Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 2017 (04/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Domingo 4 de junio de 2017

NORMAS LEGALES

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COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Modifican la R.M. Nº 138-2008-MINCETUR/ DM y modificatorias, en lo correspondiente a la designación de los representantes del sector privado ante el Comité Especial del Fondo para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 191-2017-MINCETUR Lima, 1 de junio de 2017 Visto, el Memorandum Nº 432-2017-MINCETUR/VMT del Viceministerio de Turismo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. CONSIDERANDO:

Artículo 2.- Dar las gracias a los miembros salientes por su contribución al Comité Especial antes referido. Artículo 3.- Mantener la vigencia de los demás extremos de la Resolución Ministerial Nº138-2008MINCETUR/DM y modificatorias. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO FERREYROS KÜPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1528657-1

Autorizan viaje de representantes del MINCETUR a EE.UU., en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 195-2017-MINCETUR Lima, 1 de junio de 2017 CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 27889, Ley que crea el Fondo y el Impuesto Extraordinario para la Promoción y Desarrollo Turistico Nacional, se creó el Comité Especial encargado de proponer al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, el Plan Anual de Promoción y Desarrollo Turistico Nacional; Que, el Comité a que se refiere el considerando anterior, está conformado entre otros miembros, por cuatro (04) representantes del sector turístico privado, los mismos que son designados por Resolución del Titular del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; Que, por Resolución Ministerial Nº 138-2008-MINCETUR/DM modificado con Resoluciones Ministeriales Nos. 092-2010-MINCETUR/DM, 363-2011-MINCETUR/DM, 335-2013-MINCETUR, 193-2015-MINCETUR, 389-2015-MINCETUR, fueron designados los representantes del sector turístico privado, como miembros del Comité Especial en mención; Que, a fin de renovar la representación del sector turístico privado ante el mencionado Comité Especial, la Cámara Nacional de Turismo y los gremios legalmente constituidos, representativos de los establecimientos de hospedaje y afines, de las agencias de viaje y operadores turísticos y de las líneas aéreas, han presentado al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, las ternas de candidatos, conforme a lo establecido en el artículo 7 del Reglamento de la Ley Nº27889, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2003-MINCETUR; De conformidad con la Ley Nº 27990-Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; la Ley Nº 27889, Ley que crea el Fondo y el Impuesto Extraordinario para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2003-MINCETUR; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificar el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 138-2008-MINCETUR/DM y modificatorias, en lo correspondiente a la designación de los representantes del sector privado ante el comité Especial del Fondo para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional, creado por Ley Nº27889, de acuerdo al siguiente detalle: - Señor Alfredo Enrique Ferreyros Gildemeister, en representación de la Cámara Nacional de Turismo CANATUR - Señor Guillermo Eduardo Martínez de Pinillos Alva, en representación de los Establecimientos de Hospedaje y afines del país: - Señora Claudia Mónica Ramirez Ugolotti, en representación de las Agencias de Viajes y operadores Turísticos; y - Señora Marina Lorena Olite Olmos, en representación de las Líneas Aéreas.

Que, el Encuentro Binacional Perú ­ Colombia, es un espacio de máxima instancia de diálogo político bilateral, en cuyo marco, en enero de 2017, la República del Perú y la República de Colombia suscribieron la Declaración de Arequipa, estableciendo un esquema de trabajo conjunto bajo cinco ejes temáticos: Gobernanza y Asuntos Sociales; Ambiental Minero y Energético; Comercio, Desarrollo Económico y Turismo; Seguridad y Defensa; y Desarrollo Fronterizo y Migraciones; Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ­ MINCETUR, tiene la responsabilidad de elaborar y ejecutar los planes y programas nacionales sectoriales de desarrollo en materia de integración; asimismo representa al Perú en los foros y organismos internacionales de comercio y esquemas de integración y actúa como órgano de enlace entre el Gobierno Peruano y los organismos internacionales de integración y de comercio internacional, en el ámbito de su competencia, y en materia de turismo, promueve, orienta y regula la actividad turística, con el fin de impulsar su desarrollo sostenible, incluyendo la promoción, orientación y regulación de la artesanía; Que, el Viceministerio de Turismo, desde la Dirección General de Estrategia Turística, dirige y supervisa el desarrollo del producto turístico regional y local en coordinación con los gobiernos regionales y locales, así como evaluar sitios, circuitos, corredores y destinos turísticos, a fin de identificar y proponer medidas para su desarrollo; Que, en cumplimiento de los compromisos asumidos por ambos países en materia de turismo en la Declaración de Arequipa, se ha considerado conveniente llevar a cabo una Misión al Corredor de la Selva Leticia ­ Puerto Nariño (República de Colombia), del 06 al 09 de junio de 2017, para identificar las exigencias del mercado nacional e internacional para turistas que desarrollan actividades en este tipo de espacios turísticos y dar inicio a la elaboración del plan estratégico para el desarrollo transfronterizo del circuito Leticia ­ Puerto Nariño ­ Caballococha, evaluando las condiciones para desarrollar productos turísticos y/o proyectos de inversión pública; Que, por lo expuesto, resulta de importancia para el MINCETUR autorizar el viaje del señor Percy Castro López, Director de Productos y Destinos Turísticos, y del señor Cesar Augusto García Rosales, coordinador de proyectos de inversión pública de la Dirección de Productos y Destinos Turísticos, de la Dirección General de Estrategia Turística del Viceministerio de Turismo, para que participen en la Misión antes mencionada; De conformidad con la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modificatorias, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM.

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