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24 NORMAS LEGALES Domingo 23 de julio de 2017 / El Peruano ANEXO Nº 1 METAS DE GESTIÓN BASE DE SEDAPAR S.R.L. PARA EL QUINQUENIO REGULATORIO 2017-2022 Y MECANISMOS DE EVALUACIÓN A. METAS DE GESTIÓN BASE Metas de GestiónUnidad de MedidaAño 0 Año 1 Año 2 Año 3 Año 4 Año 5 Renovación de Medidores#− 210 210 210 210 207 Continuidad PromedioHoras/ día− 19 19 19 19 19 Presión Mínima Promediom.c.a 10 10 10 10 10 10 Conexiones Activas de Agua Potable% 8 78 78 88 99 09 0 Relación de Trabajo1/ % 122.9 93.1 90.0 89.1 89.7 88.6 1/Se obtiene de dividir los costos totales de operación (deducidos la depreciación, amortización de intangibles, costos por servicios colaterales, provisión por cobranza dudosa. Asimismo, no incluye los costos asociados a la formulación y seguimiento del Plan de Control de Calidad (PCC), formulación del Programa de Adecuación Sanitaria (PAS) e implementación de Mecanismos de Retribución por Servicios Ecosistémicos) entre los ingresos operacionales totales (referidos al importe facturado por servicios de agua potable y alcantarillado incluido el cargo fi jo). B. EVALUACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE METAS DE GESTIÓN BASE POR PARTE DE SEDAPAR S.R.L. PARA EL QUINQUENIO REGULATORIO 2017-2022 I.- DEFINICIONESAño: Es el periodo que comprende un año calendario computado a partir del primer ciclo de facturación inmediatamente posterior a la publicación de la presente resolución. Índice de Cumplimiento Individual a nivel de EPS (ICI a nivel de EPS): Es el índice que se utiliza para medir el nivel de cumplimiento del Valor Meta de un determinado Indicador Meta a nivel EPS y en un año regulatorio en especí fi co. Se expresa en porcentaje. El ICI a nivel de EPS de las Metas de Gestión, serán determinados aplicando las siguientes ecuaciones: • Para la Meta de Gestión “Renovación de Medidores”: ܫܥܫൌቆσܱܸ ୀଵ σܯܸ ୀଵቇൈͳͲͲ Donde: i : es el año del quinquenio regulatorio que se desea medir. a : son los años hasta llegar a “i”. • Para las Metas de Gestión “Continuidad Promedio”, “Presión Mínima Promedio” y “Conexiones Activas de Agua Potable”: ܫܥܫൌ݀݅݊݁ݐܾܱݎ݈ܸܽ ܽݐ݁ܯݎ݈ܸܽ ൈͳͲͲ Donde: i : es el año del quinquenio regulatorio que se desea medir. • Para la Meta de Gestión “Relación de Trabajo”: ܫܥܫൌܽݐ݁ܯݎ݈ܸܽ ݀݅݊݁ݐܾܱݎ݈ܸܽ ൈͳͲͲ Donde: i : es el año del quinquenio regulatorio que se desea medir. Para efectos de la evaluación del cumplimiento de las metas de gestión señaladas, si el ICI resulta mayor al 100%, se considerará un cumplimiento individual del 100%. Índice de Cumplimiento Global (ICG): Es el índice que se utiliza para medir el nivel de cumplimiento promedio de las metas de gestión en un año regulatorio. Se de fi ne como la media aritmética de los ICI a nivel EPS de cada meta de gestión. Se expresa en porcentaje, de la siguiente manera: ܩܥܫൌܫܥܫ ܰே ୀଵ Donde: N : es el número total de metas de gestión. i : es el año del quinquenio regulatorio que se desea medir. Metas de Gestión: Son los parámetros seleccionados por la Gerencia de Regulación Tarifaria para el seguimiento y evaluación sistémica del cumplimiento del programa de inversiones y las acciones de mejora en la gestión de la empresa prestadora, establecidos en el estudio tarifario. Valor Año Base (VAB): Es el valor de la meta de gestión, establecido por la Gerencia de Regulación Tarifaria, que indica la “situación” en el Año 0. De ser el caso que la captura de alguna variable de cálculo de una meta de gestión sea imprecisa, la Gerencia de Regulación Tarifaria establecerá el año en que el VAB será determinado por parte de la Gerencia de Supervisión y Fiscalización. Valor Meta (VM): Es el valor de la meta de gestión, establecido por la Gerencia de Regulación Tarifaria, que indica el objetivo a alcanzar por la empresa prestadora al fi nal del año regulatorio. Valor Obtenido (VO): Es el valor de la meta de gestión alcanzado por la empresa prestadora como resultado de la gestión realizada durante el año regulatorio. II.- SUPERVISIÓN Y FISCALIZACIÓN DE LAS METAS DE GESTIÓN BASE Para efecto de las acciones de supervisión, fi scalización y sanción, la Sunass veri fi cará que al fi nal de cada año del quinquenio regulatorio SEDAPAR S.R.L. haya cumplido como mínimo las siguientes condiciones: - El 85% del ICG - El 80% del ICI a nivel de EPS El cumplimiento de los índices antes señalados será evaluado conforme a lo establecido en el numeral anterior. ANEXO Nº 2 FÓRMULA TARIFARIA DE SEDAPAR S.R.L. PARA EL QUINQUENIO REGULATORIO 2017-2022 A. INCREMENTOS TARIFARIOS BASE 1. Por el Servicio de Agua Potable 2. Por el Servicio de Alcantarillado T1 = To (1 + 0.370) (1 + Φ)T1 = To (1 + 0.354) (1 + Φ) T2 = T1 (1 + 0.043) (1 + Φ)T2 = T1 (1 + 0.000) (1 + Φ) T3 = T2 (1 + 0.000) (1 + Φ)T3 = T2 (1 + 0.000) (1 + Φ) T4 = T3 (1 + 0.000) (1 + Φ)T4 = T3 (1 + 0.000) (1 + Φ) T5 = T4 (1 + 0.000) (1 + Φ)T5 = T4 (1 + 0.000) (1 + Φ)