Norma Legal Oficial del día 22 de junio del año 2017 (22/06/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 12

12

NORMAS LEGALES

Jueves 22 de junio de 2017 /

El Peruano

el Tribunal de Contrataciones del Estado y la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS, así como gestionar las publicaciones que deban realizarse por mandato legal y los pedidos de información y consulta que resulte necesario realizar ante otras entidades, vinculadas con la temática de contrataciones del Estado. m) Resolver los contratos derivados de los procedimientos de selección, incluyendo los provenientes de contrataciones directas, por las causales previstas en la normativa de contrataciones del Estado. n) Suscribir convenios interinstitucionales para encargar la realización de las actuaciones preparatorias y/o los procedimientos de selección a entidades públicas, así como aprobar el expediente de contratación y las bases en calidad de entidad encargante. o) Suscribir convenios interinstitucionales con entidades públicas nacionales para contratar bienes y servicios en general en forma conjunta, a través de un procedimiento de selección único, así como, de ser el caso, recibir los requerimientos de las entidades participantes, consolidar y homogeneizar las características de los bienes y servicios en general, y otros actos establecidos en la normativa de contrataciones del Estado. p) Autorizar la participación de expertos independientes para que integren los Comités de Selección. q) Suscribir los contratos derivados de los procedimientos de selección, incluyendo los provenientes de contrataciones directas, y sus adendas. r) Resolver las solicitudes de ampliación de plazo contractual formuladas por los contratistas. s) Celebrar contratos complementarios de bienes y servicios. t) Emitir pronunciamiento sobre la liquidación de un contrato de consultoría o ejecución de obra. 2.3. Facultades que se ejercen de acuerdo a la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento, para lo siguiente: a) Aprobar los actos de administración, disposición, adquisición, registro y supervisión de los bienes muebles e inmuebles, de acuerdo con las normas del Sistema Nacional de Bienes Estatales." "Artículo 3.- Delegación de facultades y atribuciones a la Directora de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto Delegar en la Directora de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio del Ambiente para el Año Fiscal 2017, las siguientes funciones y atribuciones: a) Autorizar la ejecución de las inversiones del Sector y la elaboración de expedientes técnicos o equivalente". Artículo 2.- Delegar en la Directora de la Oficina de Abastecimiento del Ministerio del Ambiente, para el Año Fiscal 2017, las siguientes funciones y atribuciones: a) Ejercer la representación legal del Ministerio del Ambiente para suscribir y resolver contratos de bienes, servicios u obras cuyos montos de contratación sean iguales o inferiores a ocho (8) UIT, y sus adendas, así como resolver las solicitudes de ampliación de plazo de los mismos. Artículo 3.- Delegar en el Director de la Oficina General de Recursos Humanos del Ministerio del Ambiente, para el Año Fiscal 2017, las siguientes funciones y atribuciones: a) Encargar las funciones de Secretario General, de Jefe de Gabinete de Asesores, de los Órganos de Apoyo, de Línea o de Asesoramiento del Ministerio del Ambiente, cuando el titular del cargo se encuentre ausente por motivos acreditados o cuando el cargo se encuentre vacante por no contar con titular designado. b) Encargar las funciones de Responsable de Proyecto Especial o Responsable de Programa Nacional, designado mediante Resolución Ministerial, cuando su titular se encuentre ausente por motivos acreditados.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (www.minam.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. ELSA GALARZA CONTRERAS Ministra del Ambiente 1536054-1

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Autorizan viajes de representantes del MINCETUR a Colombia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 214 -2017-MINCETUR Lima, 14 de junio de 2017 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, tiene la responsabilidad de elaborar y ejecutar los planes y programas nacionales sectoriales de desarrollo en materia de integración; asimismo representa al Perú en los foros y organismos internacionales de comercio y esquemas de integración y actúa como órgano de enlace entre el Gobierno Peruano y los organismos internacionales de integración y de comercio internacional, en el ámbito de su competencia, llevando a cabo negociaciones en materia de comercio exterior e integración; Que, el MINCETUR viene participando activamente en la Alianza del Pacífico, integrada por Colombia, Chile, Perú y México, con el objetivo de conformar un área de integración que asegure la plena libertad para la circulación de bienes, servicios, capitales y personas, así como consolidar una plataforma económica común hacia el mundo, especialmente hacia el Asia. Los países miembros se encuentran representados por los Ministerios responsables de Comercio Exterior y de Relaciones Exteriores y han realizado reuniones a nivel presidencial, ministerial y del Grupo de Alto Nivel ­ GAN, así como reuniones de los Grupos Técnicos y de Grupos de Expertos; Que, en la ciudad de Cali, República de Colombia, del 26 al 30 de junio de 2017, se llevarán a cabo Reuniones de Coordinadores Nacionales, de los Grupos Técnicos, del GAN y del Consejo de Ministros de la Alianza del Pacífico; Que, por lo expuesto, el Viceministro de Comercio Exterior ha solicitado que se autorice su viaje, el del señor José Eduardo Brandes Salazar, Director General de Negociaciones Comerciales Internacionales, así como del equipo de profesionales del Viceministerio de Comercio Exterior que participarán en las reuniones antes mencionadas prestando el apoyo técnico correspondiente; Que, es necesario encargar las funciones del Despacho Viceministerial de Comercio Exterior y de la Dirección General de Negociaciones Comerciales Internacionales, en tanto dure la ausencia de sus titulares; De conformidad con la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modificatorias, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje a la ciudad de Cali, República de Colombia, del siguiente personal del Viceministerio de Comercio Exterior, para que en

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.