Norma Legal Oficial del día 25 de julio del año 2017 (25/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano / Martes 25 de julio de 2017

NORMAS LEGALES

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Que, el artículo 3º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios en cargos de confianza, distintos a los comprendidos en el artículo 1º de la citada norma, se efectúa mediante resolución del Titular de la Entidad; Que, el literal e) del artículo 16 del Reglamento de Organización y Funciones del INAIGEM, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2016-MINAM establece que es función del Presidente Ejecutivo la designación de los directores o jefes de los órganos de asesoramiento, apoyo y órganos desconcentrados; Que, por Resolución Ministerial Nº 13-2017-MINAM, se ha aprobado el cuadro para Asignación de Personal Provisional ­ CAP Provisional del INAIGEM, clasificando los cargos de Jefe de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y Jefe de la Oficina de Administración como Empleados de Confianza; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 12-2017-INAIGEM/PE, se designó al Señor Walter Hugo Sandoval Baltazar, en el cargo de Jefe de la Oficina de Administración del Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña ­ INAIGEM, la misma que se ha estimado conveniente dejar sin efecto y proceder a designar a la persona que ocupará dicho cargo de confianza y, en vía de regularización, dejar sin efecto el encargo de funciones para dicho cargo dispuesta mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 087-2016-INAIGEM/PE; Que, igualmente, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 087-2016-INAIGEM/PE, se encargó al Señor Jorge Esteban Rojas Fernández, ejercer las funciones de Jefe de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, del Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña ­ INAIGEM, en tanto se designe a su titular, encargo que corresponde darlo por concluido y proceder a designar a la persona que ocupará dicho cargo de confianza; Que, debe emitirse el acto jurídico de designación de los funcionarios que desempeñen el cargo de Jefe de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, así como el de Jefe de la Oficina de Administración, respectivamente, del Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña ­ INAIGEM; Con el visado de la Secretaría General, y la Oficina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 30286, Ley de creación del INAIGEM; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios en cargos de confianza; y en uso de la atribución establecida en el literal e) del artículo 16º del Reglamento de Organización y Funciones del INAIGEM, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2016-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dejar sin efecto, a partir del 01 de julio del año 2017, la designación del Señor Walter Hugo Sandoval Baltazar, en el cargo de Jefe de la Oficina de Administración, dispuesta mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 12-2017-INAIGEM/PE y, en vía de regularización, el encargo de funciones de dicha Oficina de Administración; así como el encargo de funciones al Señor Jorge Esteban Rojas Fernández, para ejercer las funciones de Jefe de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña ­ INAIGEM, dispuestas mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 087-2016-INAIGEM/PE, dándoseles las gracias por la labor realizada. Artículo 2º.- Designar, a partir del 01 de julio del 2017, en los cargos de confianza del Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña ­ INAIGEM, a quienes se indican a continuación: - Señor Walter Hugo Sandoval Baltazar, en el cargo de Jefe de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización. - Señor Martín Orlando Díaz Murrieta, en el cargo de Jefe de la Oficina de Administración.

Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional del Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña ­ INAIGEM (www. inaigem.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. BENJAMIN MORALES ARNAO Presidente Ejecutivo Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña 1547208-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE MIGRACIONES
Delegan en el Gerente de la Gerencia de Servicios Migratorios, la atención de solicitudes de dispensa por excepción previsto en el artículo 53 del D. Leg. N° 1350, Decreto Legislativo de Migraciones
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 0000146-2017-MIGRACIONES Lima, 24 de julio de 2017 VISTOS, el Informe N° 001295-2017-SM-MMMIGRACIONES, de la Subgerencia de Movimiento Migratorio de la Gerencia de Servicios Migratorios; y, el Informe N° 000286-2017-AJ-MIGRACIONES, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Mediante Decreto Legislativo N° 1130, se crea la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES, como un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio del Interior, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía administrativa, funcional y económica en el ejercicio de sus atribuciones; El artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-IN, establece que el Superintendente es el funcionario de mayor nivel jerárquico, ejerce la titularidad del pliego presupuestal y es la máxima autoridad ejecutiva de la entidad; asimismo, el inciso w) del artículo 11 del citado Reglamento establece que el Superintendente puede delegar las atribuciones que estime conveniente en el Gerente General u otros funcionarios de MIGRACIONES; De otro lado, el artículo 72 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que los titulares de los órganos administrativos pueden delegar mediante comunicación escrita la firma de actos y decisiones de su competencia en sus inmediatos subalternos, o a los titulares de los órganos o unidades administrativas que de ellos dependan, salvo en caso de resoluciones de procedimientos sancionadores, o aquellas que agoten la vía administrativa; De acuerdo al numeral 53.3 del artículo 53 del Decreto Legislativo N° 1350, la Superintendencia Nacional de Migraciones puede dispensar el impedimento de ingreso al país por casos excepcionales de oficio o a solicitud de parte, mediante decisión motivada; concordante con los artículos 214 al 216 del Reglamento, los cuales establecen el procedimiento y condiciones para solicitar la referida dispensa por excepción; En ese sentido, mediante Informe N° 001295-2017-SMMM-MIGRACIONES, de fecha 28 de junio de 2017, emitido por la Subgerencia de Movimiento Migratorio, se recomienda que el Superintendente Nacional de Migraciones delegue a la Gerencia de Servicios

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