiva: Perfil Profesional del Responsable de la Unidad Formuladora; Que, mediante Resolución Ministerial N° 291-2017MINEDU, se designó a la Unidad de Programación e Inversiones de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica, como órgano encargado de cumplir las funciones de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones del Sector Educación; Que, mediante el Informe N° 0142-2017-MINEDU/ SPE-OPEP-UPI la Unidad de Programación e Inversiones otorga su conformidad, y propone la designación de las Unidades Formuladoras del Sector Educación, y sus Responsables, adjuntando los Formatos N° 02 para su registro en el Banco de Inversiones; Con el visado del Viceministro de Gestión Institucional, de la Viceministra de Gestión Pedagógica, del Secretario General, de la Unidad de Programación e Inversiones, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y deroga la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública; y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2017-EF, modificado por Decreto Supremo N° 104-2017-EF; la Directiva Nº 001-2017EF/63.01, Directiva para la Programación Multianual en el Marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobada por Resolución Directoral Nº 001-2017-EF/63.01; y el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a la Dirección General de Educación Superior Universitaria - DIGESU como órgano encargado que cumplirá las funciones de Unidad Formuladora, y como responsable de dicha unidad a la señora Ana Lisette Carlín Montenegro. Artículo 2.- Designar a la Oficina de Planificación y Presupuesto del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa SINEACE, como órgano encargado que cumplirá las funciones de Unidad Formuladora, y como responsable de dicha unidad al señor Ernesto Luis Páucar Alfaro. Artículo 3.- Designar a la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural - DIGEIBIRA, como órgano encargado que cumplirá las funciones de Unidad Formuladora, y como responsable de dicha unidad al señor Manuel Salomón Grandez Fernández. Artículo 4.- Designar a la Dirección de Apoyo a la Gestión Educativa Descentralizada DAGED de la Dirección General de Gestión Descentralizada DIGEGED, como órgano encargado que cumplirá las funciones de Unidad Formuladora, y como responsable de dicha unidad al señor Víctor Hugo Cárdenas Rodríguez. Artículo 5.- Designar a la Dirección General de Educación Técnica Productiva y Superior Tecnológica y Artística DIGESUTPA, como órgano encargado que cumplirá las funciones de Unidad Formuladora, y como responsable de dicha unidad al señor Roger Leonel Uscanaita Apaza. Artículo 6.- Disponer que la Oficina de Programación Multianual de Inversiones del Sector Educación, registre en el aplicativo informático del Banco de Inversiones, a las Unidades Formuladoras designadas mediante la presente resolución, y a sus Responsables. Así como, remitir copia de la presente resolución al Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 7.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Sistema de Información Jurídica de Educación SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARILÚ MARTENS CORTÉS Ministra de Educación 1540681-1
Aprueban Normas Técnicas que establecen disposiciones para el otorgamiento, ejecución y rendición de cuentas de subvenciones otorgadas a favor de entidades privadas sin fines de lucro para la gestión de servicios educativos gratuitos en Instituciones Educativas del Nivel de Educación Primaria y Secundaria, ubicadas en Zonas Rurales
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 391-2017-MINEDU Lima, 5 de julio de 2017