Norma Legal Oficial del día 14 de julio del año 2017 (14/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES

Viernes 14 de julio de 2017 /

El Peruano

Que, con Informe Legal Nº 278-2017-GRJ/ORAJ remitido por el Abog. Freddy Samuel Fernández Huauya ­ Director Regional de Asesoría Jurídica que declara Procedente la emisión de la Ordenanza Regional "Declarando de Necesidad Pública e Interés Regional la Zonificación Forestal y conformación de su equipo técnico de la Región Junín"; Que el Dictamen Nº 07-2017-GRJ-CR-CPRNYGMA, favorable de la Comisión Permanente de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente y de conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 9º,10º,15º y 38º de la Ley Nº 27867- Ley Orgánica de los Gobierno Regionales y su modificatoria y su Reglamento Interno de Consejo, aprobado por Ordenanza Regional Nº 1792014-CRJ/CR, el Consejo Regional ha aprobado por UNANIMIDAD lo siguiente: "ORDENANZA REGIONAL QUE DECLARA DE NECESIDAD PÚBLICA E INTERES REGIONAL LA ZONIFICACION FORESTAL Y CONFORMACION DE SU EQUIPO TÉCNICO DE LA REGIÓN JUNÍN" Artículo Primero.- DECLARAR de Necesidad Pública e Interés Regional la Zonificación Forestal de la Región Junín. Artículo Segundo.- DESIGNAR el Equipo Técnico para facilitar el proceso de Zonificación Forestal de la Región Junín, el cual quedará conformado de la siguiente manera:
GERENCIA REGIONAL DIRECCIÓN/SUB GERENCIA/ OFICINA

Ordenanza Regional que aprueba la modificación del Reglamento de Organización y Funciones -ROF de la Red de Salud Tarma y Hospital II.2 Félix Mayorca Soto
ORDENANZA REGIONAL Nº 264-GRJ/CR EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL JUNÍN POR CUANTO: El Consejo Regional de Junín en Sesión Ordinaria celebrada el día seis del mes de junio de 2017, en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional de Junín, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú; en la Ley Nº 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; y demás Normas Complementarias; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por Artículo 191º de la Constitución Política del Perú, y su modificatoria, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, los Gobiernos Regionales tienen entre sus principales funciones, promover el desarrollo y la economía regional, fomentando inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad en armonía con las políticas y planes nacionales de desarrollo, esto conforme establece el artículo 192º de la Constitución Política del Estado; Que, con la Ordenanza Regional Nº 220-GRJ/CR, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones ­ (ROF) de la Dirección Regional de Salud de Junín -2015. Que, en merito a Decreto Supremo Nº 043-2006PCM, que "Aprueban lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organizaciones y Funciones ­ ROF por parte de las entidades de la Administración Pública", previo al cumplimiento del requisito señalado en el literal b) del artículo 33º del mencionado Decreto Supremo; Que, mediante el Informe Técnico Nº 003-2017-GGR/ ORDITI remitido por Lic. Adm. Norma A. Jiménez Roca ­ Profesional 7-ORDITI sobre aprobación del proyecto de ROF de la Red de Salud Tarma y Hospital "Félix Mayorca Soto", considera que el proyecto del Reglamento de Organización y Funciones de la Red de Salud Tarma y del Hospital "Félix Mayorca Soto" se encuentran enmarcados dentro de los lineamientos del D.S. Nº 043-2006-PCM, en consecuencia esta Oficina considera PROCEDENTE su aprobación, y con Informe Legal Nº 283-2017-GRJ/ ORAJ remitido por el Abog. Freddy Samuel Fernández Huauya ­ Director Regional de Asesoría Jurídica señala que es PROCEDENTE la aprobación del proyecto de Reglamento y Funciones - ROF de la Red de Salud Tarma y el Hospital "Félix Mayorca Soto"; Que, el Dictamen Nº 08-2017-GRJ/CR/CPPPATyDI, favorable de la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Institucional, de conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 9º, 10º, 11º, 15º y 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modificatorias y su Reglamento Interno de Consejo, aprobado por Ordenanza Regional Nº 179-2014-GRJ/CR, el Consejo Regional ha aprobado la siguiente: "ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES ­ ROF DE LA RED DE SALUD TARMA Y HOSPITAL II.2 FELIX MAYORCA SOTO" Artículo Primero.- APROBAR, la Modificación del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF de la Red de Salud Tarma, que consta de IV Títulos, V Capítulos,

Recursos Naturales y Gestión del Sub Gerencia de Recursos Naturales y Medio Ambiente Medio Ambiente Planeamiento, Presupuesto Acondicionamiento Territorial Desarrollo Económico Desarrollo Social Desarrollo Social y Sub Gerencia de Acondicionamiento Territorial Dirección de Gestión Forestal, Dirección de Titulación de Tierras Sub Gerencia de Promoción de Inversiones Sub Gerencia de Desarrollo Social e Igualdad de Oportunidades.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional, en coordinación con Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, con la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, continuar la ejecución del Proceso de Zonificación Forestal de la Región Junín. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente en coordinación con la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, efectúe las coordinaciones con el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, asimismo con el Ministerio de Ambiente - MINAM, orientadas a la aprobación de la Zonificación Forestal de la Región Junín. Comuníquese al Gobernador Regional del Gobierno Regional Junín para su promulgación. Dado en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional Junín, a los siete días del mes de junio del año dos mil diecisiete. POR TANTO: SONIA TORRE ENERO Consejera Delegada Mando regístrese, publíquese y cúmplase. Dado en el Despacho del Gobernador Regional del Gobierno Regional Junín, a los doce días del mes de junio del año dos mil diecisiete. ANGEL D. UNCHUPAICO CANCHUMANI Gobernador Regional 1543600-1

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