Norma Legal Oficial del día 08 de julio del año 2017 (08/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Sábado 8 de julio de 2017

NORMAS LEGALES

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Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza mediante el artículo 1º de la presente Resolución, presentará al Ministro de Comercio Exterior y Turismo un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en las reuniones a las que asistirá; asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO FERREYROS KÜPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1540803-1

adjuntar a su solicitud los requisitos exigidos para el otorgamiento de la resolución de inafectación; Que, con Informe Nº 000245-2017/DGIA/VMPCIC/MC de fecha 27 de junio de 2017, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes concluye que la prestación de servicios culturales de la Asociación Civil Castillo de Chancay, se encuentra acorde al objeto que consta en el Estatuto de dicha institución cultural; De conformidad con lo dispuesto por el segundo párrafo del inciso g) del artículo 2 del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF; la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013MC; y, el Decreto Supremo Nº 075-97-EF, modificado por Decreto Supremo Nº 018-2013-EF, que aprueba los requisitos y procedimientos a seguir para autorizar la inafectación del Impuesto General a las Ventas en favor de las instituciones culturales; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la inafectación del Impuesto General a las Ventas, respecto a la prestación de servicios culturales de la Asociación Civil Castillo de Chancay, conforme se indica en su Estatuto. La inafectación se aplicará durante el tiempo que dure la calificación otorgada por el Ministerio de Cultura mediante la Resolución Directoral Nº 196-2017-DGIA-VMPCIC/MC. Artículo 2.- Transcríbase la presente Resolución Suprema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT). Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Cultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República SALVADOR DEL SOLAR LABARTHE Ministro de Cultura 1541875-2

CULTURA
Autorizan inafectación del IGV, respecto a la prestación de servicios culturales de la Asociación Civil Castillo de Chancay
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 011-2017-MC Lima, 7 de julio de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 075-97-EF, modificado por Decreto Supremo Nº 018-2013-EF, se aprueban los requisitos y procedimientos a seguir para autorizar la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) en favor de las instituciones culturales; Que, el artículo 1 del mencionado Decreto Supremo establece que solo se podrá autorizar como operaciones no gravadas con el Impuesto General a las Ventas, entre otras, la prestación de servicios culturales acorde al objeto de cada institución cultural definido en su Estatuto; Que, asimismo, el artículo 2 del referido Decreto Supremo dispone que para la expedición de la Resolución Suprema que autorice la inafectación del Impuesto General a las Ventas, las instituciones culturales deberán adjuntar a su solicitud, copia del documento que acredite la calificación del Ministerio de Cultura, como asociación cultural; copia literal de la ficha registral de inscripción de la asociación o fundación en la Oficina de los Registros Públicos correspondientes, copia de la resolución que acredite su inscripción en el Registro de Entidades Exoneradas del Impuesto a la Renta que lleva la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, y el detalle del objeto de la institución cultural de acuerdo a su Estatuto; además, se señala que la inafectación se aplicará por el tiempo que dure la calificación otorgada por el Ministerio de Cultura; Que, a través de la Resolución Directoral Nº 196-2017-DGIA-VMPCIC/MC de fecha 26 de mayo de 2017, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes del Ministerio de Cultura otorga el reconocimiento como Asociación Cultural a la Asociación Civil Castillo de Chancay, por una vigencia de dos (2) años renovables; Que, mediante Formulario FP07DGIA, de fecha 01 de junio de 2017, el señor Juan Wiston Barreto Boggio, Presidente de la Asociación Civil Castillo de Chancay, solicita la inafectación al Impuesto General a las Ventas respecto a la prestación de servicios culturales acorde al objeto de la Asociación Cultural, definido en su Estatuto; Que, con Informe Nº 000469-2017/DIA/DGIA/ VMPCIC/MC de fecha 19 de junio de 2017, la Dirección de Artes manifiesta que la prestación de servicios culturales de la Asociación Civil Castillo de Chancay, cumple con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 075-97-EF y su modificatoria, por cuanto estos se circunscriben al ámbito cultural, y que asimismo, la solicitante ha cumplido con

DEFENSA
Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra del Perú para participar en el Programa Médico Esperanza Amazónica del Perú
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 940-2017 DE/MGP Lima, 6 de julio de 2017 Vista, la Carta G.500-3151 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 28 de junio de 2017; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 1539-2017-MINDEF/SG, de fecha 23 de mayo de 2017, la Secretaria General del Ministerio de Defensa, hace de conocimiento a la Secretaria General de la Presidencia de la República, que en relación a la invitación cursada por la Organización Vine Trust, la Teniente Segundo Giuliana Andrea HERRERA Morán, ha sido designada para que participe en el "Programa Médico Esperanza Amazónica del Perú", a bordo del barco MV Forth Hope; Que, con Carta Nº 001-2017 - MINDEF - PMEAP, de fecha 26 de mayo de 2017, la Directora Ejecutiva del Programa Médico Esperanza Amazónica del Perú, ha informado a la Secretaria General del Ministerio de Defensa, que la fecha de zarpe de la referida

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