Norma Legal Oficial del día 25 de julio del año 2017 (25/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano / Martes 25 de julio de 2017

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

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que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Encargar a la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública la difusión, monitoreo y evaluación del cumplimiento del referido Documento Técnico. Artículo 3.- Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA J. GARCÍA FUNEGRA Ministra de Salud 1547794-1

Artículo 1.- Rectificar el error material contenido en el Anexo de la Resolución Ministerial N° 274-2017 MTC/01.02, conforme al siguiente detalle: DICE: "ANEXO (...)
Nº CÓDIGO VALOR VALOR VALOR DEL INCENTIVO COMERCIAL TOTAL PERJUICIO DEL 20% DEL INMUEBLE DE LA ECONÓMICO DEL VCI (VCI) TASACIÓN (S/) (S/) (S/) (S/) (...) 48, 469.62 (...) 2, 000.00 (...) 9, 693.92 (...) 60, 153.54

(...) 2

(...) PAS-TC07-NMOC-037

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Rectifican error material contenido en el Anexo de la R.M. N° 274-2017 MTC/01.02
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 687-2017 MTC/01.02 Lima, 24 de julio de 2017 Visto: La Nota de Elevación N° 285-2017-MTC/20 del 18 de mayo de 2017, del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 274-2017 MTC/01.02, se aprobaron los valores totales de las Tasaciones, que incluyen el incentivo a la adquisición por el monto adicional equivalente al 20% del valor comercial de cada una de las áreas de los dos (02) inmuebles afectados por la ejecución de la Obra: "Autopista del Sol: Sub Tramo: Trujillo ­ Chiclayo", así como los pagos correspondientes conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la citada resolución; Que, con Memorándum N° 3532-2017-MTC/20.15, la Unidad Gerencial de Derecho de Vía del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional PROVIAS NACIONAL remite el Informe N° 065-2017MTC/GYRD, que cuenta con la conformidad de la referida Unidad Gerencial y de su Jefatura de Liberación del Derecho de Vía para Obras Concesionadas, a través del cual señala que el Anexo de la Resolución Ministerial N° 274-2017 MTC/01.02, contiene un error material al haber consignado como valor total de la Tasación para el área del inmueble con código PASTC07-NMOC-037 el monto de "S/ 60,153.54", debiendo ser "S/. 60,163.54"; Que, por Informe Nº 429-2017-MTC/20.3, la Oficina de Asesoría Legal de PROVIAS NACIONAL, concluye que en mérito a lo opinado por la Unidad Gerencial de Derecho de Vía, resulta legalmente viable emitir el acto administrativo que rectifique el error material contenido en el Anexo de la Resolución Ministerial N° 274-2017 MTC/01.02; Que, los numerales 210.1 y 210.2 del artículo 210 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, establecen que el error material o aritmético en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento y de oficio, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión, y que la rectificación adopte las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS y el Decreto Supremo Nº 0212007-MTC;


" DEBE DECIR: "ANEXO (...)
VALOR VALOR COMERCIAL VALOR DEL INCENTIVO TOTAL DEL PERJUICIO DEL 20% DE LA INMUEBLE ECONÓMICO DEL VCI TASACIÓN (VCI) (S/) (S/) (S/) (S/) (...) 48, 469.62 (...) 2, 000.00 (...) 9, 693.92 (...) 60, 163.54

CÓDIGO

(...) 2

(...) PAS-TC07-NMOC-037

" Artículo 2.- Dejar subsistente los demás extremos de la Resolución Ministerial N° 274-2017-MTC/01.02. Regístrese, comuníquese y publíquese. BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE Ministro de Transportes y Comunicaciones 1547795-1

Aprueban formato y contenido Certificado SOAT electrónico
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 688-2017 MTC/01.02 Lima, 24 de julio de 2017 VISTOS: El Informe Dirección de Regulación General de Transporte Nº 1409-2017-MTC/15 Transporte Terrestre; y, CONSIDERANDO:

del

Nº 532-2017-MTC/15.01 de la y Normatividad de la Dirección Terrestre y el Memorándum de la Dirección General de

Que, el Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Responsabilidad Civil y Seguros Obligatorios por Accidentes de Tránsito, aprobado por Decreto Supremo Nº 024-2002-MTC, en adelante, el Reglamento, establece las disposiciones relacionadas con la determinación de la responsabilidad civil derivada de accidentes de tránsito terrestre; así como, el régimen y características del seguro obligatorio por accidentes de tránsito, en el marco de la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; Que, el artículo 3 del Reglamento, señala que la contratación del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito - SOAT, deberá constar en un Certificado SOAT físico o Certificado SOAT electrónico, cuyos formatos y contenidos serán aprobados por el Ministerio de

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