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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JUNIO DEL AÑO 2017 (13/06/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 25

25 NORMAS LEGALES Martes 13 de junio de 2017 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el economista Leonardo Pastor Paz Puelles, al cargo de Asesor de la Jefatura del Seguro Integral de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Ofi cial El Peruano, así como en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud, en coordinación con la O fi cina General de Tecnología de la Información. Regístrese, comuníquese y publíquese.MOISÉS ERNESTO ROSAS FEBRES Jefe del Seguro Integral de Salud 1532004-1 ORGANISMOS REGULADORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO Encargan funciones de Gerente General de la SUNASS RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 016-2017-SUNASS-PCD Lima, 12 de junio de 2017 CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación de funcionarios públicos en cargos de confi anza distintos a los comprendidos en el artículo 1 de la citada ley, se efectúa mediante resolución del Titular de la Entidad; Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 016-2012-SUNASS-PCD se designó al señor JESÚS ALBERTO ROJAS MOROTE en el cargo de Gerente General de la SUNASS, el cual tiene la condición de cargo de con fi anza de acuerdo con el Cuadro de Asignación de Personal Provisional de la SUNASS; Que, se ha estimado conveniente dar por concluida la designación del señor JESÚS ALBERTO ROJAS MOROTE en el cargo de Gerente General de la SUNASS; Que, a fi n de asegurar el normal desarrollo de las actividades de la entidad, corresponde encargar la Gerencia General; En uso de la facultad conferida en la Ley N° 27594 y en el inciso g) del artículo 56° del Reglamento General de la SUNASS, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2001-PCM, y con cargo a informar al Consejo Directivo; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la designación del señor JESÚS ALBERTO ROJAS MOROTE en el cargo de Gerente General de la SUNASS, con efectividad al 13 de junio de 2017, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2°.- Encargar las funciones de Gerente General de la SUNASS al señor JOSÉ MANUEL ZAVALA MUÑOZ, Asesor de la Presidencia del Consejo Directivo. Regístrese, comuníquese y publíquese.IVÁN LUCICH LARRAURI Presidente del Consejo Directivo 1532130-1ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION TECNOLOGICA Rectifican error material incurrido en el cuadro contenido en el Artículo 1 de la Resolución de Presidencia Nº 051-2017-CONCYTEC-P RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 071-2017-CONCYTEC-P Lima, 9 de junio de 2017VISTOS: La Resolución de Presidencia Nº 051-2017-CONCYTEC-P y el Informe Nº 076-2017-CONCYTEC-OGAJ-CRT, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica–CONCYTEC; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se expidió la Resolución de Presidencia Nº 051-2017-CONCYTEC-P, publicada el 28 de abril del 2017 en el Diario O fi cial El Peruano, a través de la cual se aprobó, entre otros, el otorgamiento de una subvención a favor de la Ponti fi cia Universidad Católica del Perú por la suma de S/ 55,629.00 (Cincuenta y Cinco Mil Seiscientos Veintinueve y 00/100 Soles), para co fi nanciar el programa “Maestría en Física”; Que, mediante el informe del visto, la O fi cina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC advierte sobre el error material incurrido en el cuadro contenido en el Artículo 1 de la precitada Resolución, en el extremo correspondiente al monto otorgado como subvención a la Ponti fi cia Universidad Católica del Perú para co fi nanciar el programa “Maestría en Física”, debiendo corresponder la suma de S/ 555,629.00 (Quinientos Cincuenta y Cinco Mil Seiscientos Veintinueve y 00/100 Soles) y no los S/ 55,629.00 (Cincuenta y Cinco Mil Seiscientos Veintinueve y 00/100 Soles) como equivocadamente se consignó, tal como se desprende de lo señalado en el Informe Técnico Legal Nº 002-2017-FONDECYT-UPP-UAJ -USM y el Informe Nº 074-2017-CONCYTEC-OGPP, emitidos por las áreas técnicas del FONDECYT y el CONCYTEC, que sustentan la emisión de la Resolución de Presidencia Nº 051-2017-CONCYTEC-P; Que, el Numeral 210.1 del Artículo 210 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017 -JUS estipula que “Los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser recti fi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de o fi cio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión”; asimismo, el Numeral 210.2 del citado Artículo dispone que “La recti fi cación adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original”; Que, estando a lo señalado y toda vez que el error material advertido no incide en lo sustancial ni altera la decisión de lo resuelto en su oportunidad, corresponde emitir una Resolución de Presidencia mediante la cual se recti fi que el error material incurrido en la Resolución de Presidencia Nº 051-2017-CONCYTEC-P; Con la visación del Jefe (e) de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo previsto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento