Norma Legal Oficial del día 13 de junio del año 2017 (13/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES
VISTOS:

Martes 13 de junio de 2017 /

El Peruano

Artículo 13.- Delegación de facultades en el Director/a Ejecutivo/a del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL Unidad Ejecutora 007. Delegar facultades en el Director/a Ejecutivo/a del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL en el ámbito de su competencia, la facultad de aprobar el valor de tasación y el pago, de las mejoras encontradas en el inmueble y los gastos de traslado a los ocupantes o poseedores que no cumplan con los requisitos establecidos en los artículos 6 y 7 del Decreto Legislativo N° 1192, que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de Obras de Infraestructura, a fin de obtener la liberación de los inmuebles, en el marco de lo establecido en la Tercera Disposición Complementaria Final de la citada norma. Artículo 14.- De la delegación de facultades La delegación de facultades, así como, la asignación de responsabilidades a que se refiere la presente Resolución, comprenden las atribuciones de decidir y resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos legales establecidos para cada caso, a fin de garantizar la correcta conducción de la gestión de los sistemas administrativos que les correspondan; debiendo los funcionarios de la Unidad Ejecutora 001 ­ Administración Central, informar semestralmente respecto a los resultados de la gestión a la Secretaría General, dentro de los siete (07) días hábiles siguientes de culminado el semestre, para su consolidación y remisión al Despacho Ministerial. Dentro de los siete (07) días hábiles siguientes de culminado el trimestre, los Directores/as Ejecutivos/a del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL Unidad Ejecutora 007, del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado - PROVIAS DESCENTRALIZADO Unidad Ejecutora 010, de la Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao ­ AATE Unidad Ejecutora 012, y el Secretario Técnico del Fondo de Inversión en Telecomunicaciones ­ FITEL, deben informar en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, al Viceministro de Transportes y al Viceministro de Comunicaciones, según corresponda, respecto al ejercicio de las delegaciones efectuadas. Dentro de los dos (02) días hábiles siguientes de vencido el plazo antes citado, los Viceministros de Transportes y de Comunicaciones deben remitir la información alcanzada por las Unidades Ejecutoras antes mencionadas, a la Secretaría General, la que se encargará de su consolidación y posterior remisión al Despacho Ministerial. Artículo 15.- Derogación Derogar las Resoluciones Ministeriales Nº 021-2017 MTC/01.02; Nº 050-2017 MTC/01; N° 341-2017 MTC/01; 009-2016 MTC/01; 044-2016 MTC/01.02; N° 525-2015 MTC/01; N° 881-2011 MTC/01; N° 075-2008 MTC/01, N° 185-2008 MTC/01, N° 415-98 MTC/15.01 y la Resolución Directoral N° 1233-2008-MTC/10. Regístrese, comuníquese y publíquese. BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE Ministro de Transportes y Comunicaciones 1532033-1

Las Cartas LA/GOP N° 027/2017 recibida el 12 de abril de 2017 y LA/GOP N° 031/2017 recibida el 04 de mayo de 2017, de la empresa LIONEL AIR S.A.C., el Informe N° 340-2017-MTC/12.04 de la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil y el Informe N° 238-2017-MTC/12.04 de la Dirección General de Aeronáutica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27619, en concordancia con su norma reglamentaria aprobada por Decreto Supremo N° 0472002-PCM, regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, en el numeral 10.1 de su artículo 10, dispone que, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos se aprueban conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, y sus normas reglamentarias; Que, la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, prevé que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y en el marco de dicha competencia es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aéreas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronáutico de los explotadores aéreos así como el material aeronáutico que emplean; Que, la empresa LIONEL AIR S.A.C., ha presentado ante la autoridad de aeronáutica civil, una solicitud para realizar un chequeo técnico de verificación de competencia en simulador de vuelo, acompañando los requisitos establecidos en el Procedimiento N° 05 correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil, previsto en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2002-MTC y sus modificatorias; Que, asimismo, la empresa LIONEL AIR S.A.C., ha cumplido con el pago del derecho de tramitación correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; por lo que, los costos del viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos; Que, la solicitud presentada por la empresa LIONEL AIR S.A.C., ha sido calificada y aprobada por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, según se desprende del Informe N° 340-2017-MTC/12.04, al que se anexa la respectiva Orden de Inspección, así como por la citada Dirección General, según el Informe N° 238-2017-MTC/12.04, verificándose el cumplimiento de lo señalado en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprobó las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios del señor JOSE FRANCISCO HURTADO GOYTIZOLO, inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil del

Autorizan viaje de Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil a Ucrania, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 485-2017 MTC/01.02 Lima, 12 de junio de 2017

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