Norma Legal Oficial del día 14 de julio del año 2017 (14/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2458-2017-MP-FN

Viernes 14 de julio de 2017 /

El Peruano

Lima, 11 de julio de 2017 VISTO Y CONSIDERANDO: El escrito del abogado Juan Manuel Pariamachi Valdivieso, mediante el cual eleva su solicitud de renuncia al cargo de Fiscal Superior Provisional del Distrito Fiscal de Ucayali y a su designación en el Despacho de la Fiscalía Superior Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Fiscal de Ucayali, así como a su designación como Coordinador Superior del referido Despacho Fiscal; solicitando retornar a su cargo de carrera. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Juan Manuel Pariamachi Valdivieso, como Fiscal Superior Provisional del Distrito Fiscal de Ucayali y su designación en el Despacho de la Fiscalía Superior Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Fiscal de Ucayali, así como a su designación como Fiscal Superior Coordinador del referido Despacho Fiscal, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nº 5417-2015-MP-FN, Nº 856-2016-MP-FN y Nº 2030-2016-MP-FN, de fechas 29 de octubre de 2015, 22 de febrero y 03 de mayo de 2016; respectivamente. Artículo Segundo.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Edgardo Granada Oquendo, como Fiscal Adjunto Superior Provisional del Distrito Fiscal de Ucayali y su designación en el Despacho de la Primera Fiscalía Superior Civil y Familia de Ucayali, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 5562-2015-MP-FN, de fecha 04 de noviembre de 2015. Artículo Tercero.- Designar al abogado Juan Manuel Pariamachi Valdivieso, Fiscal Adjunto Superior Titular Mixto de Ucayali, Distrito Fiscal de Ucayali, en el Despacho de la Primera Fiscalía Superior Civil y Familia de Ucayali. Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ucayali, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los Fiscales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1543942-14 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2459-2017-MP-FN Lima, 11 de julio de 2017 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 957, se promulgó el Código Procesal Penal, el mismo que establece en su Primera Disposición Final de las Disposiciones Complementarias, que entrará en vigencia progresivamente en los diferentes Distritos Judiciales según el Calendario Oficial. Que, el Decreto Legislativo Nº 958, en sus artículos 16º, 17º y 18º, regula el proceso de implementación y transitoriedad de la mencionada norma procesal, así como la adecuación de denuncias y liquidación de procesos en etapa de investigación. Que, a través del Decreto Supremo Nº 007-2006JUS, se aprobó la actualización del Calendario Oficial de Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal.

Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2016-JUS, se modificó el Calendario Oficial de Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal, especificando en dicha norma que la implementación del mencionado Código, entró en vigencia el 01 de mayo de 2016, en el Distrito Fiscal de Ventanilla. Que, por Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 063-2017-MP-FN-JFS, de fecha 25 de mayo de 2017, se creó, entre otros, el Pool de Fiscales de Ventanilla, en el Distrito Fiscal de Ventanilla, conforme a lo señalado en los oficios Nros. 239 y 278-2017-MP-FN-ETI-NCPP/ST, los mismos que contienen el Diseño de Organización Fiscal y Órganos de Apoyo correspondientes a la implementación complementaria del Código Procesal Penal en el Distrito Fiscal de Ventanilla, elaborado en función a la asignación del segundo tramo presupuestal transferido por el Ministerio de Economía y Finanzas al Ministerio Público; señalando asimismo, que dicho presupuesto se encuentra destinado a cubrir el déficit de personal fiscal y administrativo existente, así como al fortalecimiento de fiscalías del Distrito Fiscal de Ventanilla. Del mismo modo, y de acuerdo a lo dispuesto en la referida Resolución, debe tenerse en cuenta que las plazas fiscales creadas deberán ser cubiertas únicamente con fiscales provisionales. En tal sentido, dada la necesidad de servicio, se hace necesario emitir el resolutivo respectivo en el que se dispongan los nombramientos y designaciones del personal fiscal, que ocuparán las plazas correspondientes para el Pool de Fiscales de Ventanilla, previa verificación de los requisitos de ley. De conformidad con lo expuesto y lo dispuesto por el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar a la abogada Amelia Katy Corzo Crisóstomo, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Ventanilla, designándola en el Pool de Fiscales de Ventanilla. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ventanilla, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la fiscal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1543942-15

Dan por concluida designación y nombramientos, designan y nombran fiscales en los Despachos de las Fiscalías Provinciales Especializadas en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas - Sede Cusco y Sede Andahuaylas
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2455-2017-MP-FN Lima, 11 de julio de 2017 VISTO Y CONSIDERANDO: El oficio Nº 1378-2017-OCEFEDTID-MP-FN, remitido por la Jefa de la Oficina de Coordinación y Enlace de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas, mediante el cual solicita el cambio de Despacho de personal Fiscal. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público;

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