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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JUNIO DEL AÑO 2017 (13/06/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 22

22 NORMAS LEGALES Martes 13 de junio de 2017 / El Peruano Transportes y Comunicaciones, bajo responsabilidad, según lo previsto en el artículo 22 de la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1192. Regístrese, comuníquese y publíquese,BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO Valor total de la Tasación correspondiente al área de un (01) inmueble afectado por la ejecución de la Obra: Red Vial Nº 4: Pativilca – Santa – Trujillo y Puerto Salaverry – Empalme R01N, Tramo: Evitamiento Casma. Nº CÓDIGO VALOR COMERCIAL DEL INMUEBLE (VCI) (S/)INCENTIVO DEL 20% DEL VCI (S/)VALOR TOTAL DE LA TASACIÓN (S/) 1 RV4-T2-SIS-011 4,030.30 806.06 4,836.36 1532036-2 RECTIFICACION Se recti fi ca la Sumilla de la Resolución Directoral Nº 2163-2017-MTC/15, publicada en la edición del 11 de junio de 2017, en los términos siguientes: “Autorizan a Citev Pedregal Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada Citev Pedregal S.R.L., como Centro de Inspección Técnica Vehicular-CITV fi jo para operar una Línea de Inspección Técnica Vehicular de Tipo Mixta en el distrito de Majes, provincia de Caylloma y departamento de Arequipa” 1532135-1 VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO Designan a la Dirección General de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento del Ministerio como órgano encargado de las funciones de Unidad Formuladora, así como el responsable RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 201-2017-VIVIENDA Lima, 12 de junio de 2017VISTOS, el Informe N° 133-2017-VIVIENDA/ VMCS-DGPPCS de la Dirección General de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento, el Memorando N°.913-2017/VIVIENDA-OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 71-2017-VIVIENDA-OGGRH de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos, y el Informe N° 854-2017-VIVIENDA-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1252, se crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones como sistema administrativo del Estado, con la fi nalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país, derogando la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública; Que, el numeral 5.1 del artículo 5 del citado Decreto Legislativo establece como órganos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones a la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, los Órganos Resolutivos, las O fi cinas de Programación Multianual de Inversiones, las Unidades Formuladores y las Unidades Ejecutoras de Inversiones del Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local; Que, el numeral 5.5 del artículo 5 de dicho dispositivo señala que las Unidades Formuladoras acreditadas del Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local para la fase de Formulación y Evaluación son responsables de aplicar los contenidos, las metodologías y los parámetros de formulación; elaborar las fi chas técnicas y los estudios de preinversión requeridos teniendo en cuenta los objetivos, metas e indicadores previstos en la fase de Programación Multianual y de su aprobación o viabilidad, cuando corresponda; Que, el literal d) del artículo 6 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252, aprobado por Decreto Supremo N° 027-2017-EF, precisa que le corresponde al titular del sector designar al órgano que realizará las funciones de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones, el que en ningún caso podrá coincidir con los órganos que realizan las funciones de la Unidad Formuladora y Unidad Ejecutora de Inversiones; asimismo, designa al Responsable de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones, así como al Responsable(s) de la(s) Unidad(es) Formuladora(s) de su sector; siempre que cumpla con el per fi l profesional establecido por la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones; Que, el Anexo N° 02 de la Directiva N° 001-2017- EF/63.01, Directiva para la Programación Multianual en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado por Resolución Directoral N° 001-2017-EF/63.01, contiene el Per fi l Profesional del Responsable de la Unidad Formuladora; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 86 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, la Dirección General de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento es el órgano de línea responsable de gestionar, coordinar, promover y hacer el seguimiento de la ejecución de las acciones y desarrollo de los programas y proyectos en materia de construcción y saneamiento; en tal sentido, según documento del visto, recomienda designar al órgano encargado que cumplirá las funciones de Unidad Formuladora, así como el responsable de la misma, a fi n de cumplir con la normativa citada en los considerandos precedentes; De conformidad con la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; el Decreto Legislativo N° 1252, que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones; el Decreto Supremo N° 027-2017-EF, que aprueba el Reglamento del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones; y la Directiva N° 001-2017-EF/63.01, Directiva para la Programación Multianual en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado por Resolución Directoral N° 001-2017-EF/63.01; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar a la Dirección General de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento como órgano encargado que cumplirá las funciones de Unidad Formuladora y como responsable de dicha Unidad