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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JULIO DEL AÑO 2017 (25/07/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 35

35 NORMAS LEGALES Martes 25 de julio de 2017 El Peruano / que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Encargar a la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública la difusión, monitoreo y evaluación del cumplimiento del referido Documento Técnico. Artículo 3.- Encargar a la O fi cina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.PATRICIA J. GARCÍA FUNEGRA Ministra de Salud 1547794-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Rectifican error material contenido en el Anexo de la R.M. N° 274-2017 MTC/01.02 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 687-2017 MTC/01.02 Lima, 24 de julio de 2017Visto: La Nota de Elevación N° 285-2017-MTC/20 del 18 de mayo de 2017, del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 274-2017 MTC/01.02, se aprobaron los valores totales de las Tasaciones, que incluyen el incentivo a la adquisición por el monto adicional equivalente al 20% del valor comercial de cada una de las áreas de los dos (02) inmuebles afectados por la ejecución de la Obra: “Autopista del Sol: Sub Tramo: Trujillo – Chiclayo”, así como los pagos correspondientes conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la citada resolución; Que, con Memorándum N° 3532-2017-MTC/20.15, la Unidad Gerencial de Derecho de Vía del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL remite el Informe N° 065-2017-MTC/GYRD, que cuenta con la conformidad de la referida Unidad Gerencial y de su Jefatura de Liberación del Derecho de Vía para Obras Concesionadas, a través del cual señala que el Anexo de la Resolución Ministerial N° 274-2017 MTC/01.02, contiene un error material al haber consignado como valor total de la Tasación para el área del inmueble con código PAS-TC07-NMOC-037 el monto de “S/ 60,153.54”, debiendo ser “S/. 60,163.54”; Que, por Informe Nº 429-2017-MTC/20.3, la O fi cina de Asesoría Legal de PROVIAS NACIONAL, concluye que en mérito a lo opinado por la Unidad Gerencial de Derecho de Vía, resulta legalmente viable emitir el acto administrativo que recti fi que el error material contenido en el Anexo de la Resolución Ministerial N° 274-2017 MTC/01.02; Que, los numerales 210.1 y 210.2 del artículo 210 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, establecen que el error material o aritmético en los actos administrativos pueden ser recti fi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento y de o fi cio, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión, y que la recti fi cación adopte las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS y el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC;SE RESUELVE: Artículo 1.- Recti fi car el error material contenido en el Anexo de la Resolución Ministerial N° 274-2017 MTC/01.02, conforme al siguiente detalle: DICE: “ANEXO (…) Nº CÓDIGO VALOR COMERCIAL DEL INMUEBLE (VCI) (S/)VALOR DEL PERJUICIO ECONÓMICO (S/)INCENTIVO DEL 20% DEL VCI (S/)VALOR TOTAL DE LA TASACIÓN (S/) (…) (…) (…) (…) (…) (…) 2 PAS-TC07-NMOC-037 48, 469.62 2, 000.00 9, 693.92 60, 153.54 ” DEBE DECIR: “ANEXO (…) Nº CÓDIGO VALOR COMERCIAL DEL INMUEBLE (VCI) (S/)VALOR DEL PERJUICIO ECONÓMICO (S/)INCENTIVO DEL 20% DEL VCI (S/)VALOR TOTAL DE LA TASACIÓN (S/) (…) (…) (…) (…) (…) (…) 2 PAS-TC07-NMOC-037 48, 469.62 2, 000.00 9, 693.92 60, 163.54 ” Artículo 2.- Dejar subsistente los demás extremos de la Resolución Ministerial N° 274-2017-MTC/01.02. Regístrese, comuníquese y publíquese.BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE Ministro de Transportes y Comunicaciones 1547795-1 Aprueban formato y contenido del Certificado SOAT electrónico RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 688-2017 MTC/01.02 Lima, 24 de julio de 2017VISTOS: El Informe Nº 532-2017-MTC/15.01 de la Dirección de Regulación y Normatividad de la Dirección General de Transporte Terrestre y el Memorándum Nº 1409-2017-MTC/15 de la Dirección General de Transporte Terrestre; y, CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Responsabilidad Civil y Seguros Obligatorios por Accidentes de Tránsito, aprobado por Decreto Supremo Nº 024-2002-MTC, en adelante, el Reglamento, establece las disposiciones relacionadas con la determinación de la responsabilidad civil derivada de accidentes de tránsito terrestre; así como, el régimen y características del seguro obligatorio por accidentes de tránsito, en el marco de la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; Que, el artículo 3 del Reglamento, señala que la contratación del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito - SOAT, deberá constar en un Certi fi cado SOAT físico o Certi fi cado SOAT electrónico, cuyos formatos y contenidos serán aprobados por el Ministerio de