Norma Legal Oficial del día 22 de junio del año 2017 (22/06/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Jueves 22 de junio de 2017

NORMAS LEGALES

21

Personal de la Policía Nacional del Perú, en adelante la Ley, concordante con el literal b) del artículo 32° de su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo 0162013-IN, de fecha 16 de noviembre de 2013, en adelante el Reglamento, contempla que la reasignación es una acción administrativa relacionada con el desplazamiento del personal de la Policía Nacional del Perú, cuando se efectúa el cambio de cargo del personal, funcional o geográficamente, durante su período de asignación, considerando las causales establecidas en el precitado reglamento; Que, el numeral 1) del artículo 28° de la Ley, modificado por el Decreto Legislativo N° 1242, del 21 de octubre de 2016, precisa que la asignación y reasignación en el cargo de los Oficiales Generales se aprueba por Resolución Suprema; Que, el numeral 2) del artículo 30° de la Ley, concordante con el literal b) del artículo 39° del Reglamento, establece que la asignación y reasignación del cargo del personal de la Policía Nacional del Perú se produce, entre otras causales, por necesidad del servicio; Que, estando a la propuesta del Director General de la Policía Nacional del Perú de reasignar a la General de Servicios de la Policía Nacional del Perú María Elizabeth Jacqueline Hinostroza Pereyra en el cargo de Directora de Sanidad de la Policía Nacional del Perú; y, De conformidad con la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, el Reglamento de Organización y Funciones del Despacho Presidencial aprobado por Decreto Supremo N° 066-2006-PCM; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior aprobado por Decreto Supremo N° 004-2017-IN. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Reasignar por necesidad del servicio y sin costo para el Estado a la General de Servicios de la Policía Nacional del Perú María Elizabeth Jacqueline Hinostroza Pereyra en el cargo de Directora de Sanidad de la Policía Nacional del Perú. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República CARLOS BASOMBRIO IGLESIAS Ministro del Interior 1536057-6

Autorizan viaje de oficial de la Policía Nacional del Perú a Israel, en misión de estudios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 609-2017-IN Lima, 20 de junio de 2017 VISTOS; el Oficio N° 403-2017-DV-SG, de fecha 11 de abril de 2017, de la Secretaría General de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas, la Hoja de Estudio y Opinión N° 189-2017-DG PNP/DIRASINTDB, de fecha 24 de mayo de 2017, de la Subdirección General de la Policía Nacional del Perú, el Informe N° 000952-2017/IN/OGAJ, de fecha 16 de junio de 2017, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio N° 403-2017-DV-SG, de fecha 11 de abril de 2017, la Secretaría General de la Comisión

Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas hace de conocimiento de la Secretaría General del Ministerio del Interior que el Gobierno del Estado de Israel, a través de su Embajada en Lima, está ofreciendo becas parciales para la participación de profesionales peruanos en el curso denominado "Una Estrategia de Control de Drogas Integral. El Modelo de Israel", a realizarse del 25 de junio al 14 de julio de 2017, en el Centro Internacional de Cooperación Aharon Ofri Mashav, ubicado en la ciudad de Jerusalén ­ Estado de Israel; Que, con Hoja de Estudio y Opinión N° 189-2017DG PNP/DIRASINT-DB, de fecha 24 de mayo de 2017, la Subdirección General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente que se prosiga con el trámite de la expedición de la Resolución que autorice el viaje al exterior en misión de estudios, del Mayor de la Policía Nacional del Perú Luis Ernesto Llerena Tinoco, propuesto por la Dirección Antidrogas de la Policía Nacional del Perú, para que participe en el curso antes citado, a realizarse en la ciudad de Jerusalén ­ Estado de Israel, del 23 de junio al 15 de julio de 2017, considerando que es importante para la Policía Nacional del Perú, toda vez que el objetivo de dicho curso es ofrecer a los participantes una visión profunda de la estrategia de control de drogas del Estado de Israel; asimismo, busca generar el compromiso personal de los participantes para promover medidas de control de drogas en sus países de origen basadas en el modelo desarrollado en el Estado de Israel; Que, los conocimientos y las experiencias a adquirirse, como resultado de la participación del mencionado personal policial en el curso indicado, se encuentran en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de alojamiento, alimentación, costo del curso, seguro médico y el transporte del aeropuerto al Centro de Estudios en el Estado de Israel y viceversa, son asumidos por el Gobierno del Estado de Israel, conforme lo precisa el Oficio N° 403-2017-DV-SG, de fecha 11 de abril de 2017, mientras que los gastos por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional de Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, conforme lo precisa el Oficio N° 2767-2017-DIRADM-DIVECO-PNP/DEPPRE, de fecha 16 de mayo de 2017, del Departamento de Presupuesto de la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú; Que, el numeral 3) del artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, establece que el personal policial tiene derecho a la formación, capacitación, especialización y perfeccionamiento, conforme a la normatividad vigente; Que, el artículo 3 del Decreto Supremo N° 002-2004DE/SG, que aprueba el reglamento de viajes del personal Militar y Civil del Sector Defensa, que hace extensivo sus alcances al personal Policial y Civil de la Policía Nacional del Perú, mediante el Decreto Supremo N° 001-2009-IN, establece que los viajes al exterior con carácter oficial comprende, entre otras, la modalidad Misión de Estudios; Que, conforme al numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben canalizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, es debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y debe indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.